Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 230361
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la modificación de la configuración del centro privado con enseñanzas de régimen general Escuela Arimunani, de Marratxí, con el cambio de turno de bachillerato de horario vespertino a horario de mañana
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Hechos
1. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 9 de julio de 2024, se autorizó de manera condicionada la modificación de la configuración del centro privado Escola Arimunani, de Marratxí, con el aumento de cuatro unidades de bachillerato en las modalidades de ciencias y tecnología, humanidades y ciencias sociales y general en horario vespertino (BOIB núm. 91, de 11 de julio). Como consecuencia de esta autorización, el centro quedó configurado de la siguiente manera:
Enseñanzas autorizadas:
- Educación infantil: 3 unidades y 75 plazas escolares.
- Educación primaria: 6 unidades y 150 plazas escolares.
- Educación secundaria obligatoria: 4 unidades y 72 plazas escolares.
- Bachillerato: 4 unidades y 116 plazas escolares en las modalidades de ciencias y tecnología, humanidades y ciencias sociales y general (horario vespertino).
Adscripción administrativa: los bachilleratos de las modalidades de ciencias y tecnología, de humanidades y ciencias sociales y general quedan adscritos al IES Marratxí (código de centro: 07008818).
2. El 17 de febrero de 2026, (GOIBE115621/26 y GOIBE115619/2026), el titular del centro privado Escuela Arimunani presentó una solicitud de modificación de la configuración del bachillerato para pasarlo de horario vespertino a horario de mañana.
3. El 17 de marzo de 2026, el Servicio de Infraestructuras Educativas emitió un informe favorable sobre la modificación de la configuración del centro privado Escola Arimunani con el cambio de turno del bachillerato de horario vespertino a horario de mañana.
4. El 20 de marzo de 2026, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió informe favorable sobre la modificación de la configuración del centro privado Escola Arimunani, de Marratxí, con el cambio de turno de bachillerato de horario vespertino a horario de mañana.
5. El 23 de marzo de 2026, la directora general de Planificación y Gestión Educativas emitió una propuesta de resolución por la que se autoriza la modificación de la configuración del centro privado Escola Arimunani, de Marratxí, con el cambio de turno de bachillerato de horario vespertino a horario de mañana.
Fundamentos de derecho
1. El Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), que establece en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
2. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).
3. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).
4. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril).
5. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Islas Baleares (BOIB núm. 38 de 17 de marzo), la cual establece en el artículo 102.2, de creación de centros, que la creación, la supresión y la transformación de centros privados debe someterse a la autorización administrativa correspondiente.
6. El Decreto-ley 5/2023, de 28 de agosto, de medidas urgentes en el ámbito educativo y en el sanitario (BOIB núm. 120, de 29 de agosto).
7. El Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE núm. 86, de 9 de abril), modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE núm. 62, de 12 de marzo).
8. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 91, de 14 de julio).
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas, en fecha 23 de marzo de 2026, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar la modificación de la configuración del centro privado Escola Arimunani con el cambio de turno del bachillerato de horario vespertino a horario de mañana.
2. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la siguiente manera:
Código de centro: 07015689
Denominación genérica: centro privado con enseñanzas de régimen general
Denominación específica: Escola Arimunani
Titular: Arimunani SL (CIF B57825036)
Domicilio: c. de la Farigola, núm. 8-6-4, camino de son Sales
CP: 07141
Localidad: urbanización Son Daviu Nou (parcelas 520, 521, 522)
Municipio: Marratxí
Enseñanzas autorizadas:
- Educación infantil: 3 unidades y 75 plazas escolares.
- Educación primaria: 6 unidades y 150 plazas escolares.
- Educación secundaria obligatoria: 4 unidades y 72 plazas escolares.
- Bachillerato: 4 unidades y 116 plazas escolares en las modalidades de ciencias y tecnología, humanidades y ciencias sociales y general (horario de mañana).
Adscripción administrativa: los bachilleratos de las modalidades de ciencias y tecnología, de humanidades y ciencias sociales y general quedan adscritos al IES Marratxí (código de centro: 07008818).
3. Inscribir esta autorización en el Registro estatal de centros docentes no universitarios (RCD) del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y en el Registro autonómico de centros docentes de la Consejería de Educación y Universidades.
4. Dar al citado centro que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (25 de marzo de 2026)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany