Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 240087
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de marzo de 2026 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares de 20 de marzo de 2026 por el que se prorroga el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 9 de mayo de 2025 por el que se adoptan medidas organizativas en materia de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de las Islas Baleares
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Con fecha 13 de mayo de 2022, la Mesa Sectorial de Sanidad aprobó el Acuerdo por el que se regulan los procedimientos de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud mediante la creación de bolsas únicas de trabajo por categoría y especialidad. En dicho Acuerdo —ratificado por el Consejo de Gobierno el 20 de junio de 2022 y publicado en el BOIB núm. 80, de 21 de junio— se establecieron, en sus puntos 26 y 27, procedimientos especiales de selección y mecanismos de nombramiento urgente para determinadas categorías profesionales.
Por medio de la Resolución del director general del Servicio de Salud de 9 de febrero de 2023 se modificó el ámbito de aplicación de estos procedimientos especiales incorporando la categoría técnico titulado / técnica titulada superior en Biología.
La disposición transitoria sexta del Acuerdo de Bolsa compromete a las partes a regular un procedimiento de selección temporal específico para el personal facultativo que sustituya a las previsiones contenidas en los puntos 25, 26 y 27, manteniendo estas vigentes hasta la aprobación del nuevo procedimiento. Por este motivo, el 9 de mayo de 2025 se aprobó el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad por el que se adoptan medidas organizativas en materia de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de las Islas Baleares, ratificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de mayo de 2025 (BOIB núm. 62, de 17 de mayo).
Este acuerdo estableció un procedimiento específico de selección de personal estatutario temporal sanitario del subgrupo A1, con vigencia hasta el 18 de mayo de 2026, para cubrir, de manera temporal, plazas correspondientes a todas las categorías facultativo/facultativa especialista de área y médico/médica de urgencia hospitalaria respecto de las cuales no se disponga de bolsa única, cuando concurran razones de carácter técnico-asistencial que supongan la necesidad urgente de cubrir plazas de las categorías indicadas y no se pueda demorar el nombramiento.
Persistiendo, actualmente, la insuficiencia de profesionales en las categorías facultativo/facultativa especialista de área y médico/médica de urgencia hospitalaria —motivo que justificó el Acuerdo de 9 de mayo de 2025—, la Dirección General del Servicio de Salud considera necesario prorrogar su vigencia durante dos años adicionales.
Debe señalarse que por medio del Decreto 26/2023, de 8 de mayo (BOIB núm. 59, de 9 de mayo de 2023) se crearon nuevas categorías de personal estatutario en el ámbito del Servicio de Salud de las Islas Baleares, entre ellas médico/médica de cuidados paliativos y médico/médica de hospitalización a domicilio, respecto de las cuales también se advierte, a día de hoy, un déficit significativo de profesionales.
Asimismo, se constata la carencia de personal en otras categorías, como psicólogo clínico / psicóloga clínica, técnico titulado / técnica titulada superior en Biología y técnico / técnica superior en sistemas y tecnologías de la información y telecomunicaciones, por lo que resulta igualmente urgente e inaplazable cubrir estas plazas.
En atención a lo expuesto y dado que el procedimiento previsto en la disposición transitoria sexta del Acuerdo de Bolsa no resulta de aplicación para cubrir las plazas correspondientes a las categorías citadas, es necesario ampliar el ámbito subjetivo del Acuerdo de 9 de mayo de 2025 para incorporar dichas categorías. Asimismo, es preciso prorrogar su vigencia durante dos años adicionales, con el fin de garantizar la cobertura adecuada de estas categorías, cuya provisión resulta especialmente urgente.
Por todo ello, de conformidad con lo que se dispone en el artículo 80 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, el 20 de marzo de 2026 las partes que integran la Mesa Sectorial de Sanidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares acordaron prorrogar el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 9 de mayo de 2025 por el que se adoptan medidas organizativas en materia de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
Por otra parte, el artículo 38 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público, dispone que para que los acuerdos que versen sobre materias de competencia de los consejos de gobierno de comunidades autónomas tengan validez y eficacia requieren la aprobación expresa y formal de este órgano.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Salud, en la sesión de día 27 de marzo de 2026, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
Primero. Ratificar el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares de 20 de marzo de 2026 por el que se prorroga el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 9 de mayo de 2025 por el que se adoptan medidas organizativas en materia de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
Segundo. Ordenar que se publique íntegramente este Acuerdo, que se anexa, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, dados los efectos establecidos en su punto segundo.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (27 de marzo de 2026)
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La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens |
La presidenta Margarita Prohens Rigo |
ANEXO Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares de 20 de marzo de 2026 por el que se prorroga el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 9 de mayo de 2025 por el que se adoptan medidas organizativas en materia de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de las Islas Baleares
Partes
Por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, la directora general de Función Pública —designada por la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social— y el director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares, o las personas en que hayan delegado, de acuerdo con el artículo 2 del anexo del Reglamento de organización y funcionamiento de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, de 7 de mayo de 1999.
Por la parte social, los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad que figuran como firmantes de este acuerdo.
Antecedentes
1. El punto 26 del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 13 de mayo de 2022 por el que se regulan los procedimientos de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud por medio de la creación de bolsas únicas de trabajo para cada categoría y especialidad, ratificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de junio de 2022 publicado en el BOIB núm. 80, de 21 de junio de 2022 (en adelante, Acuerdo de bolsa), regula un procedimiento especial de selección aplicable a determinadas categorías, entre las cuales las categorías facultativo/facultativa especialista de área, psicólogo clínico/psicóloga clínica, médico/médica de urgencia hospitalaria y técnico / técnica superior en sistemas y tecnologías de la información y telecomunicaciones.
2. El punto 27 del Acuerdo de bolsa regula los nombramientos de carácter urgente de determinadas categorías, entre ellas las mencionadas en el punto precedente.
3. Por medio de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 9 de febrero de 2023 se incorporó la categoría de personal técnico titulado / técnica titulada superior en Biología dentro del grupo de categorías reguladas en el punto 26 del Acuerdo de 20 de junio de 2022 y, en consecuencia, también en el punto 27 del mismo Acuerdo.
4. Por otro lado, la disposición transitoria sexta del Acuerdo de Bolsa hace referencia a los procedimientos especiales de selección y establece que «las partes se comprometen a regular un proceso de selección temporal específico para el personal facultativo que sustituya las previsiones contenidas en los puntos 25, 26 y 27 de este acuerdo, que continuarán siendo aplicables hasta el momento en que se apruebe dicho procedimiento específico».
5. Por este motivo, se aprobó el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares de 9 de mayo de 2025 por el que se adoptan medidas organizativas en materia de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de las Islas Baleares, ratificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno 16 de mayo de 2025, publicado en el BOIB núm. 62, de 17 de mayo de 2025. Aquel Acuerdo estableció una vigencia de un año a contar desde el día siguiente a su publicación, de modo que aquella se extiende hasta el 18 de mayo de 2026.
En este punto, cabe destacar que en virtud de aquel Acuerdo se reguló un procedimiento específico de selección de personal estatutario temporal sanitario del subgrupo A1 del Servicio de Salud de las Islas Baleares aplicable para cubrir, de manera temporal, plazas correspondientes a todas las categorías facultativo/facultativa especialista de área y médico/médica de urgencia hospitalaria respecto de las cuales no se disponga de bolsa única, cuando concurran razones de carácter técnico-asistencial que supongan la necesidad urgente de cubrir plazas de las categorías indicadas y no se pueda demorar el nombramiento.
6. Atendiendo a la fecha en la que el Acuerdo citado dejará de ser vigente, la Dirección General del Servicio de Salud de las Islas Baleares considera necesario prorrogarlo por un periodo adicional de dos años, dado que una vez transcurrido dicho plazo previsiblemente persistirá la situación de carencia grave de facultativos especialistas de área y de médicos de urgencia hospitalaria, que fue el motivo de la aprobación del Acuerdo.
7. Debe señalarse que el 9 de mayo de 2023 se publicó el Decreto 26/2023 de 8 de mayo por el que se crean nuevas categorías de personal estatutario en el ámbito del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 59, de 9 de mayo de 2023). Por medio de este Decreto se crearon, entre otras, las categorías médico/médica de cuidados paliativos y médico/médica de hospitalización a domicilio.
Actualmente se advierte que la falta de profesionales también afecta de manera significativa a estas nuevas categorías.
8. Asimismo, se aprecia que esta insuficiencia de profesionales también afecta de manera significativa a las categorías psicólogo clínico / psicóloga clínica, técnico titulado / técnica titulada superior en Biología y técnico / técnica superior en sistemas y tecnologías de la información y telecomunicaciones, de modo que cubrir las plazas correspondientes tiene igualmente carácter urgente e inaplazable.
9. Actualmente, el procedimiento indicado en el antecedente 4 no resulta de aplicación para cubrir las plazas correspondientes a las categorías referidas en los antecedentes 7 y 8. Por este motivo, se considera necesario ampliar el ámbito subjetivo del Acuerdo de 9 de mayo de 2025 a los efectos de poder aplicarlo a los procesos selectivos temporales de estas categorías profesionales.
Por todo ello, de acuerdo con el artículo 80.1 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, y de conformidad con la Resolución de la consejera de Salud de 10 de julio de 2025 por la que se delegan diferentes competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Islas Baleares, las partes que integramos la Mesa Sectorial de Sanidad nos reconocemos mutuamente la capacidad legal necesaria y decidimos suscribir el siguiente
Acuerdo
1. Objeto y extensión del ámbito subjetivo
Este acuerdo tiene por objeto prorrogar por un periodo adicional de dos años, hasta el 19 de mayo de 2028, la vigencia del procedimiento específico de selección de personal estatutario temporal sanitario del subgrupo A1 del Servicio de Salud de las Islas Baleares aprobado por Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares de 9 de mayo de 2025.
Asimismo, se extiende su ámbito subjetivo a las categorías psicólogo clínico / psicóloga clínica, médico/médica de cuidados paliativos, médico/médica de hospitalización a domicilio, técnico titulado / técnica titulada superior en Biología y técnico/técnica superior en sistemas y tecnologías de la información y telecomunicaciones, de modo que estas se incorporan expresamente a las categorías profesionales a las que resulta de aplicación el Acuerdo prorrogado.
Por medio de resolución motivada del director general del Servicio de Salud, podrán incorporarse nuevas categorías sanitarias del subgrupo A1 a las que resulte aplicable este procedimiento especial.
2. Entrada en vigor
Este acuerdo tiene efecto desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Como prueba de conformidad, firmamos este acuerdo.
Palma, 20 de marzo de 2026
Por la Administración Por las organizaciones sindicales