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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 235870
Extracto de las Bases y Convocatoria para la concesión de los Premios y Reconocimientos del Consell de Mallorca a la Acción Social 2026 aprobadas por la Resolución del presidente del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales de fecha 25 de marzo de 2026
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BDNS (Identif: 891686)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la Sede Electrónica del Consell de Mallorca https://seu.conselldemallorca.net/es/ficha?key=204690
Primero. Finalidad
Premiar los proyectos que promuevan la acción social y la generación de valor público para el afrontamiento de necesidades y retos sociales, y promocionar la capacitación de la ciudadanía para la construcción de una sociedad más justa e inclusiva en la isla de Mallorca.
Además, es objeto de esta convocatoria, el reconocimiento a las trayectorias ejemplares de una persona y una entidad en el marco de los servicios sociales.
Segundo. Bases reguladoras
Ordenanza general de subvenciones del Consell Insular de Mallorca (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017). Modificada por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca de fecha 14 de junio de 2018 (BOIB núm. 96 de 4 de agosto de 2018) para los Premios y Resolución de la Presidencia del IMAS de fecha 21 de marzo de 2025 para los Reconocimientos.
Tercero. Premios y Reconocimientos
Para esta convocatoria se destina un gasto total de 48.000,00€, los cuales se distribuyen entre las siguientes categorías.
Premios
a) Premio a la Innovación social:
Un premio de 8.500,00€, dirigido a proyectos o actuaciones realizados durante el año 2025 que destaquen por su carácter innovador, por la incorporación de nuevas miradas y por la aplicación de metodologías transformadoras. Se valorará el carácter creativo y diferencial de la iniciativa, la cohesión social generada, su sostenibilidad y la posibilidad de ser replicada en otros territorios o situaciones de necesidad social.
Podrán ser actuaciones de ámbito municipal, insular o de cooperación internacional desarrolladas desde Mallorca.
b) Premios al valor social:
Tres premios de 7.325,00 € dirigidos a proyectos o actuaciones realizados durante el año 2025 que sean ejemplares por su coherencia y por el impacto de sus resultados en los derechos sociales, la calidad de vida, la igualdad de oportunidades de la ciudadanía y la generación de valor social.
Se valorará la calidad de la práctica desarrollada y el valor social integrado del proyecto.
c) Premio Pere Mascaró a los estudios o investigaciones:
Un premio de 9.000,00€ para estudios, investigaciones realizados durante el año 2025. Esta categoría reconoce y valora los trabajos de investigación que contribuyan significativamente a la comprensión de la realidad social y a la resolución de problemáticas sociales, fomentando la generación de conocimiento científico y la investigación de calidad.
d) Premio al mejor TFG/TFM de impacto Social:
Un premio de 1.200,00€ al mejor TFG/TFM presentado y evaluado dentro de 2025 se concede a los/las estudiantes que han demostrado excelencia académica y originalidad y que ha supuesto un estudio de impacto social positivo. Esta categoría pretende poner en valor la tarea del estudiante y promover la investigación orientada a la mejora social.
e) Premio a la mejor campaña de sensibilización:
Un premio de 7.325,00 € dirigido a publicaciones, programas, campañas de información, sensibilización o formación, acciones ciudadanas, productos informativos o audiovisuales, páginas web, redes sociales u otras iniciativas de comunicación que, durante el año 2025, hayan conseguido un impacto social relevante y hayan contribuido a transmitir una imagen positiva de los derechos sociales y de la participación ciudadana.
La ejecución de los proyectos candidatos a cualquiera de las categorías podrá haberse iniciado con anterioridad al año 2025.
Reconocimientos
a) Reconocimiento a la trayectoria de una entidad.
Sin contenido económico. Se reconocerá la trayectoria de una entidad o grupo de entidades del tercer sector social por su contribución a la transformación social hacia una sociedad más justa e inclusiva.
b) Reconocimientos a la trayectoria de una persona.
Sin contenido económico. Se reconocerá la trayectoria personal o profesional de una persona como ejemplo para la igualdad de oportunidades y los derechos sociales.
c) Reconocimiento a la trayectoria ejemplar en el ámbito del voluntariado.
Sin contenido económico. Se reconocerá la dedicación altruista y continuada de una persona voluntaria que, mediante su participación en entidades, proyectos o iniciativas sociales, haya contribuido de manera significativa a la mejora de la calidad de vida de las personas y al refuerzo de la cohesión social en Mallorca.
Cuarto. Destinatarios
Premios
a) Los Premios del Consell de Mallorca a la acción social 2025 van destinados a las personas físicas o jurídicas públicas o privadas de cualquier nacionalidad con residencia legal en cualquier Estado miembro de la Unión Europea que en el momento de presentar su candidatura reúnan los requisitos siguientes:
b) Que las personas o entidades no se encuentran en ninguno de los supuestos de prohibición para ser persona beneficiaria que establece el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, lo cual se acreditará en los términos establecidos en el artículo 10 de la misma norma.
c) Que no hayan recibido el mismo premio para el mismo proyecto y categoría en convocatorias anteriores.
d) Que no formen parte del Jurado.
Reconocimientos
a) Los Reconocimientos pueden ser otorgados a las personas físicas o jurídicas de cualquier nacionalidad con residencia legal en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, que en el momento de presentar su candidatura reúnan los requisitos siguientes:
b) No haber sido objeto de reconocimiento en convocatorias anteriores de los Premios y Reconocimientos a la Acción Social.
c) No formar parte del Jurado ni del Consejo Asesor, ni incurrir en ninguna situación que pueda generar conflicto de intereses con el procedimiento de valoración.
Quinto. Plazo y lugar para la presentación de candidaturas
Premios
El período para la presentación de las candidaturas es desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta el día 15 de mayo de 2026.
Para presentar la candidatura a los Premios debe accederse al trámite establecido a tal efecto en la Sede Electrónica del Consell de Mallorca, https://seu.conselldemallorca.net/es/ficha?key=204690 y rellenar los formularios y documentos previstos.
Reconocimientos
El período para la presentación de las candidaturas es de 60 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Los miembros del Consejo Asesor de Servicios Sociales podrán presentar la candidatura, mediante los modelos de declaración responsable (del Anexo V-a, Anexo V-b y Anexo V-c) e incluirán una memoria breve sobre los motivos por los cuales se presenta la candidatura.
Sexto. Más Información
Podéis encontrar más información en relación con los Premios y Reconocimientos, forma de presentación de candidaturas, criterios de valoración y toda la información en el texto completo de la convocatoria. Podéis acceder al siguiente enlace de la Sede Electrónica del Consell de Mallorca: https://seu.conselldemallorca.net/es/ficha?key=204690.
La Resolución que aprueba esta convocatoria no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 28.1 de los Estatutos del IMAS aprobados por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca de 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.
Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
(Firmado electrónicamente: 26 de marzo de 2026
El consejero ejecutivo de Bienestar Social y presidente del IMAS Guillermo Sánchez Cifre)