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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA

Núm. 233214
Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la que se amplía el crédito asignado en la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de ayudas para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable promovidas por beneficiarios con actividad económica dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Illes Balears en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (Next Generation EU)

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Texto

En el Boletín Oficial de las Illes Balears n.º 157, de 27 de noviembre de 2025, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de ayudas para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable promovidas por beneficiarios con actividad económica dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Illes Balears en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (Next Generation EU).

El importe económico actual de la convocatoria es de 2.000.000 de euros. Las subvenciones se conceden con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma para el ejercicio de 2026, y, concretamente, del centro de coste 19701, subprograma 731A01, capítulo 7* MR052 o equivalente.

El plazo para presentar las solicitudes finalizó el 31 de diciembre de 2025 y en estos momentos, con el crédito asignado a la convocatoria, no es posible afrontar todas las solicitudes presentadas y, dado que en el fondo MR052 existe crédito disponible remanente de otras convocatorias con el periodo de solicitudes cerrado, se considera adecuado ampliar el crédito de la convocatoria con 1.000.000 de euros para afrontar todas las solicitudes presentadas.

El crédito de la convocatoria después de la ampliación es el siguiente:

Totales

2026

Actual

  2.000.000,00 €

Ampliación

+1.000.000,00 €

Total

  3.000.000,00 €

Importe total de la convocatoria modificada: 3.000.000,00 de euros.

Por todo ello, dado que es necesario modificar el punto 1 del apartado cuarto de la convocatoria con el fin de ampliar el crédito, dicto la siguiente

Resolución

1. Ampliar en 1.000.000,00 de euros el crédito asignado inicialmente en la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de ayudas para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable promovidas por beneficiarios con actividad económica dentro de  las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Illes Balears en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (Next Generation EU).

2. Modificar el punto 1 del apartado cuarto de la convocatoria, que queda redactado de la siguiente manera:

1. El importe económico máximo de esta convocatoria es de 3.000.000 de euros. Las subvenciones se conceden con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma para el ejercicio de 2026, y, concretamente, del centro de coste 19701, subprograma 731A01, capítulo 7* MR052 o equivalente.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Autónomos y Energía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (25 de marzo de 2026)

El consejero de Empresa, Autónomos y Energía Alejandro Sáenz de San Pedro García