Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 226977
Corrección de errores materiales del anuncio de aprobación del Plan de Actuación en Materia de Transporte Público de Viajeros en Vehículo Turismo para los años 2026-2028
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En el BOIB núm. 35, de 19 de marzo de 2026, se publicó el anuncio de aprobación del Plan de Actuación en Materia de Transporte Público de Viajeros en Vehículo Turismo para los años 2026-2028.
Se ha detectado dos errores materiales en la publicación en lengua castellana y catalana que se enmienda de oficio mediante este anuncio, en virtud del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Donde dice:
"Capítulo I Objeto del Plan de actuación
Este Plan de actuación tiene por objeto concretar las condiciones a que deben sujetarse las licencias temporales de ámbito municipal para el transporte público de viajeros en vehículo turismo en la isla de Formentera, sin perjuicio de la autorización para la prestación insular prevista en los artículos 53.4 y de la Ley 4/2014, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Islas Baleares, para los años 2026, 2027 y 2028.”
Debe decir:
"Capítulo I Objeto del Plan de actuación
Este Plan de actuación tiene por objeto concretar las condiciones a que deben sujetarse las licencias temporales de ámbito municipal para el transporte público de viajeros en vehículo turismo en la isla de Formentera, sin perjuicio de la autorización para la prestación insular prevista en los artículos 53.4 y 69.4 de la Ley 4/2014, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Islas Baleares, para los años 2026, 2027 y 2028.”
Y donde dice:
“4.2. Substitución temporal
Excepcionalmente, se podrá autorizar la substitución temporal del vehículo adscrito en los seguientes supuestos:
a) Avería, accidente o imposibilidad técnica sobrevenida
Cuando una avería o accidente haga inviable la prestación del servicio con el vehículo adscrito, la persona interesada deberá solicitar la autorización mediante instancia acompañada de:
b) Retraso en el suministro del vehículo adquirido
Cuando el retraso en la entrega del vehículo adquirido impida el inicio o la continuidad de la prestación del servicio, se deberá aportar:
c) Condiciones comunes de la sustitución temporal
Debe decir:
“4.2. Substitución temporal
Excepcionalmente, se podrá autorizar la sustitución temporal del vehículo adscrito en los supuestos siguientes:
a) Avería, accidente o imposibilidad técnica sobrevenida
Cuando una avería o accidente haga inviable la prestación del servicio con el vehículo adscrito, la persona interesada deberá solicitar la autorización mediante instancia acompañada de:
b) Retraso en el suministro del vehículo adquirido
Cuando el retraso en la entrega del vehículo adquirido impida el inicio o la continuidad de la prestación del servicio, se deberá aportar:
c) Condiciones comunes de la sustitució temporal
Formentera, con la fecha de la firma electrónica (24 de marzo de 2026)
El presidente Óscar Portas Juan