Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO DE INDUSTRIAS CULTURALES DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 225627
Resolución del presidente del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears por la cual se conceden las ayudas de minimis destinadas a apoyar a las salas de exhibición y complejos cinematográficos de las Illes Balears para el año 2025
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Antecedentes
1. En el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) núm. 173, de 30 de diciembre de 2025, se publicó la Resolución del presidente del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears (ICIB) de 22 de diciembre de 2025 por la que se convocan ayudas de minimis destinadas a apoyar a las salas de exhibición y complejos cinematográficos de las Illes Balears para el año 2025.
2. De acuerdo con lo establecido en la convocatoria, el plazo de presentación de solicitudes se inició el día 12 de enero de 2026 y finalizó el día 23 de enero de 2026 (ambos incluidos).
3. Dentro del plazo establecido en el apartado 6 de la convocatoria, se recibieron un total de 14 solicitudes.
4. En fecha 13 de febrero de 2026, se publicó la lista provisional de admitidos y excluidos en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (CAIB).
5. En fecha 13 de febrero de 2026 se publicó en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears el correspondiente requerimiento de subsanación, otorgando a las entidades interesadas un plazo de diez días hábiles para corregir las deficiencias detectadas.
6. Las entidades solicitantes afectadas presentaron la documentación requerida dentro del plazo establecido, por lo que todas las solicitudes cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria.
7. El día 9 de marzo de 2026, los técnicos emitieron el informe provisional que sirvió de base para la propuesta de resolución.
8. En fecha 11 de marzo de 2026, se publicó la propuesta de resolución de concesión en la Sede Electrónica de la CAIB.
9. De conformidad con lo establecido en el apartado 12 de la convocatoria, y una vez transcurrido el plazo otorgado sin que se hayan comunicado renuncias, se entiende aceptada la propuesta de resolución.
10. El órgano instructor ha comprobado que las entidades beneficiarias cumplen los requisitos establecidos en la normativa de subvenciones.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE n.º 276, de 18 de noviembre de 2003).
2. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).
3. La Orden 40/2024, de 13 de diciembre, del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cultura y fomento de la lengua catalana (BOIB n.º 166, de 19 de diciembre de 2024).
4. La Resolución de la presidenta del ICIB de 22 de diciembre de 2025 por la cual se convocan ayudas de minimis destinadas a apoyar a las salas de exhibición y complejos cinematográficos de las Illes Balears para el año 2025.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar y conceder las ayudas por un importe total de 188.888,89 € (ciento ochenta y ocho mil ochocientos ochenta y ocho euros con ochenta y nueve céntimos) a favor de las entidades que se detallan en el anexo 1 de esta Resolución.
2. Autorizar y disponer el gasto a favor de las entidades beneficiarias por los importes que se detallan en el anexo 1, con cargo al presupuesto del ICIB.
3. Informar a las entidades beneficiarias que deberán presentar la justificación de la subvención en los términos y plazos establecidos en la convocatoria.
4. Abonar el importe de la subvención una vez que la entidad beneficiaria haya justificado correctamente la realización de la actividad subvencionada y los gastos correspondientes.
5. Informar a las entidades beneficiarias que deberán presentar la justificación de la subvención en los términos establecidos en la convocatoria y, en todo caso, antes del 30 de junio de 2026.
6. Ordenar la publicación de esta Resolución al BOIB i a la Sede Electrónica de la CAIB.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse un recurso de reposición ante el presidente del ICIB en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También podrá interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (23 de marzo de 2026)
El presidente del Instituto de Industrias Culturales de las Islas Baleares Jaume Bauzà Mayol
ANEXO 1 Relación de entidades Beneficiarias
|
Expediente |
Entidad Solicitante |
NIF |
Puntuación |
Nº de pantallas |
Importe base |
Importe por complementos |
Importe máximo a conceder 1 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
SALESCINE 01 2025 |
Associació Cultural Cinema Capdepera |
G-57773640 |
4 |
1 |
7.500,00 € |
5.015,00 € |
12.515,00 € |
|
SALESCINE 02 2025 |
Es Moix Negre, SL |
B-09785908 |
6 |
3 |
9.000,00 € |
7.522,50 € |
16.522,50 € |
|
SALESCINE 03 2025 |
Ocine Porto Pi, SL |
B-55301360 |
0 |
7 |
12.000,00 € |
0 |
12.000,00 € |
|
SALESCINE 04 2025 |
Cines Mallorquines, SL |
B-57923310 |
1 |
8 |
12.000,00 € |
1.253,75 € |
13.253,75 € |
|
SALESCINE 05 2025 |
Cinesa - Compañía de Iniciativas y Espectáculos, SA |
A-08109506 |
1 |
12 |
12.000,00 € |
1.253,75 € |
13.253,75 € |
|
SALESCINE 06 2025 |
Antonio Servera, SL |
B-07012016 |
4 |
3 |
9.000,00 € |
5.015,00 € |
14.015,00 € |
|
SALESCINE 07 2025 |
CÍA Balear de Exhibición Cinematogràfica, SL |
B-07685779 |
1 |
14 |
12.000,00 € |
1.253,75 € |
13.253,75 € |
|
SALESCINE 08 2025 |
CÍA Balear de Exhibición Cinematogràfica, SL |
B-07685779 |
1 |
7 |
12.000,00 € |
1.253,75 € |
13.253,75 € |
|
SALESCINE 09 2025 |
CÍA Balear de Exhibición Cinematogràfica, SL |
B-07685779 |
1 |
5 |
9.000,00 € |
1.253,75 € |
10.253,75 € |
|
SALESCINE 10 2025 |
Salpon, SL |
B-07308562 |
1 |
7 |
12.000,00 € |
1.253,75 € |
13.253,75 € |
|
SALESCINE 13 2025 |
Salpon, SL |
B-07308562 |
1 |
6 |
12.000,00 € |
1.253,75 € |
13.253,75 € |
|
SALESCINE 11 2025 |
Associació Xarxa Cinema |
G-57760779 |
6 |
1 |
7.500,00 € |
7.522,50 € |
15.022,50 € |
|
SALESCINE 12 2025 |
Associació Xarxa Cinema |
G-57760779 |
5 |
4 |
9.000,00 € |
6.268,75 € |
15.268,75 € |
|
SALESCINE 14 2025 |
Estudio General Luliano de Mallorca |
G-07058621 |
5 |
1 |
7.500,00 € |
6.268,89 € |
13.768,89 € |
|
|
188.888,89 € |
||||||
* TOTAL CONCEDIDO: 188.888,89 €