Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN
Núm. 213288
Resolución de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio por la que se autoriza el cambio de adscripción de unos espacios del edificio de la calle Felicià Fuster, 7, de Palma (edificio Periférica)
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Hechos
1. La Comunidad Autónoma de las Illes Balears es titular de una serie de espacios ubicados en el edificio situado en la calle Felicià Fuster, 7, de Palma, cuyo uso es compartido con la Administración del Estado.
2. La titularidad de estos espacios deriva del Real Decreto 994/2022, de 29 de noviembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de ordenación y gestión del litoral. Según la relación núm. 1 del Real Decreto, se transfirieron, entre otros, los espacios que en conjunto suponen el 6,24 % de la superficie total del edificio:
– Archivo: 40,8 m²
– Oficina: 185,82 m²
– Zonas comunes: 136,15 m²
– Seis plazas de garaje
3. La distribución concreta de los espacios quedó recogida en el plano de ubicación incorporado al Acta de entrega, de fecha 21 de julio de 2023, firmada entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, que se adjunta como anexo 1 de esta resolución.
4. Los espacios transferidos constan de alta en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears con el número de activo AF 100000019122, y se adscribieron inicialmente a la Consejería del Mar y del Ciclo del Agua, competente en materia de costas y litoral, de acuerdo con el Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
5. El 13 de enero de 2026, la Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social solicitó los espacios situados en la segunda planta del edificio, así como cinco plazas de aparcamiento, a favor de la Dirección General de Función Pública y Diálogo Social, con la finalidad de ubicar la sede de la Inspección General de Calidad, Organización y Servicios de esta Dirección General, debido al vencimiento del contrato de arrendamiento de las oficinas que ocupaba en aquel momento.
6. La Consejería del Mar y del Ciclo del Agua, mediante escrito de 15 de enero de 2026, no manifestó oposición respecto de la solicitud de los espacios señalados por parte de la Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social.
7. El 21 de enero de 2026, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio emitió una resolución mediante la cual adscribió a la Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social todos los espacios de los cuales la Comunidad Autónoma es titular situados en la segunda planta del edificio, así como las plazas de aparcamiento núm. 31, 32, 33, 34 y 35, a favor de la Dirección General de Función Pública y Diálogo Social.
Como consecuencia de dicha resolución, la adscripción principal del inmueble corresponde a la Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social por tener el porcentaje de ocupación más alto, aunque la Consejería del Mar y del Ciclo del Agua mantiene tácitamente la afectación secundaria de las oficinas de la Comunidad Autónoma ubicadas en la primera planta, así como la plaza de aparcamiento número 21 y el espacio de 40,8 m² destinado a archivo.
8. El 24 de febrero de 2026, la secretaria general de la Consejería del Mar y del Ciclo del Agua remitió una memoria justificativa de 23 de febrero de 2026, mediante la cual comunica que los espacios que mantiene en el edificio no son necesarios para el ejercicio de sus competencias y funciones y solicita su desadscripción para que puedan ser utilizados por otros entes o consejerías.
9. El 13 de marzo de 2026, la secretaria general de la Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social solicitó el resto de los espacios del edificio (oficinas de la Comunidad Autónoma ubicadas en la primera planta, el espacio de 40 m² destinado a archivo en la planta sótano y la plaza de aparcamiento restante), para ubicar la sede de la Inspección General de Calidad, Organización y Servicios de la Dirección General de Función Pública y Diálogo Social.
10. El 16 de marzo de 2026, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio dictó una resolución mediante la cual ordenó el inicio del expediente de cambio de adscripción, a favor de la Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social, de los espacios de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears ubicados en la primera planta del edificio situado en la calle Felicià Fuster, 7, de Palma (edificio Periférica), así como del espacio de 40 m² destinado a archivo situado en la planta sótano del mismo inmueble, y de la plaza de aparcamiento número 21.
11. Dado el contenido de la memoria justificativa de la secretaria general de la Consejería del Mar y del Ciclo del Agua, de 23 de febrero de 2026, y la petición de los restantes espacios formulada por la consejería de adscripción, con el objeto de evitar procedimientos innecesarios, no se considera oportuno notificar el inicio del expediente a la consejería de adscripción para que presente alegaciones, tal como indica el artículo 29.b) del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre.
12. La Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social ostenta la adscripción del inmueble y ocupa actualmente los espacios situados en la segunda planta del edificio, así como todas las plazas de aparcamiento excepto la número 21. Dado que ha manifestado la necesidad de ocupar el resto de los espacios para ubicar la sede de la Inspección General de Calidad, Organización y Servicios, se considera justificado —por motivos de eficacia en la gestión y administración del edificio y por la optimización de los espacios— atribuirle la adscripción de la totalidad de los espacios. En consecuencia, no es necesario comunicar la disponibilidad de los espacios de la Consejería del Mar y del Ciclo del Agua al resto de consejerías, de acuerdo con el procedimiento de desadscripción del artículo 54 del Decreto 127/2005.
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 24 y 88.c) de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. Los artículos 28, 29 y 54 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de despliegue de la Ley 6/2001.
3. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, modificado parcialmente por el Decreto 8/2025, de 11 de julio, de la presidenta de las Illes Balears.
4. El Decreto 56/2023, de 21 de julio, de nombramiento de altos cargos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación.
5. El Decreto 7/2025, de 11 de julio, de modificación del Decreto 8/2023, de 10 de julio.
6. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías.
Por todo lo expuesto, dicto la siguiente
Resolución
1. Ordenar el cambio de adscripción de los espacios de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears ubicados en la primera planta del edificio situado en la calle Felicià Fuster, 7, de Palma (edificio Periférica), así como del espacio de 40 m² destinado a archivo en la planta sótano del inmueble, y de la plaza de aparcamiento número 21, actualmente adscritos a la Consejería del Mar y del Ciclo del Agua, a favor de la Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social.
2. Por la naturaleza de la adscripción, queda expresamente prohibido llevar a cabo cualquier acto de disposición, cesión, arrendamiento, subarrendamiento o cualquier otro acto análogo que limite el dominio y la posesión.
La adscripción atribuye a la consejería beneficiaria las facultades de uso, gestión y administración vinculadas al ejercicio de una finalidad competencial concreta, sin alterar la titularidad, calificación o régimen jurídico de los bienes y derechos adscritos.
3. Los espacios de titularidad de la Comunidad Autónoma representan el 6,24 % de la superficie total del edificio. La titularidad del resto corresponde a la Administración del Estado. En consecuencia, la Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social debe asumir los gastos de funcionamiento y mantenimiento en proporción a dicho porcentaje.
4. Notificar esta resolución a las partes interesadas.
5. Publicar la Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso de alzada ante el consejero de Economía, Hacienda e Innovación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (18 de marzo de 2026)
La directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio Susana Pérez Sánchez