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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE INCA

Núm. 212774
Extracto de las bases reguladoras de la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Inca a asociaciones de familias de alumnos (AFAs), de centros educativos públicos de educación infantil y primaria (CEIPs) del municipio de Inca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 892505

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Personas Beneficiarias:

Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las (AFAs) de centros públicos de educación infantil y primaria del municipio de Inca que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar legalmente constituidas.
  • Estar debidamente inscritas en el Censo de Asociaciones de Familiares de Alumnos de la Consejería de Educación del Gobierno de las Illes Balears.
  • Disfrutar de capacidad jurídica y obrar.
  • Estar vinculadas a un centro público de educación infantil y primaria del municipio de Inca y desarrollar su actividad.
  • Estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Inca con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • Haber justificado correctamente las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Inca en ejercicios anteriores.
  • Encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la AEAT, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Inca, y no hallarse sometidas a ningún procedimiento de reintegro o sancionador por este motivo.
  • No incurrir en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Disponer de los permisos y autorizaciones que resulten exigibles para la realización de las actividades objeto de subvención.
  • No haber sido objeto de sanciones administrativas firmes ni sentencias condenatorias por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o género, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
  • No estar sujetas a ninguna orden de recuperación pendiente derivada de una decisión de la Comisión Europea que haya declarado ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
  • Declarar cualquier otra subvención, ayuda o ingreso que financie la misma actividad, a efectos de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 38/2003, garantizando en todo caso que no se produzca doble financiación ni se supere el coste total de la actividad subvencionada.

La obtención de otras subvenciones municipales o de otras administraciones no impedirá de por sí la participación en esta convocatoria, sin perjuicio del cumplimiento de los límites de incompatibilidad y del principio de no doble financiación.

Segundo. Finalidad:

El Ayuntamiento de Inca reconoce el papel fundamental que desempeñan las AFAS en la dinamización de la comunidad educativa, en la promoción de actividades educativas, deportivas y culturales fuera del horario lectivo, y en la transmisión de valores de convivencia, corresponsabilidad y cohesión social. Esta línea de ayudas tiene como finalidad impulsar medidas de conciliación de la vida familiar y laboral, fomentar la participación de las familias en el ámbito educativo y favorecer la igualdad de oportunidades entre el alumnado.

Tercero. Bases reguladoras:

Bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Inca están reguladas en la Ordenanza general de subvenciones publicada en el BOIB núm. 66, de 26 de mayo de 2016.

http://www.caib.es/eboibfront/es/2016/10494/580630/aprobacion-definitiva-de-la-ordenanza-general-de-s

Cuarto. Importe:

La dotación total de la convocatoria de subvenciones será de 10.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El modelo normalizado de solicitud y el resto de documentos anexos estarán a disposición de las entidades interesadas en la página web del Ayuntamiento de Inca (www.incaciutat.com) y en su tablón de anuncios electrónico. Las solicitudes se tendrán que presentar, junto con la documentación prevista en el artículo 6 de estas bases, de forma telemática en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Inca, a través del procedimiento específico habilitado al efecto denominado «Subvenciones AFAS 2026».

El plazo de presentación de solicitudes será desde el 1 de junio hasta el 15 de julio de 2026, ambos inclusive.

 

(Firmado electrónicamnte: 11 de marzo de 2026)

El alcalde Virgilio Moreno Sarrió