Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA
Núm. 208960
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Capdepera por la modificación de la ficha de Policía Unidad Administrativa
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Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Capdepera para la modificación de la ficha de Policía Unidad Administrativa
Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Capdepera de fecha 12 de marzo de 2026, se acuerda la modificación de la siguiente ficha a la relación de puestos de trabajo:
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Ayuntamiento de Capdepera |
Descripción del puesto de trabajo: |
Hoja |
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Nombre del puesto de trabajo: Agente Unidada Administrativa |
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Dependencia Jerárquica |
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Regidor delegado |
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Unidad/Servicio |
Titulares |
Subordinados |
Horario |
Jornada |
Movilidad funcional habitual |
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Policia |
1 |
0 |
Martes/Sabado (6.30-15.30h flexibilidad horaria, realizando 7.5h) |
Continua Diurna |
Cualquier otro lugar de acuerdo con la titulación/capacitación académica contratada, dentro de su grupo/subgrupo de clasificación profesional |
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Dedicación ---------------------------------- Incompatibilidad |
Grupo -------------- Especialidad |
Requisitos |
Méritos |
Provisión ------------------- Tipo |
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Normal ---------------------------------- Legal Ordinaria |
C1 ------------- |
Las propias de la clase Policía Local
Nivel B2 Catalán |
Carnet de conducir BTP y A2 ------------ Coche patrulla, grúa municipal, alcoholímetro |
O o C.O ------------------- Singularizado: Si |
CENTRO: Policía Local |
Responsabilidades generales:
Realizar tareas administrativas en el Servicio de Policía
Tareas más significativas:
- Tramitación boletines LSV con DGT.
- Tramitación apertura sancionadores ordenanzas y Ley 4/2015.
- Tramitación expedientes Fiestas y acontecimientos (Mercado Medieval, Llampuga, Fiestas Patronales).
- Comunicaciones con juzgados, Ministerio Fiscal y Fiscalía de Menores (Lexnet).
- Comunicaciones con Guardia Civil: Tramitación informes y diligencias.
- Sanidad Exterior. El envío y análisis de las drogas y sustancias estupefacientes por infracciones a la LOPSC, y recepcionar los resultados para continuar con los sancionadores.
- Tramitación con Instituto de Seguridad Pública de las Islas Baleares (ISPIB): Diferentes comunicaciones, como por ejemplo la realización del tiro semestral, las pruebas psicológicas, las tarjetas de identificación profesional, etc.
- Intervención de armas de la Guardia Civil de Manacor. Comunicar las revistas de armas (abril), gestión de guías, tramitar permisos, salidas del municipio con arma reglamentaria.
- Tramitación expedientes por licencia de animal potencialmente peligrosos.
- Tramitación citaciones judiciales
- Tramitación, revisión facturas destinadas a policía.
- Tramitación, realización listados de cobros de policía (grúas, animales, cepos, etc.).
- Gestión y tramitación de solicitudes y comunicaciones con las diferentes herramientas (ABSIS, GESTIONA, EUROCOP, XPO, LEXNET, ARENA2, GESTORDOC).
- Realizar funciones de central de policía en caso necesario.
- Registrar en vehículos sustraído y/o embargado y/o precintados en el programa XPO.
- Corbo de infracciones de tráfico, OOMM, graves, etc.
- Facturación: Revisar las facturas y albaranes.
- Mercado: Gestión administrativa integral de los mercados municipales de Cala Rajada, Canyamel y Capdepera.
- Gestión administrativa y respuesta a demandas aseguradoras.
- Gestión de responsabilidad patrimonial donde la policía sea parte implicada.
- Gestión tarjetas personas con movilidad reducida.
- Armas 4a categoria: abrir expediente y gestión integral.
- Gestión de los Registros de Entrada a la Policía Local.
- Funciones de Oficina de Atención a la Ciudadanía.
- Comunicaciones con la Jefatura Provincial de Tráfico.
- Gestión revisión de aparato sonómetro y etilómetro.
- Tramitación de las OVP de las terrazas.
- Gestión de objetos perdidos.
RETRIBUCIONES:
CD: Nivel 16 CE: 11.336,17€
6.128, 22€
Contra el acuerdo plenario, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El Artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, advierte que, si se optara para interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interpoenr recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo esto sin perjuicio de qué pueda interponer el interesado cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
(Firmado electrónicamente: 16 de marzo de 2026
La alcaldesa Núria Garcia Caballeria)