Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TRABAJO, FUNCIÓN PÚBLICA Y DIÁLOGO SOCIAL
Núm. 200103
Resolución de la consejera de Trabajo Función Pública y Diálogo Social por la que se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Islas Baleares, y la publicación del acta del error de las tablas salariales de la categoría profesional Grupo III- Fábrica, Nivel 2, de modificación de la comisión negociadora del Convenio colectivo de la empresa Quely SA
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Antecedentes
1. El 05 de febrero de 2025, la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de Quely SA, acordó y subscribió el error de las tablas salariales de la categoría profesional Grupo III- Fábrica, Nivel 2
2. El 13 de febrero de 2026, Juan Antonio Marimón Pizà, como persona designada por la Comisión negociadora, solicitó el depósito, inscripción y publicación de la mencionada acta.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 90.3 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
3. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Inscribir y depositar el acta del error de las tablas salariales de la categoría profesional Grupo III- Fábrica, Nivel 2, de la comisión negociadora del Convenio colectivo de la empresa Quely SA, de 05 de febrero de 2025, en el Registro de Convenios Colectivos de las Islas Baleares.
2. Ordenar la traducción del texto a la lengua catalana y hacer constar que la versión castellana del texto es el original firmada por la Comisión Negociadora.
3. Notificar esta Resolución a la persona interesada.
4. Publicar la certificación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, firmado electrónicamente el 3 de marzo de 2026
La directora general de Trabajo y Salud Laboral Maria de la Luz Moreno Romero Por delegación de la consejera de Trabajo, Función Pública y Dialego Social (BOIB 99 de 26 de juliol de 2025)
En Inca, a 05 de febrero de 2026.
REUNIDOS:
POR LA EMPRESA: Matxalen Fernández Albendea. Juan Antonio Marimón Pizá (Asesor).
POR LOS TRABAJADORES EL COMITÉ DE EMPRESA: Matías Llado Villanueva, Antonio Company Galmés, Gloria Martos Jerónimo, María Antonia Martorell Vallori, Tomas Garrido Bascaso, Bartolomé Quetglas Aloy, Pedro Víctor Payeras Carbonell, Miguel Jaime Amer Ramis. Iñaki Huarte Lacabe (Asesor).
Ambas partes miembros de la comisión negociadora del convenio colectivo de QUELY S.A., de mutuo acuerdo MANIFIESTAN:
PRIMERO. – Que ha sido detectado un error material involuntario en el ANEXO SEGUNDO, en concreto, en las tablas salariales correspondientes al Grupo III – FÁBRICA, al figurar en el Nivel 2 la categoría profesional de Jefe/a de Ventas, con los siguientes importes:
|
NIVEL |
GRUPOS-CATEGORÍAS |
SALARIO BASE |
PLUS ACTIVIDAD |
SUMA |
TOTAL ANUAL |
|---|---|---|---|---|---|
|
2 |
Jefe/a de ventas |
1.032,08 |
265,49 |
1.297,56 |
19.463,45 |
No obstante, dicha categoría profesional es incorrecta y, por tanto, debe eliminarse del Grupo III – FÁBRICA. En su lugar, la categoría correcta que debe figurar es la siguiente:
|
NIVEL |
GRUPOS-CATEGORÍAS |
SALARIO BASE |
PLUS ACTIVIDAD |
SUMA |
TOTAL ANUAL |
|---|---|---|---|---|---|
|
2 |
Encargado/a de sección |
1.032,04 |
367,36 |
1.399,40 |
20.991,00 |
SEGUNDO. – Analizado el citado error, ambas partes, de mutuo acuerdo, manifiestan su conformidad con la presente corrección y proceden a la firma del presente documento, otorgando autorización expresa a D. Juan Antonio Marimón Pizá para que realice los trámites oportunos ante la Conselleria de Treball a efectos de su publicación en el BOIB.
Y sin más asuntos que tratar firman el presente en el lugar y fecha arriba indicado.