Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA
Núm. 197421
Acuerdo de aprobación definitiva del expediente número CDAP01/2025 de modificación de la descripción de la aplicación presupuestaria 10.92212.78900 en el Presupuesto propio del Consell de Mallorca del ejercicio 2026
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Aprobado inicialmente, en sesión ordinaria del Pleno de esta corporación que tuvo lugar el día 12 de febrero de 2026 y transcurrido el plazo de exposición al público sin que se haya formulado ninguna reclamación, queda definitivamente aprobado el expediente núm. CDAP01/2026 de modificación de la descripción de la aplicación presupuestaria 10.92212.78900 en el Presupuesto propio del Consell de Mallorca del ejercicio 2026, que a continuación se transcribe:
Vista la propuesta del consejero ejecutivo de Hacienda, Innovación y Función Pública que suscribe, de aprobación de un expediente de modificación de la descripción de la aplicación presupuestaria 10.92212.78900 en el presupuesto del Consell de Mallorca para el ejercicio 2026.
Visto que la Intervención General de este Consell Insular ha emitido el dictamen preceptivo, el consejero de Hacienda, Innovación y Función Pública propone al Pleno de la corporación que adopte lo siguiente:
ACUERDA
PRIMERO. - Modificar la descripción de la aplicación presupuestaria 10.92212.78900, del siguiente modo:
Donde dice:
10.92212.78900 – S.N. CONVENI CAMBRA DE COMERÇ
Tiene de decir:
10.92212.78900 – CONVENI CAMBRA DE COMERÇ P/PROJECTE DE DIGITALITZACIÓ I SOSTENIBILITAT
SEGUNDO.- El presente acuerdo aprobatorio se considerará definitivo si no se producen reclamaciones en contra durante el plazo de exposición pública y entrará en vigor una vez se haya cumplido lo dispuesto en el artículo 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del régimen local, i también el artículo 169 del Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado per RDLEG 2/2004, de 5 de marzo.
TERCERO.- Aprobar la actualización del anexo de inversiones incluido en el expediente de aprobación del presupuesto vigente para el ejercicio 2026, en las partidas presupuestarias afectadas por la modificación expresada anteriormente.
CUARTO.- Exponer al público la modificación aprobada inicialmente, previo anuncio en el BOIB y, en caso de no producirse reclamaciones durante el plazo de exposición pública, ordenar la publicación de la aprobación definitiva en el BOIB.
Contra este acuerdo que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala Contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de la publicación de este acuerdo. Todo conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa. No obstante, se puede interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.
Palma, en fecha de la firma electrónica (13 de marzo de 2026)
El consejero ejecutivo de Hacienda, Innovación y Función Pública Rafael Ángel Bosch Sans