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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 195898
Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se incrementa y se modifica la resolución del presidente del FOGAIBA de 10 de diciembre de 2024 por la que se convocan, mediante el procedimiento anticipado de gasto, subvenciones para inversiones en la transformación, comercialización y desarrollo de productos agroalimentarios para el año 2024

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Texto

En fecha 12 de diciembre de 2024, se publicó en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) núm. 161 la resolución del presidente del FOGAIBA de 10 de diciembre de 2024 por la que se convocan, mediante el procedimiento anticipado de gasto, subvenciones para inversiones en la transformación, comercialización y desarrollo de productos agroalimentarios para el año 2024. 

Esta resolución fue modificada por la resolución del presidente del FOGAIBA de 18 de diciembre de 2024 por la que se corrigen errores, publicada en el BOIB núm. 167, de 21 de diciembre de 2024. 

La convocatoria señalada en el apartado segundo destina, mediante el procedimiento anticipado de gasto, un importe máximo de tres millones de euros (3.000.000,00 €) con cargo al presupuesto del FOGAIBA del año 2025, con la posibilidad de incrementarlo, y con unos porcentajes de cofinanciamiento del 30,70 % a cargo del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), del 6,14 % a cargo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y del 63,16 % a cargo de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (CAIB). 

Dado que esta línea de ayudas está en proceso de tramitación y que se han recibido más solicitudes de las inicialmente previstas con mayores importes, considerando la disponibilidad presupuestaria existente, se considera conveniente incrementar el crédito destinado a esta convocatoria para poder dar apoyo a todas las industrias agrarias que cumplan los requisitos establecidos. 

Asimismo, dado que existe crédito adecuado y suficiente para financiar el importe destinado a la convocatoria, procede eliminar la cláusula de la condición suspensiva establecida en el punto 3 del apartado segundo de la Resolución mencionada. 

Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del director gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente 

RESOLUCIÓN 

Primero 

Incrementar en un millón trescientos mil euros (1.300.000,00 €) el crédito previsto en la resolución del presidente del FOGAIBA, de 10 de diciembre de 2024, por la que se convocan, mediante el procedimiento anticipado de gasto, subvenciones para inversiones en la transformación, comercialización y desarrollo de productos agroalimentarios para el año 2024 (BOIB núm. 161, de 12 de diciembre de 2024), por lo que queda destinado un crédito final para esta línea de ayudas de cuatro millones trescientos mil euros (4.300.000,00 €). 

Segundo 

Se modifica la resolución del presidente del FOGAIBA de 10 de diciembre de 2024 por la que se convocan, mediante el procedimiento anticipado de gasto, subvenciones para inversiones en la transformación, comercialización y desarrollo de productos agroalimentarios para el año 2024 (BOIB núm. 161, de 12 de diciembre de 2024) en el siguiente sentido: 

1. Modificar el punto 1 del apartado segundo, que queda redactado de la siguiente manera: 

«1. A esta convocatoria se destina un importe máximo de cuatro millones trescientos mil euros (4.300.000,00 €), con cargo a los presupuestos del FOGAIBA del año 2026. 

Esta cuantía podrá incrementarse con créditos que pueden destinarse a esta finalidad». 

2. Suprimir el punto 3 del apartado segundo. 

Tercero 

Esta Resolución deberá comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y deberá publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (13 de marzo de 2026)

El presidente del FOGAIBA  Joan Simonet Pons