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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 183664
Segunda aprobación inicial de la modificación puntual nº 2/2024 del Plan General de Ordenación Urbana de Calvià, relativa a la alteración de la actuación urbanística prevista para convertir el vial rodado proyectado en la urbanización de Torrent Fondo del núcleo de Costa d'en Blanes, en el municipio de Calvià, en una zona peatonal

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Texto

El PLENO, en su sesión celebrada el 26 de febrero de 2026 adoptó el siguiente

ACUERDO

Modificación puntual MP 2/2024:

1.- Llevar a cabo la SEGUNDA APROBACIÓN INICIAL de la propuesta de Modificación Puntual nº 2/2024 del Plan General de Ordenación Urbana de Calvià (PGOU), consistente en la alteración de una actuación urbanística prevista actualmente en la urbanización de Torrent Fondo del núcleo de población de Costa d'en Blanes para la creación de un vial público peatonal, redactada por los servicios técnicos municipales.

2.- SOMETER el presente expediente de modificación puntual del PGOU de Calvià, para llevar a cabo la alteración de una actuación urbanística prevista actualmente a la urbanización de Torrent Fondo del núcleo de población de Costa d'en Blanes, a información pública, de conformidad con lo que disponen el artículo 55.3 de la LUIB y el 207 del reglamento de desarrollo (RLUIB), por el plazo de CUARENTA CINCO DÍAS (45 días) mediante anuncios que se publicarán en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Calvià, en la cual constará la documentación completa que integra el instrumento.

El contenido, incluido el convenio, es accesible para todo el mundo en la página web del Ayuntamiento de Calvià, Planeamiento en tramitación, al apartado A) Modificaciones puntuales de planeamiento del siguiente enlace:

https://www.calvia.com/es/areas-municipales/urbanismo/planeamiento-en-tramitacion

Se puede examinar el expediente en el Área de Urbanismo de este Ayuntamiento para formular las sugerencias y alegaciones que consideren oportunas.

3.- SOLICITAR los informes correspondientes a las Administraciones Públicas que se puedan ver afectadas por la presente Modificación Puntual del Planeamiento, conforme previsto en el artículo 55.3 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares.

4.- INSTAR la prórroga del plazo de suspensión de concesión de licencias en función del artículo 51.5 de la LUIB hasta el 7 de marzo de 2028.

5.- DETERMINAR como áreas afectadas por la suspensión las siguientes parcelas:

Parcela 7 (ref. catastral n.º 2722014 DD6726S)

Parcela 8 (ref. catastral n.º 2722016 DD6726S)

6.- NOTIFICAR a los afectados el contenido del presente Acuerdo con el contenido del convenio a los efectos oportunos.

7.- ENVIAR al Consejo Insular de Mallorca un ejemplar completo de todos los documentos que integran este expediente de modificación puntual, que ha estado objeto de aprobación inicial, oportunamente diligenciado con la acreditación que es la que se ha aprobado inicialmente, para la emisión del informe correspondiente, de conformidad con el que dispone el apartado 6 del artículo 55 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares.

 

Calvià, en la fecha de la firma electrónica (9 de marzo de 2026)

El teniente de alcalde de Vivienda, Urbanismo, Patrimonio y Planeamiento Jaume Antonio Bujosa Arbona