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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 197023
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de marzo de 2026 por el que se dispone el cese del director del Instituto Balear de Seguridad y Salud Laboral (IBASSAL)

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Texto

El artículo 21.1 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que corresponde al Consejo de Gobierno, mediante acuerdo, el nombramiento y el cese de las personas titulares de la gerencia y de los otros órganos unipersonales de dirección de los organismos autónomos. El nombramiento y el cese han de realizarse a propuesta de la persona titular de la consejería de adscripción del ente, oído previamente el órgano colegiado superior de dirección del ente, debiendo publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears en el plazo máximo de diez días.

La Ley 13/2017, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2018, modificada en este punto por la disposición final quinta de la Ley 14/2018, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2019, creó el Instituto Balear de Seguridad y Salud Laboral (IBASSAL), con la naturaleza jurídica de organismo autónomo de los previstos en la letra a) del artículo 2.1 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Posteriormente, la Ley 7/2018, de 31 de julio, de promoción de la seguridad y la salud en el trabajo en las Illes Balears, llevó a cabo el desarrollo normativo y fijó el régimen jurídico básico de dicho Instituto. Por su parte, mediante el Decreto 31/2019, de 3 de mayo (BOIB n.º 61, de 4 de mayo), se aprobaron los Estatutos del IBASSAL.

De conformidad con el artículo 8.2 de la Ley 7/2018, la presidencia recae, con carácter nato, en la persona titular de la consejería competente en materia de trabajo. Por otra parte, el artículo 9 de esta norma otorga a la persona que ocupe dicho órgano la función de proponer al Consejo de Gobierno el cese del director o directora del Instituto, en los términos previstos en los Estatutos del citado organismo autónomo.

Actualmente, de conformidad con el Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 91, de 14 de julio), las competencias en materia de trabajo están atribuidas a la Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social.

En fecha 9 de marzo de 2026, se comunicó por escrito al señor Óscar Jesús Paz Arcos su cese en el cargo de director del Instituto Balear de Seguridad y Salud Laboral.

Se ha informado a las personas que forman parte del Consejo Rector de Salud Laboral del citado organismo autónomo del cese y, por consiguiente, de la propuesta de cese, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 7/2018, de 31 de julio.

En la sesión extraordinaria del Consejo de Dirección del IBASSAL del día 11 de marzo de 2026, se informa del cese del señor Óscar Jesús Paz Arcos como director del Instituto Balear de Seguridad y Salud Laboral (IBASSAL), agradeciéndole los servicios prestados.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social, en la sesión de 13 de marzo de 2026, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:

Primero. Disponer el cese del señor Óscar Jesús Paz Arcos como director del Instituto Balear de Seguridad y Salud Laboral (IBASSAL), que tendrá efectos desde el día 15 de marzo de 2026, agradeciéndole los servicios prestados.

Segundo. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (13 de marzo de 2026)

La secretaria del Consejo de Gobierno

Antònia Maria Estarellas Torrens

 

La presidenta

Margarita Prohens Rigo