Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 189292
Departamento de Selección y Provisión de Recursos Humanos. Servicio de Planificación y Provisión. Modificación órganos directivos
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La Junta de Gobierno Local de fecha 4 de marzo de 2026 con número de SEFYCU 4395077 acordó lo siguiente:
PRIMERO.- Aprobar la modificación de los puestos que se relacionan a continuación, de acuerdo con el informe emitido por Coordinación de Gobierno Municipal y Proyectos de Ciudad, en el sentido de que :
- El puesto de Director/a general de Gobierno Municipal, adscrito al Área de Alcaldía , pasa denominarse Coordinador/a general de Función Pública, quedando adscrito al Área de Función Pública, Seguridad Ciudadana, Civismo, Medio Natural, Entornos Saludables y Mercados.
- El puesto de Coordinador general de Servicios Sociales e Igualdad de Oportunidades pasa a denominarse Coordinador general de Servicios Sociales, Igualdad de Oportunidades, Educación y Juventud.
- El puesto de Coordinador/a general de Educación, Participación Ciudadana, Juventud, Personas Mayores e Interculturalidad pasa a denominarse Coordinador/a general de Participación Ciudadana, Personas Mayores, Interculturalidad y Coordinación de Distritos.
- El puesto de Director/a general de Función Pública y Empleo de Vía Pública pasa a denominarse Director/a general de Contratación, Calidad y Atención a la Ciudadanía.
- El puesto de Director/a general de Contratación y Patrimonio pasa a denominarse Director/a general de Patrimonio.
SEGUNDO.- Como consecuencia de la modificación concretada en el apartado anterior, las personas que ocupaban los puestos modificados pasan a ocupar los puestos con la nueva nomenclatura, quedando de la siguiente forma:
TERCERO.- Eximir el puesto de trabajo de órgano directivo, del requisito de ser nombrados entre personal funcionario de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales o con habilitación de carácter nacional que pertenezcan a cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47 del Reglamento orgánico del gobierno y administración del ayuntamiento de Palma.
CUARTO.- La jornada laboral será de 40 horas semanales y las retribuciones a percibir son las determinadas en el vigente Presupuesto de Gastos para las direcciones y coordinaciones generales.
QUINTO.- Para garantizar el funcionamiento de la Administración Municipal, quien ostente coordinaciones y direcciones generales nombradas por parte de la Junta de Gobierno, continuarán en su puesto de trabajo a pesar de haber expirado el mandato de la Corporación, no produciéndose su cese de forma automática, sin perjuicio de la decisión que pueda tomar con posterioridad la nueva Junta de Gobierno.
SEXTO.- Este acuerdo se ratificará por el Pleno en la primera sesión que se celebre y se incluirá en el Decreto de Alcaldía que aprueba la estructura de la organización de gobierno.
SÉPTIMO.- Notificar el presente acuerdo a los órganos directivos municipales relacionados anteriormente, así como a la concejalía del Área correspondiente y publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Los abajo firmantes declaran conocer el contenido de los artículos 52, 53 y 54 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público y del artículo 61 del Reglamento Financiero (UE 2018/1046 de 18 de julio integra el expediente
Contra la presente resolución , que agota la vía administrativa, se podrá interponer por parte de las personas interesadas recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que las haya aprobado , de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas . En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo , según el artículo antes citado y 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio , reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado contencioso Administrativo , en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (11 de marzo de 2026)
La jefa de servicio de Planificación y Provisión p.d Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30, de 04/03/2014) Raquel Cucarella Ribera