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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 187798
Notificación:Informe/Propuesta/Resolución de revocación parcial. a los beneficiarios de las ayudas, exp.2024_1-08, de fecha 4 de marzo de 2026, al amparo del Acuerdo por el que se aprueban las Bases de la convocatoria, para el año 2024, de ayudas de minimis al desarrollo rural de la isla de Mallorca, vinculadas a proyectos relacionados con los ámbitos agrarios Desarrollo Local Participativo 2014-2020 de Mallorca

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Texto

Acuerdo por el que se aprueban las Bases de la convocatoria, para el año 2022, de ayudas de minimis al desarrollo rural de la isla de Mallorca, vinculadas a proyectos relacionados con los ámbitos agrario y/o ambiental y enmarcados en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2014-2020 de Mallorca.

El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA, en fecha 4 de marzo de 2026, firmó la siguiente resolución

“INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN / RESOLUCIÓN DE REVOCACIÓN PARCIAL

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Medida 19.2- Implementación de operaciones incluidas en las EDLP.

Expediente: EDLNP32024_1/008

Código DIR3: A04026954

Código SIA: 3110339

Código BDNS 762243

Remesa de pago: EDLNP32024_1-17-2024

Antecedentes

1. En fecha 27 de diciembre de 2017 se aprobó mediante Resolución de la Autoridad de Gestión del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears, la Estrategia de Desarrollo Local Participativo (EDLP) en el territorio de Mallorca que contiene las actuaciones que se llevarán a cabo durante el período 2014-2020 en aplicación de la medida 19. 2 del PDR a la mencionada zona rural.

2. En fecha 18 de mayo de 2024, se publicó en el BOIB nº66 el Acuerdo por el que se aprueban las Bases de la convocatoria, para el año 2024, de ayudas al desarrollo rural de la isla de Mallorca, vinculadas a proyectos relacionados con los ámbitos agrario y/o ambiental y enmarcados en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2014-2020 de Mallorca.

3. En fecha 26 de junio de 2024, con NRGE 27 (GAL Mallorca) MIQUEL COLL CRESPÍ en nombre y representación de ASOCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN AGRARIA ECOLÓGICA DE MALLORCA solicitó una ayuda en el marco de la mencionada convocatoria para el proyecto “Innovación en el servicio de Innovación en el servicio. Este proyecto está incluido dentro de las de ayudas al desarrollo rural de la isla de Mallorca, vinculadas a proyectos relacionados con los ámbitos agrario y/o ambiental y enmarcados en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2014-2020 de Mallorca.

4. Analizada toda la documentación presentada, en fecha 6 de junio de 2025, el vicepresidente del FOGAIBA resolvió favorablemente la concesión de la ayuda a favor del interesado por importe máximo de 22.156,99 euros, sobre una inversión elegible de 36.928,32 euros.

5. El día 30 de octubre de 2025, el beneficiario solicitó el pago FINAL de ayuda de acuerdo con las condiciones establecidas por la resolución arriba mencionada.

6. El día 17 de diciembre de 2025, se notifican deficiencias en la solicitud de pago. Registrándose las enmiendas el día 26 de diciembre de 2025

7. El día 17 de marzo de 2025, se emite el informe de moderación de costes, en el que se indica que los importes de las inversiones se encuentran dentro del rango de la estimación por referencia.

8. Dada la Resolución de concesión de la mencionada ayuda, y de acuerdo con lo establecido en el apartado décimo de la convocatoria antes mencionada, los beneficiarios se obligan, entre otros, a realizar las actuaciones auxiliadas dentro del plazo establecido ya justificar los gastos relacionados con la inversión para la recepción de los fondos comunitarios en la forma y plazos determinados en la convocatoria.

9. Dentro del plazo legalmente establecido para la justificación de las inversiones aprobadas, el interesado presenta la solicitud de pago, así como la documentación exigida. No obstante, revisada ésta, se aprecian facturas con importes superiores a la inversión aprobada, liquidaciones tributarias sin evidencia del pago y gastos de personal propio no subvencionables conforme a las bases reguladoras. El detalle de todas las operaciones analizadas, incluyendo número de factura o documento, proveedor, concepto, fechas, importes solicitados e importes admisibles, así como las observaciones específicas de cada caso, se recoge en el Anexo II adjunto al presente informe.

10. Se comprueba que la inversión ejecutada es inferior a la aprobada.

11. Los solicitantes declaran que a pesar de la diferencia, se han alcanzado todos los objetivos previstos en el proyecto aprobado.

12. De acuerdo con el apartado undécimo de la Resolución de convocatoria antes mencionada, en lo referente a en los casos en los que se produzcan desviaciones entre la inversión realizada y la aprobada, se ajustará la ayuda total concedida al importe de la inversión realizada, siempre que se alcance de forma significativa el cumplimiento de los objetivos previstos.

13. Visto lo que dispone el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, de acuerdo con el artículo 43 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

14. El día 11 de febrero de 2026, se comunicó el informe propuesta provisional de resolución de revocación parcial, no habiéndose recibido alegaciones dentro del plazo establecido.

Fonaments de dret

1. Convenio de colaboración entre el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears como Organismo Pagador, el adjunto a la Gerencia del FOGAIBA como Autoridad de Gestión y el Grupo de Acción Local Asociación Mallorca Rural por lo que se establecen las condiciones para la aplicación de la medida 19 del Programa de Desarrollo200.

2. Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.

3. Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 352/78, (CE) núm. 165/94, (CE) núm. 2799/98, (CE) núm. 814/2000, (CE) núm. 1290/2005 y (CE) núm. 485/2008 del Consejo.

4. Real decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

5. Real decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos o determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión o de apoyo a la cosecha en verde, del viñedo. 6. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

7. Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

8. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.

9. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

10. Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

11. Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del FOGAIBA.

12. Orden de la consejera de Agricultura y Pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone que el FOGAIBA asume la ejecución de la política de la consejería de Agricultura y Pesca en lo referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero a partir del 1 de enero de 2006.

13. Decreto 65/2007, de 25 de mayo, de constitución, organización y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en la comunidad autónoma de las Illes Balears BOIB núm. 082 de 2007; en virtud de la Orden de la consejera de Agricultura y pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone la asunción de la ejecución de la política de mejora y fomento de los sectores agrario y pesquero por parte del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, establece en el artículo 1 que la FOGAIB a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero, a partir de 1 de enero de 2006. 14. Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

Propuesta de resolución de revocación parcial

Por todo ello, se informa favorablemente y proposo al vicepresidente del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:

1. Proceder a la revocación parcial de la Resolución de ayuda concedida al beneficiario y por el importe detallados en el Anexo I, que son un total de 1 expediente que comienza y termina con ASOCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN AGRARIA ECOLÓGICA DE MALLORCA, que suma un importe total de 2.931,24 euros relativa 2014-2020, con cargo al FEADER”, puesto que la justificación del gasto ha sido inferior a la aprobada.

2. Notificar la resolución a cada uno de los beneficiarios del Anexo I.

Interposición de recursos

Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de las Comunidades Autónomas y de la Administración de 122, de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La jefa de la Sección I                                                                                                      La jefa de Servicio d'Ayudas al Desarrollo Rural

María Angeles Pérez Ribas                                                                                              Gemma Canós Franch

Conforme con la propuesta, dicto resolución

El vicepresidente del FOGAIBA en materia agrária

Fernando Fernández Such»

 

ANEXO I IMPORTES A REVOCAR

 

 

 

 

 

 

FEADER

AGE

CAIB

TITULAR

NIF

NºEXPEDIENTE

Ayuda concedida

Importe pagado

Ayuda a revocar

80,00%

6,00%

14,00%

ASSOCIACIÓ DE LA PRODUCCIÓ AGRÀRIA ECOLÒGICA DE MALLORCA

G57510737

EDLNP32024_1/008

22.156,99 €

19.225,76 €

2.931,24 €

2.344,98 €

175,87 €

410,38 €

SUMATORIO EXPEDIENTES

 

1

22.156,99 €

19.225,76 €

2.931,24 €

2.344,98 €

175,87 €

410,38 €

 

 

Nº BENEFICIARIOS

TOTAL AYUDA

TOTAL PAGADO

TOTAL A REVOCAR

TOTAL FEADER

TOTAL AGE

TOTAL CAIB

 

 

 

 

ANEXO II DETALLE DE GASTOS NO ADMISIBLES POR BENEFICIARIO

NÚM. FRA.

FECHA FACTURA

PROVEEDOR

CONCEPTO

FECHA PAGO

IMPORTE SOLICITADO

IMPORTE ADMISIBLE

OBSERVACIONES

2601

29/11/24

Serveis i Innovació SLU

Ordenador sobretaula

09/12/24

844,17 €

654,93 €

Per moderació

2025/3/201

19/03/25

Germans Binimelis, SL

TML OPPO A40

01/05/25

82,56 €

0,00 €

No quadra el justificant de pagament

60108867

23/06/25

Media Markt Saturn SA

PRO

21/07/25

1.073,55 €

519,83 €

Inversió aprovada

Model 111

31/10/24

Agència Tributària

4T 2024

20/01/25

468,17 €

427,96 €

 

Model 111

31/01/25

Agència Tributària

1T 2025

22/04/25

252,83 €

197,42 €

 

Model 111

29/04/25

Agència Tributària

2T 2025

21/07/25

171,48 €

170,03 €

 

Model 111

01/08/25

Agència Tributària

3T 2025

 

195,94 €

0,00 €

No hi ha evidències de pagament del 111

Nòmina

31/10/24

Bartomeu Mesquida

Octubre 2024

02/11/24

94,48 €

0,00 €

Comunicació (no subvencionable amb personal propi)

Nòmina

30/11/24

Andreu Adrover Serra

Novembre 2024

29/11/24

1.776,79 €

1.776,80 €

 

Nòmina

30/11/24

Bartomeu Mesquida

Novembre 2024

29/11/24

89,19 €

0,00 €

Comunicació (no subvencionable amb personal propi)

Nòmina

30/12/24

Bartomeu Mesquida

Desembre 2024

30/12/24

103,04 €

0,00 €

Comunicació (no subvencionable amb personal propi)

Nòmina

31/01/25

Onofre Fullana Llinás

Gener 2025

31/01/25

423,60 €

423,59 €

 

Nòmina

31/01/25

Bartomeu Mesquida

Gener 2025

31/01/25

109,46 €

0,00 €

Comunicació (no subvencionable amb personal propi)

Nòmina

03/03/25

Bartomeu Mesquida

Febrer 2025

03/03/25

123,50 €

0,00 €

Comunicació (no subvencionable amb personal propi)

Nòmina

28/02/25

Jaume Enrich Bonnín

Febrer 2025

03/03/25

759,04 €

759,04 €

 

Nòmina

31/03/25

Jerònima Jaume Fuster

Març 2025

01/04/25

65,89 €

65,89 €

 

Nòmina

31/03/25

Bartomeu Mesquida

Març 2025

01/04/25

121,91 €

0,00 €

Comunicació (no subvencionable amb personal propi)

 

Nòmina

31/03/25

Bartomeu Mesquida

Març 2025

01/04/25

875,81 €

875,81 €

 

Nòmina

29/04/25

David Oliver Ramón

Abril 2025

30/04/25

103,32 €

0,00 €

Comunicació (no subvencionable amb personal propi)

Nòmina

30/04/25

Onofre Fullana Llinás

Abril 2025

30/04/25

369,47 €

369,47 €

 

Nòmina

30/04/25

Jaume Enrich Bonnín

Abril 2025

30/04/25

916,94 €

916,94 €

 

Nòmina

31/05/25

David Oliver Ramón

Maig 2025

02/06/25

184,69 €

0,00 €

Comunicació (no subvencionable amb personal propi)

Nòmina

31/05/25

Jerònima Jaume Fuster

Maig 2025

02/06/25

63,70 €

63,71 €

 

Nòmina

01/08/25

Jerònima Jaume Fuster

Juliol 2025

01/08/25

63,70 €

63,71 €

 

Nòmina

01/08/25

David Oliver Ramón

Juliol 2025

01/08/25

180,20 €

0,00 €

Comunicació (no subvencionable amb personal propi)

Nòmina

31/08/25

David Oliver Ramón

Agost 2025

31/08/25

180,90 €

0,00 €

Comunicació (no subvencionable amb personal propi)

Nòmina

31/08/25

Jaume Enrich Bonnín

Agost 2025

01/09/25

1.313,28 €

1.313,73 €

 

Nòmina

31/08/25

Onofre Fullana Llinás

Agost 2025

31/08/25

352,21 €

352,22 €

 

Nòmina

27/09/25

Jaume Enrich Bonnín

Setembre 2025

26/09/25

1.313,73 €

1.313,73 €

 

Nòmina

27/09/25

Onofre Fullana Llinás

Setembre 2025

26/09/25

452,24 €

452,24 €

 

Nòmina

27/09/25

David Oliver Ramón

Setembre 2025

25/09/25

178,71 €

0,00 €

Comunicació (no subvencionable amb personal propi)

Seg. Social

28/06/24

Seguretat Social

Juny 2024

31/07/24

172,61 €

171,60 €

 

Seg. Social

31/08/24

Seguretat Social

Agost 2024

30/09/24

370,33 €

370,32 €

 

Seg. Social

30/09/24

Seguretat Social

Setembre 2024

31/10/24

252,03 €

41,88 €

 

Seg. Social

31/10/25

Seguretat Social

Octubre 2024

29/11/24

42,77 €

0,00 €

 

Seg. Social

30/11/24

Seguretat Social

Novembre 2024

31/12/24

808,02 €

765,40 €

 

Seg. Social

30/12/24

Seguretat Social

Desembre 2024

29/01/25

795,70 €

855,77 €

 

Seg. Social

31/01/25

Seguretat Social

Gener 2025

28/02/25

258,08 €

206,78 €

 

Seg. Social

28/02/25

Seguretat Social

Febrer 2025

31/03/25

593,81 €

535,92 €

 

Seg. Social

03/03/25

Seguretat Social

Març 2025

30/04/25

450,71 €

392,87 €

 

Seg. Social

29/04/25

Seguretat Social

Abril 2025

30/05/25

556,82 €

549,91 €

 

Seg. Social

31/05/25

Seguretat Social

Maig 2025

30/06/25

649,06 €

575,63 €

 

Seg. Social

31/07/25

Seguretat Social

Juliol 2025

29/08/25

648,93 €

575,64 €

 

Seg. Social

31/08/25

Seguretat Social

Agost 2025

30/09/25

804,49 €

731,17 €

 

Seg. Social

27/09/25

Seguretat Social

Setembre 2025

31/10/25

840,60 €

767,33 €

 

 

 

 

 

TOTALS

20.548,46 €

17.257,34 €

 

 

Palma, en fecha de firma digital (10 de marzo de 2026)

El director gerente del Fogaiba Joan Josep Coll Bibiloni