Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN
Núm. 187714
Resolución de la directora general del Tesoro, Política Financiera i Patrimonio por la que se autoriza la afectación secundaria de diferentes espacios del Centre Bit Raiguer de Inca a favor de la Dirección General de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad adscritas a la Consejería de Familia, Bienestar Social y Atención a la Dependencia
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Antecedentes
1. El 26 de marzo de 2025, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio dictó una resolución de autorización de la afectación secundaria de dos espacios en el Centro Bit Raiguer, concretamente, el despacho 3, de 29 m² y la sala Alaró, de 61 m², a favor de la Dirección General de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad, que depende de la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia. Se llevó a cabo por un periodo de 6 meses, contadores desde el 15 de febrero de 2025 hasta el 15 de julio de 2025, dado que era el periodo que se estimó necesario para adjudicar el contrato de alquiler de un local en el municipio.
2. El 17 de septiembre de 2025, tuvo entrada en la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio dos informes propuesta de la jefa del Servicio de Justicia Juvenil de la Dirección General de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad (VALIB núm. 422004), para la tramitación del expediente de prórroga del espacio anteriormente mencionado y la ampliación de la afectación secundaria y los despachos 5 y 11 (29 m² cada uno), para ubicar los servicios de la Dirección General de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad en el Centro Bit de Inca.
3. El 7 de octubre de 2025, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio requirió a la Dirección General de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad que aportara la solicitud de afectación secundaria por parte del titular de la consejería a la que se encuentran adscritos, así como la aclaración de las condiciones y el plazo de la adscripción a causa de la contradicción entre ambos informes y la conformidad expresa de la Agencia de Desarrollo Regional (ADR), como órgano que tiene la afectación principal. Por razón del tiempo transcurrido sin que se haya hecho ningún tipo de manifestación, se reiteró la petición el 25 de noviembre de 2025.
4. El 17 de febrero de 2026, tuvo entrada en la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio (VALIB núm. 461991) un informe-propuesta de la jefa del Servicio de Justicia Juvenil y la memoria justificativa de la secretaria general de la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, mediante el cual se solicita la prórroga de la afectación secundaria al Servicio de Justicia Juvenil de la Dirección General de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad, dentro del Centro Bit Raiguer, del despacho 3 de la planta principal (29 m²) y de la sala Alaró (61 m²) situada al sótano, ocupadas desde el año 2025, ininterrumpidamente, y la ampliación de la afectación en los despachos 5 y 11 (29 m² cada uno), atendida la necesidad de incorporar un técnico más al equipo de la comarca de Inca por el aumento del volumen de sentencias judiciales de jóvenes en el municipio.
Se solicita la ocupación por el periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre de 2026 o por el periodo necesario para llevar a cabo las obras de acondicionamiento y adecuación del local propiedad de la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia.
5. El 19 de febrero de 2026, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio dio traslado a la directora gerente de la Agencia de Desarrollo Regional (ADR) que tiene atribuida la afectación principal del bien, para que emitiera un informe sobre la conveniencia de la afectación secundaria, la compatibilidad con la afectación principal y la manera de ejercicio de la afectación secundaria, de acuerdo con el artículo 45.2 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
6. El 23 de febrero de 2026, tuvo entrada en la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, el oficio de la gerente de la Agencia de Desarrollo Regional (ADR), de la misma fecha, en el cual manifiesta que se considera adecuado la afectación secundaria del Centro Bit de Inca para la ubicación de la Dirección General de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad, hasta el 31 de diciembre de 2026.
7. El número de activo fijo de la construcción en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares es el 10000001289.
8. El 4 de marzo de 2026, el Servicio de Patrimonio emitió un informe favorable sobre el expediente de referencia.
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 24, 33 y 34, de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 49, de 24 de abril).
2. Los artículos 28, 39, 42 y 45 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 192, de 24 de diciembre).
3. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, modificado parcialmente por el Decreto 8/2025, de 11 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB núm. 89, de 12 de julio de 2025).
3. Decreto 56/2023, de 21 de julio, por el cual se dispone el nombramiento de altos cargos de la Consejería de Economía, Hacienda e innovación (BOIB núm. 103/2023, de 22 de julio).
4. El Decreto 7/2025, de 11 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, de modificación del Decreto 8/2023, de 10 de julio, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 89/2025, de 12 de julio).
5. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 91/2025, de 14 de julio).
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar la prórroga de la afectación secundaria del despacho 3 de la planta principal (29 m²) y de la sala Alaró (61 m²) situada al sótano, ocupadas desde el año 2025, ininterrumpidamente, y la ampliación de la afectación en los despachos 5 y 11 (29 m² cada uno) ubicados en el Centro Bit Raiguer, a favor del Servicio de Justicia Juvenil de la Dirección General de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad, adscrita a la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, para el periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre de 2026.
2. Determinar que esta afectación secundaria implica la modificación de los porcentajes de la adscripción principal que té el ADR, que sería del 90,43%, quedando inalteradas el resto de afectaciones secundarias de la manera siguiente:
3. Estipular que la afectación producirá efectos desde la fecha de suscripción del acta de afectación en cuanto a la ocupación de los despachos 5 y 11.
4. Establecer que esta afectación implica la asunción, por parte de la Dirección General de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad de la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, de los gastos de mantenimiento, conservación y cualquier otro gasto derivado de la titularidad y del goce del bien, así como de los tributos y de las prestaciones patrimoniales públicas de cualquier naturaleza que lo graban, los cuales se tienen que satisfacer de manera proporcional al espacio ocupado.
5. Notificar esta resolución a las partes interesadas.
6. Publicar la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
7. Anotar el contenido de esta resolución en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Economía, Hacienda e Innovación en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
(Firmado electrónicamente: 10 de marzo de 2026)
La directora general Susana Fátima Pérez Sánchez