Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA
Núm. 184457
Exclusión de la intervención, si procede, de las entidades privadas de certificación urbanística en la tramitación de determinados expedientes del Área de Urbanismo al amparo de lo dispuesto en el artículo. 158.2 quater de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares (Exp. 793/2026)
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Visto el expediente para la exclusión de la intervención, si procede, de las entidades privadas de certificación urbanística en la tramitación de determinados expedientes del Área de Urbanismo al amparo de lo dispuesto en el artículo. 158.2 quater de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, el pleno en fecha de 26 de febrero de 2026, ha adoptado el acuerdo que, en su parte dispositiva, se transcribe a continuación:
Primero. Asumir, en su integridad, el documento “Propuesta-memoria justificativa para excluir la intervención de las entidades privadas de certificación urbanística en la tramitación de determinados expedientes del Área de Urbanismo al amparo de lo dispuesto en el artículo 158.2 quater de la Ley 12/2017 de urbanismo de las Islas Baleares”, elaborada en fecha 19.02.2026 por parte del coordinador designado del área de urbanismo, licencias y actividades competente, que en su mayor parte a la conclusión es del siguiente tenor literal: “.../... CONCLUSIÓN Con la argumentación anterior, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 158.2 quater de la Ley 12/2017 de urbanismo de las Illes Balears, se propone excluir la intervenció de las entidades privadas de certificación urbanística en en la tramitación de las siguientes licencias:
- Licencias de legalización.
- Licencias de primera ocupación o utilización de los edificios e instalaciones en general.
- Licencias que supongan obras o intervenciones en edificios incluidos en el Plan Especial del Centro Histórico.
- Licencias que supongan obras o intervenciones en edificios, espacios o bienes incluidos en el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Municipio de Pollença con aprobación inicial o definitiva.
- Licencias para modificar los proyectos que hayan sido objeto de las citadas licencias en los puntos anteriores. (...)”.
Segundo. Publicar el Acuerdo adoptado en el BOIB, en el tablón de anuncios municipal y en la sede electrónica municipal (www. ajpollenca.net), incluyendo en esta última el íntegro “Propuesta-memoria justificativa” elaborada en fecha 19.02.2026 por parte del coordinador del área de Urbanismo municipal, a los efectos que legalmente correspondan.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Pollença, en fecha de la firma electrónica (9 de marzo de 2026)
El alcalde Martí X. March Cerdà