Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 171034
Resolución de la directora gerente de la Gerencia de Hospital Universitario Son Espases del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se aprueba la convocatoria para cubrir, por el sistema de promoción interna temporal, una plaza vacante de la categoría grupo administrativo de la función administrativa (C1), adscrita a la Unidad de Investigación de la plantilla orgánica autorizada de la Gerencia de Hospital Universitario Son Espases
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Hechos
Es necesario cubrir, por el sistema de promoción interna temporal, una plaza de la categoría grupo administrativo de la función administrativa de la plantilla orgánica autorizada de la Gerencia de Hospital Universitario Son Espases para la Unidad de Investigación.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 35.1 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, determina que por necesidades del servicio —y en los supuestos y bajo los requisitos que al efecto se establezcan en cada servicio de salud— se puede ofertar al personal estatutario fijo desempeñar temporalmente y con carácter voluntario las funciones correspondientes a nombramientos de una categoría del mismo nivel de titulación o de un nivel superior, siempre que se tenga el correspondiente título.
2. El 28 de febrero de 2012 se publicó en el BOIB núm. 31 el Pacto de 24 de febrero de 2012 por el que se regulan los criterios generales de la promoción interna temporal del personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares (corregido en el BOIB núm. 36, de 8 de marzo de 2012). El objeto principal del Pacto es establecer los criterios generales para la promoción interna temporal y el orden de fin o cese de este personal.
3. En la plantilla orgánica de la Gerencia de Hospital Universitario Son Espases hay una plaza vacante y sin ocupar, del grupo de administrativo de la función administrativa (C1).
4. El punto 2 l) de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Illes Balears de 10 de agosto de 2023 por la que se delegan diferentes competencias en materia de personal estatutario de la sanidad pública autonómica en la persona titular de la dirección de competente en materia de recursos humanos y relaciones laborales y en las personas titulares de las gerencias territoriales establece que se delegan en las personas titulares de las gerencias territoriales de los diferentes centros y establecimientos del Servicio de Salud de las Illes Balears la competencia de convocar y resolver los procedimientos de promoción interna temporal del artículo 35 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud.
En consecuencia, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la convocatoria para cubrir, por el sistema de promoción interna temporal, una plaza de la categoría grupo administrativo de la función administrativa correspondiente a la plantilla orgánica autorizada de la Gerencia de Hospital Universitario Son Espases.
2. Aprobar las bases que regirán esta convocatoria, que figuran en el anexo 1.
3. Publicar un modelo de solicitud para participar en el procedimiento objeto de esta convocatoria, que figura en el anexo 2.
4. Designar a los miembros de la comisión de selección, que figura en el anexo 3.
5. Aprobar el baremo de méritos aplicable a esta convocatoria, que figura en el anexo 4
6. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el web de la Gerencia de Hospital Universitario Son Espases y en el web del Servicio de Salud de las Islas Baleares (www.ibsalut.es).
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 124 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, fecha en la firma electrónica (24 de febrero de 2026)
La directora gerente del Hospital Universitario Son Espases Cristina Granados Ulecia Por delegación de la Consejera de Presidencia y Administraciones Públicas (BOIB núm. 109 de 05/08/2023) Subdelegación Director General (BOIB núm. 112 de 12/08/2023)
ANEXO 1 Bases de la convocatoria
Primera Plaza convocada y funciones que debe desempeñar
1. Se convoca una plaza de la categoría grupo administrativo de la función administrativa (C1), adscrita a la Unidad de Investigación de la Gerencia del Hospital Universitario Son Espases.
2. La plaza convocada tiene asignadas las funciones propias de la categoría y, mientras dure la asignación a la Unidad de Investigación de la Gerencia del Hospital Universitario de Son Espases, también tiene que desempeñar las funciones siguientes:
a) Unidad de Investigación y plataforma de ensayos clínicos (en coordinación con IdISBa):
b) Secretariado de la Comisión de Investigación de HUSE
c) Gestión y manejo de diferentes Bases de datos:
Segunda Características de la plaza
1. Lugar y centro de trabajo: Unidad de Investigacióin de la Gerencia del Hospital Universitario Son Espases.
2. Tipo de nombramiento: se expedirá a la persona seleccionada un nombramiento de personal estatutario en la modalidad de promoción interna temporal de una plaza de la categoría del grupo administrativo de la función administrativa (subgrupo C1).
3. El régimen jurídico durante el tiempo en que la persona seleccionada ocupe la plaza será el siguiente:
a) Se mantendrá en la situación de servicio activo y con reserva de plaza en la categoría de origen.
b) Percibirá las retribuciones correspondientes a las funciones desempeñadas, excepto los trienios y el complemento de carrera profesional, que serán los correspondientes a la categoría de origen.
c) No supondrá la consolidación de ningún derecho de carácter retributivo o con relación a la obtención de un nuevo nombramiento, sin perjuicio que se pueda considerar como mérito en los procedimientos selectivos y de provisión.
Tercera Requisitos para participar
1. Los solicitantes deben cumplir los requisitos siguientes:
a) Tener la condición de personal estatutario fijo del Servicio de Salud de las Illes Balears y prestar servicio en el Hospital Universitario Son Espases.
En caso de que la convocatoria se declare desierta porque no se haya presentado nadie que cumpla los requisitos, se prevé expresamente que se extienda al personal que cumpla los requisitos del resto de las gerencias de la misma área de salud.
b) De acuerdo con el artículo 17.2. del Real Decreto 1/1999, las personas adjudicatarias de una plaza no podrán participar en los concursos de provisión de plazas ni en promociones internas temporales durante un plazo mínimo de dos años a contar desde el día en que hayan tomado posesión de la plaza. Así mismo, en el caso de que la persona adjudicataria haya obtenido plaza en uno de los procesos del Plan de Estabilización convocados en 2022 del personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares, conforme al artículo 24 de sus bases, no podrá participar en los concursos de provisión de plazas mediante promoción interna temporal durante un plazo un mínimo de dos años antes de que venza el plazo para presentar solicitudes.
c) Pertenecer a algún grupo de clasificación inferior o a una categoría o especialidad diferente del mismo grupo que la plaza a la que se opta.
d) Estar en la situación de servicio activo.
e) Tener la titulación exigida legalmente; cualquiera de las siguientes: bachiller (LOE), bachiller (LOGSE), bachillerato unificado polivalente, bachiller superior (plan de 1957), técnico/técnica, técnico/técnica especialista, o haber superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años, o estar en condiciones de obtenerla antes de que venza el plazo para presentar solicitudes. También podrán participar en el procedimiento selectivo aquellas personas interesadas que hayan prestado servicio durante cinco años en la categoría de origen y tengan la titulación exigida en el grupo inmediatamente inferior a la categoría en la que se aspira ingresar, excepto que sea necesarias una titulación o una habilitación profesional específicas para desempeñar las nuevas funciones. En el caso de las titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse que están homologadas por el ministerio correspondiente.
f) Acreditar el requisito de conocimientos de catalán correspondiente al nivel B2, mediante un certificado expedido por la Escuela Balear de Administración Pública o por cualquiera de los expedidos o reconocidos como equivalentes u homologados por el órgano competente en materia de política lingüística de las Illes Balears que acrediten el nivel B2 de conocimiento de catalán.
g) Tener la capacidad funcional necesaria para desempeñar las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento. Este requisito deberá acreditarse antes de la toma de posesión.
Acreditación de requisitos
2. Estos requisitos deberán cumplirse el último día del plazo para presentar solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
3. Los aspirantes han de acreditarlos fehacientemente en el momento de presentar las solicitudes, salvo el requisito del punto g), que debe acreditarse antes de la toma de posesión.
Cuarta Presentación de solicitudes
1. Los interesados en participar en la selección para cubrir las plazas ofertadas tendrán que presentar una solicitud según el modelo que se adjunta en el anexo 2. El plazo para presentar solicitudes será 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
3. La documentación requerida deberá presentarse en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro y las oficinas auxiliares del Servicio de Salud de las Illes Balears, o por cualquiera de las vías previstas por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.(DIR3: A04005003)
4. Los aspirantes tienen que conservar su ejemplar de la solicitud por si se la requieren en cualquier momento del proceso selectivo.
Quinta Documentación
1. A la solicitud deberá adjuntarse copia auténtica de la documentación que acredite que se cumplen los requisitos y los méritos alegados.
2. Además, deberá adjuntarse copia auténtica de estos otros documentos:
a) En caso de tener la nacionalidad española, el requisito será verificado de oficio por la administración, salvo que haya oposición expresa del aspirante (en cuyo caso deberá aportar la documentación acreditativa). También puede presentarse voluntariamente el DNI en vigor. Si la administración no pudiera comprobar el cumplimiento de este requisito lo notificará al aspirante, para que lo aporte.
b) Título académico exigido en la convocatoria (anverso y reverso del título) o bien el justificante de pago de los derechos de expedición del título acompañado de un certificado de la institución educativa correspondiente que acredite que el título todavía no ha sido expedido.
c) Título que acredite los conocimientos de lengua catalana exigidos en la convocatoria.
d) Justificación de los méritos específicos.
3. Consignar datos falsos en la solicitud o en los méritos alegados implicará la exclusión definitiva del aspirante o de la persona seleccionada en el proceso selectivo.
4. Los títulos o los méritos expedidos en una lengua que no sea el catalán o el castellano tendrán que entregarse traducidos convenientemente a uno de estos idiomas por un organismo oficial competente.
Sexta Sistema de selección y valoración de los méritos
1. La selección, en caso de concurrencia, se llevará a cabo por el sistema de concurso de méritos y con una prueba teórico-práctica específica de carácter eliminatorio relativa a las funciones que hay que cubrir.
2. Con el fin de acreditar ante la Comisión de Selección los conocimientos y capacidad profesional con relación a las funciones específicas que hay que desempeñar se realizará una prueba teórico-práctica.
La prueba consistirá en un examen tipo test de 35 preguntas (más 2 de reserva) que se puntuará con un valor máximo de 35 puntos, y en el cual se puntuará con 1 punto cada respuesta acertada y se descontará 0.25 puntos por cada respuesta incorrecta.
Para poder superar convenientemente la prueba, se debe obtener un mínimo de 20 puntos. En caso de obtener una puntuación inferior, se considerará que la prueba no ha sido superada y el candidato quedará eliminado de esta convocatoria.
El examen tipo test versará, además de las funciones propias de la plaza convocada, sobre el temario que se indica a continuación:
a. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto marco del personal estatutario de los Servicios de Salud.
b. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.
c. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
d .Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
3. El baremo de los méritos alegados para optar a estas plazas es el que se establece en el anexo 4 de esta convocatoria y que se desglosan como se indica a continuación:
Séptima Comisión de Selección
1. La Comisión de Selección está formada por tres miembros, que tienen la condición de personal funcionario de carrera o estatutario fijo del Servicio de Salud, del mismo grupo profesional —o de un grupo superior— que el de la plazas convocadas, todos con voz y voto.
Los miembros son aquellos que figuran en el anexo 3 de esta convocatoria.
2. Los miembros de la Comisión de Selección se abstendrán de intervenir en el proceso —y lo notificarán a la autoridad que los haya designado— si concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
3. Las funciones de la Comisión de Selección son las siguientes:
Octavo Procedimiento de selección y resolución de la convocatoria
1. Una vez vencido el plazo para presentar solicitudes se publicará en el web de la Gerencia de Hospital Universitario Son Espases y del Servicio de Salud de las Illes Balears la resolución de la directora gerente por la que se aprueba la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, exponiendo la causa de la exclusión.
En ese acto se abrirá un plazo de siete días hábiles para presentar alegaciones o reclamaciones a esta resolución y aportar la documentación requerida o, en su caso, subsanar la causa de la exclusión. Si, en su caso, no se subsanan los defectos, se considerará que la persona interesada ha desistido de la solicitud.
Todos los documentos se dirigirán al Servicio de Personal de la Gerencia del Hospital Universitario Son Espases y pueden presentarse por cualquiera de las vías previstas por la normativa vigente.
2. Una vez vencido el plazo para presentar alegaciones o reclamaciones se procederá a publicar la lista definitiva de admitidos y excluidos en el web del Hospital Universitario Son Espases y en el web del Servicio de Salud de las Islas Baleares. En dicha lista se hará constar el lugar, día y hora de la prueba teórico-práctica:
3. Listado provisional de puntuación de la prueba teórico-práctica:
a) Una vez que la Comisión de Selección haya valorado la prueba teórico-práctica de los candidatos, por medio de una resolución se publicará en el web del Servicio de Salud y de la gerencia del Hospital Universitario Son Espases la lista provisional con la puntuación de la prueba.
b) Los candidatos dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la publicación de la lista, para formular reclamaciones o alegaciones contra la puntuación obtenida, dirigidas a la Comisión de Selección, que se pueden presentar por cualquiera de las vías que prevé la normativa vigente.
4. Lista definitiva de la puntuación de la prueba teórico-práctica:
a) Por medio de la correspondiente resolución, se publicará en el web del Servicio de Salud y de la Gerencia del Hospital Universitario Son Espases la lista definitiva de puntos de la prueba teórico-práctica de los candidatos.
Además, de acuerdo con la propuesta efectuada por la Comisión de Selección, la citada resolución incluirá también la lista provisional de puntuaciones totales (valoración de méritos y prueba teórico-práctica) de los candidatos que han superado la prueba teórico-práctica, que se publicará en el web del Hospital Universitario Son Espases y en el web del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
b) Los candidatos dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la publicación de la lista, para formular reclamaciones o alegaciones contra la puntuación obtenida, dirigidas a la Comisión de Selección, que se pueden presentar por cualquiera de las vías que prevé la normativa vigente.
5. Lista definitiva de puntuación total de la prueba y la fase de méritos y adjudicación de la promoción interna temporal:
A propuesta de la Comisión de Selección, el órgano competente dictará una resolución con la puntuación definitiva de la prueba y los méritos acreditados. Por medio de dicha resolución se darán por estimadas o desestimadas las alegaciones formuladas contra la puntuación total obtenida. Además, se incluirá la adjudicación de la promoción interna temporal.
6. El nombramiento se ofrecerá al candidato propuesto por la Comisión de Selección que figure con la puntuación más alta. Si varios candidatos tienen la misma puntuación en la lista definitiva, se aplicarán los siguientes criterios de desempate:
7. La resolución de adjudicación definitiva se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Novena Nombramiento y toma de posesión
La persona seleccionada dispondrá de un plazo de tres días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de adjudicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares para tomar posesión de la plaza.
ANEXO 2 Modelo de solicitud
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN PROCESO SELECTIVO DE 1 PLAZA DE LA CATEGORÍA DEL GRUPO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN
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DESTINO |
GERENCIA HOSPITAL UNIVERSITARIO SON ESPASES |
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CÓDIGO DIR3 |
A04005003 |
SOLICITANTE
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DNI/NIE |
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Nombre |
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Apellido 1 |
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Apellido 2 |
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Correo electrónico |
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Domicilio |
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Código Postal |
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Localidad |
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Municipio |
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Provincia |
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Teléfono |
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EXPONGO:
1. Que el ____ de ____________ de 202_ se publicó en el BOIB la Resolución de la directora gerente del Hospital Universitario Son Espases de ____ de _____________ de 202__ por la que se convoca un proceso selectivo para cubrir, por el sistema de promoción interna temporal, 1 plaza de la categoría grupo administrativo de la función administrativa de la plantilla orgánica autorizada de la Gerencia del Hospital Universitario Son Espases para la Unidad de Investigación.
2. Que cumplo los requisitos exigidos en la convocatoria.
SOLICITO:
Ser admitido/a en la convocatoria, para lo cual adjunto a esta solicitud la documentación exigida y la acreditación de los méritos.
Documentación adjunta
1.
2.
3.
4.
5.
□ En virtud del artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no me opongo a la consulta de documentación ya aportada, por eso indico:
1. Fecha de presentación____________
2. Órgano Administrativo____________
3. Procedimiento__________________
INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de dichos datos (RGPD); la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de derechos digitales, y la legislación concordante y vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de datos personales que contiene este solicitud.
Tratamiento de datos: los datos personales contenidos en esta solicitud serán tratados por la Gerencia del Hospital Universitario Son Espases.
Ejercicio de derechos y reclamaciones: la persona afectada por el tratamiento de datos personales podrá ejercer sus derechos de información acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad, oposición y no inclusión en tratamiento automatizados (incluso de retirar su consentimiento, en su caso, en los términos establecidos en el RGPD) ante el responsable del tratamiento, mediante un escrito dirigido al Delegado de Protección de Datos del Servicio de Salud.
Delegación de Protección: el Delegado de Protección de Datos del Servicio de Salud de las Illes Balears tiene su sede en la calle Reina Esclaramunda, 9, 07003 Palma.
El correo electrónico de contacto es dpd@ibsalut.es.
Palma, ____ de _________________________ de 2026
[rúbrica]
ANEXO 3 Comisión de Selección
La Comisión de Selección está formada por tres miembros, que tienen la condición de personal funcionario de carrera o estatutario fijo del Servicio de Salud, del mismo grupo profesional —o de un grupo superior— que el de la plaza convocada, todos con voz y voto:
ANEXO 4
Baremo de méritos (máximo, 65 puntos)
1. Experiencia profesional (máximo, 30 puntos)
1.1. Experiencia profesional general (20 puntos):
Se computa el tiempo de servicios prestados que el candidato tenga reconocidos hasta finalizar el plazo para presentar solicitudes de participación en el proceso selectivo, de acuerdo con el siguiente baremo:
a) Por cada mes de servicios prestados en instituciones sanitarias públicas de la Unión Europea como personal estatutario, funcionario o laboral en la misma categoría a la que se opta o en plazas con igual contenido funcional: 0,14 puntos.
b) Por cada mes de servicios prestados en centros públicos no sanitarios de la Unión Europea como personal funcionario o laboral en la misma categoría o en plazas con igual contenido funcional: 0,105 puntos.
c) Por cada mes de servicios prestados en instituciones sanitarias públicas de la Unión Europea como personal estatutario, funcionario o laboral en categoría distinta de la categoría a la que se opta y que no se haya valorado en ningún punto anterior: 0,105 puntos.
d) Por cada mes de servicios prestados en centros públicos no sanitarios de la Unión Europea como personal funcionario o laboral en una categoría distinta de la categoría a la que se opta y que no se haya valorado en ningún punto anterior: 0,07 puntos.
1.2 Experiencia profesional específica (10 puntos):
Se otorga puntuación suplementaria por los servicios prestados ejerciendo las funciones que constan en el punto 1, apartado 1.2 de las bases de la convocatoria. En el caso de los centros estatutarios, el subdirector de Transformación, Innovación y Salud Digital u órgano equivalente expedirá el certificado acreditativo de las funciones.
a) Por cada mes de servicios prestados en instituciones sanitarias públicas como personal estatutario, funcionario o laboral ejerciendo las funciones señaladas: 0,14 puntos.
b) Por cada mes de servicios prestados en centros públicos no sanitarios como funcionario o personal laboral ejerciendo las funciones señaladas: 0,105 puntos.
1.3 Para valorar este apartado se tienen en cuenta los aspectos siguientes:
i. La puntuación máxima que puede obtenerse por la totalidad de los subapartados que lo integran es de 30 puntos.
ii. El cómputo de servicios prestados se calcula aplicando la fórmula siguiente: se suman cada día de servicios prestados en cada uno de los subapartados anteriores y el resultado se divide entre 365. El cociente resultante se multiplica por 12, se desprecian los decimales del resultado obtenido y se le aplica el valor asignado al mes completo en el subapartado correspondiente.
iii. Tienen la consideración de instituciones sanitarias públicas los servicios centrales o periféricos de los servicios autonómicos de salud, los del INGESA, los del extinto INSALUD y los de los organismos equivalentes de la Unión Europea.
2. Formación (máximo, 20 puntos)
2.1 Se valoran las titulaciones universitarias adicionales a la exigida para acceder a la categoría, siempre que estén relacionadas con la categoría a la que se opta: 8 puntos.
2.2 Se valoran los cursos, seminarios, talleres, congresos, jornadas, reuniones científicas y otras actividades formativas que estén relacionadas directamente con las funciones de la plaza convocada (7 puntos) y de acuerdo con los criterios siguientes:
a) Tienen que haber sido organizadas o impartidas por alguna administración pública (de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 39/2015) o por alguna universidad, lo que debe constar en el certificado correspondiente.
b) Actividades organizadas por organizaciones sindicales o entidades sin ánimo de lucro y que se hayan impartido en virtud de convenios suscritos con las administraciones públicas o con universidades, o bien que las hayan acreditado y/o subvencionado, lo que debe constar en el certificado correspondiente.
c) Actividades realizadas en virtud de los acuerdos de formación continuada en las administraciones públicas y que estén organizadas por cualquiera de los promotores de formación continuada que hayan suscrito estos acuerdos.
2.3 Los diplomas o certificados se valoran de la manera siguiente:
a) Cuando se acredite la asistencia o aprovechamiento: 0,1 puntos por crédito. b) Cuando se acredite su impartición: 0,2 puntos por crédito.
b) Si en el diploma o en el certificado figura el número de horas en lugar del de créditos, se otorga 1 crédito por cada 10 horas.
c) Si figuran simultáneamente créditos y horas, la valoración se realizará siempre por los créditos certificados. Si no se especifican horas ni créditos, esta actividad no se valora.
2.4 Se valora la formación específica (Máximo 5 puntos)
a) Se valorará la formación relacionada con las funciones del puesto.
b) La valoración se hará en base a las certificaciones oficiales expedidas por:
c) Los diplomas o certificaciones se valorarán con una puntuación de 2,5 puntos por cada certificado.
3. Entrevista personal (máximo, 10 puntos).
4. Conocimientos orales y escritos de catalán (máximo, 5 puntos)
Se valoran los certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública y los expedidos u homologados por la Dirección General de Política Lingüística relacionados con los niveles de conocimientos que a continuación se indican, hasta una puntuación máxima de 5 puntos.
Solo se valora el certificado de mayor nivel de conocimiento, excepto el certificado de lenguaje administrativo, que se acumula al certificado de nivel más alto aportado.