Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 180742
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de marzo de 2026 por la cual se otorga la validación de la modificación del proyecto ITS 2024-2025-040 – Plan de Promoción del Producto Local concedido a la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural con cargo al Plan Anual 2024-2025 del Impuesto de Turismo Sostenible
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El artículo 19 de la Ley 2/2016, de 30 de marzo, del impuesto sobre estancias turísticas en las Islas Baleares y de medidas de impulso del turismo sostenible crea el Fondo para favorecer el turismo sostenible, que se nutre de la recaudación total de este impuesto. De acuerdo con el apartado 3 del citado artículo y con la redacción dada por el Decreto Ley 4/2025, de 11 de abril, contra la oferta ilegal, de medidas transitorias para la oferta y para la calidad turística (BOIB núm. 46, de 15 de abril de 2025), los recursos de este Fondo deben destinarse a financiar, total o parcialmente, inversiones y otros gastos que, en ejecución de los proyectos que se aprueben conforme a lo dispuesto en el artículo siguiente de la misma Ley, tengan por finalidad las actuaciones que en ella se enumeran.
La Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares (AETIB), en virtud de lo establecido en el artículo 3 del Decreto 18/2018, de 22 de junio, por el que se reorganiza, reestructura y regula la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares —modificado por el Decreto 4/2022, de 28 de febrero—, tiene entre sus finalidades elaborar la estrategia de sostenibilidad como elemento de reducción de los impactos de la actividad turística y de mejora del posicionamiento. Y, de acuerdo con el artículo 4.2 del citado Decreto, es la entidad encargada de gestionar el Fondo para Favorecer el Turismo Sostenible.
El apartado sexto del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de abril de 2025 deja sin efecto el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de febrero de 2018 y actualiza las medidas de control interno del Fondo para Favorecer el Turismo Sostenible (BOIB núm. 52, 26.04.25). Autoriza a los consejeros competentes en la materia para dictar las instrucciones necesarias en relación con los aspectos inherentes a la gestión de los recursos integrantes del Fondo para Favorecer el Turismo Sostenible, así como con los aspectos presupuestarios, contables, de tesorería y de control.
En el BOIB núm. 74, de 12 de junio de 2025, se publica la Instrucción conjunta de la Conselleria de Turismo, Cultura y Deportes y de la Conselleria de Economía, Hacienda e Innovación, de fecha 9 de junio de 2025, por la cual se desarrollan aspectos sobre la tramitación, gestión y procedimiento de control de los expedientes de gasto financiados con el Fondo para favorecer el turismo sostenible (en adelante ITS).
El apartado 7 de dicha instrucción establece las reglas particulares relativas a la tramitación interna de modificaciones de proyectos y renuncias a la ejecución por parte de los beneficiarios de los proyectos que han obtenido financiación con cargo al impuesto de turismo sostenible. En el apartado 7.1 se establece que, una vez recibida esta documentación, la AETIB aceptará mediante informe esta modificación del proyecto y la elevará, con toda la documentación adecuada, a validación del Consejo de Gobierno; posteriormente, debe darse cuenta en la primera sesión del Pleno del ITS que se celebre.
La Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural tiene concedida una transferencia por un importe de 3.258.293,02 € para la ejecución del proyecto ITS 2024-2025-040, con cargo al Plan anual 2024-2025.
Con fecha 15 de octubre de 2025, se ha solicitado la modificación del proyecto, junto con el informe de legalidad y la memoria descriptiva de las modificaciones del proyecto original, que se adjuntan a la presente propuesta de acuerdo.
El principal motivo es la necesidad de adaptar el crédito a una nueva distribución interna para poder atender actuaciones prioritarias que no fueron contempladas inicialmente. Dichas actuaciones están relacionadas con la participación en ferias internacionales. El principal motivo es la necesidad de adaptar el crédito a un nuevo reparto interno para poder atender actuaciones prioritarias que no se contemplaron inicialmente. Estas actuaciones están relacionadas con la participación en ferias internacionales; se trata de actuaciones alineadas con los objetivos del proyecto, concretamente con el Programa III del proyecto (Promoción en el mercado externo).
Además, debe tenerse en cuenta que se han recibido ingresos extraordinarios procedentes de la Dirección General de Calidad Agroalimentaria y Producto Local, destinados a la promoción del producto local. Esta actuación responde a la necesidad inminente de paliar los efectos de los aranceles impuestos por los Estados Unidos.
En fecha 30 de octubre de 2025 el área económica de la AETIB informa favorablemente y se promoverá en el momento de la incorporación de los remanentes de los ejercicios 2025 y 2026 la oportuna modificación.
En fecha 16 de febrero de 2026, la AETIB ha emitido informe favorable a la modificación del proyecto ITS 2024-2025-040.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero Turismo, Cultura y Deportes, en la sesión de día 6 de marzo de 2026, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
Primero. Validar la modificación del proyecto ITS 2024-2025-040 -Plan de Promoción de Producto Local, concedido a la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, con cargo al Plan Anual 2024-2025 del Impuesto de Turismo Sostenible.
Segundo. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Tercero. Dar cuenta al Pleno de la Comisión de ITS de esta modificación.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (6 de marzo de 2026)
| La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens |
La presidenta Margarita Prohens Rigo |