Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 173034
Notificación de resolución de desistimiento a los beneficiarios de las ayudas, exp: 059 de fecha 24 de febrero de 2026, al amparo de la convocatoria de las subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores y agricultoras, para los años 2023 y 2027
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La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y notificaciones se realizarán a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de acuerdo con los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA, en fecha 24 de febrero de 2026, firmó la siguiente resolución,
«INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN / RESOLUCIÓN DE DESISTIMIENTO DE AYUDAS A LA CREACIÓN DE EMPRESAS DE JÓVENES AGRICULTORES PEPAC 2023-2027
Intervenciones para el Desarrollo Rural Art.75 R(UE) 2021/2115.
INSTAL-BAL69611-01
Convocatoria: CEJA2024_1
Grupo: CEJA2024_1-RES_DES 1
Antecedentes
1. En fecha de 19 de diciembre de 2023 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 171 la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), por la que se convocan, mediante el procedimiento anticipado de gasto y para los años 2023 y 2024, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores y agricultoras.
2. En fecha de 18 de septiembre de 2024 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 125 la Notificación de resolución de concesión a los beneficiarios de las ayudas, de fecha 13 de septiembre de 2025, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), por la que se convocan ayudas destinadas a la creación de empresas de jóvenes agricultores y agricultores.
3. Tras la concesión, un beneficiario presentó la solicitud de desistimiento de la ayuda concedida (Anexo I).
4. Se procede a revocar el importe de la ayuda concedida y proceder al archivo de los expedientes.
Fundamentos de derecho
1. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), por la que se convocan, mediante el procedimiento anticipado de gasto y para los años 2023 y 2024, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores y agricultoras.
2. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se modifica y se incrementan los créditos que prevé la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se convocan, mediante el procedimiento anticipado de gasto, para los años 20 agricultores y agricultoras.
3. Orden 10/2023 de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 5 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de desarrollo rural de las Illes Balears 2023-2027, corresponde aprobar la convocatoria de estas ayudas mediante resolución.
4. Ley 39/2015 de 1 de octubre de régimen jurídico de las administraciones públicas.
Propuesta de resolución de desistimiento
Por todo ello, se informa favorablemente del desistimiento y se propone al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:
1. Aceptar la solicitud de desistimiento detallada en el anexo I, que es un total de 1 expediente, que comienza y termina con OIHAN MARTÍN LLABRÉS.
2. Revocar totalmente el importe de la ayuda concedida, tal y como se indica en el anexo II.
3. Declarar concluido el procedimiento y proceder al archivo de los expedientes detallados en el Anexo I. 4. Notificar esta resolución mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de 1 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El gestor de la linia La jefa de la Sección I (supléncia segons BOIB núm 94, de data 15/07/2021)
Llorenç March Vilanova María Angeles Pérez Ribas
La jefa del Servicio de Ayudas al Desenvolupament Rural
Gemma Canós Franch
Conforme con la propuesta, dicto resolución
El vicepresidente del FOGAIBA en materia agrária
Fernando Fernández Such»
ANEXO I DAR POR DESISTIDAS LAS SOLICITUDES DE AYUDA
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NOMBRE |
NIF |
Nº EXPEDIENTE |
MOTIVO |
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OIHAN MARTÍN LLABRÉS |
***9234** |
CEJA2024_1/059 |
A petición del solicitante. Fecha de presentación: 06/02/2026 |
ANEXO II RELACIÓN DE PERSONAS BENEFICIARIOS CON REVOCACIÓN DE LA AYUDA CONCEDIDA (CEJA2024_1)
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Solicitante |
NIF |
Núm. exp. |
IMPORTE CONCEDIDO TOTAL |
IMPORTE REVOCAT |
Importe concedido por anualidad presupostaria (€) |
Cofinanciación |
TOP UP |
Anualidad |
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CAIB € (63.16%) |
FEADER € (30.7%) |
AGE € (Fega) (6.14%) |
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OIHAN MARTÍN LLABRÉS |
***9234** |
CEJA2024_1/059 |
50.760,00 € |
50.760,00 € |
25.380,00 € |
16.030,01 € |
7.791,66 € |
1.558,33 € |
- |
2025 |
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25.380,00 € |
- |
- |
- |
25.380,00 € |
2026 |
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Palma, en fecha de firma digital (4 de marzo de 2026)
El director gerente del Fogaiba Joan Josep Coll Bibiloni