Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN
Núm. 169055
Resolución de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, por la que se autoriza la desadscripción al Servicio de Ocupación de las Islas Baleares del Centro de Formación Ocupacional Blanca Dona y del solar anexo al Centro, ubicados en Ibiza, y la adscripción a favor de la Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
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Hechos
1. Mediante el Real Decreto 621/1998, de 17 de abril, sobre el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en la Comunidad Autónoma de los Islas Baleares, en materia de gestión de la formación profesional ocupacional (BOE núm. 102, de 29 de abril de 1998), se traspasó a la Comunidad Autónoma de los Islas Baleares el inmueble Centre de Formación de Ibiza (Centre de Formación Blanca Dona), ubicado en la carretera de Sant Antoni, kilómetro 1,2. El bien se adscribió al Servicio de Ocupación de los Islas Baleares.
2. El inmueble te les datos catastrales siguientes:
Consta un depósito de 25 m² que suministra gas propano y que es titularidad de la entidad Edistribución Redes Digitales, S.L.U., con referencia catastral 3795901CD6039N0002WR.
3. Los números de activo fijos en el Inventario de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares son el 100000001138 (terreno) y el 100000001319 (construcción).
4. Mediante el Acuerdo plenario de 30 de octubre de 2002, modificado en el primer punto por el Acuerdo plenario de 27 de febrero de 2003, el Ayuntamiento de Ibiza cedió gratuitamente en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares dos solares de 450 m² y 602 m², con las referencias catastrales 3795902 y 3795903, respectivamente.
5. La cesión fue condicionada a la construcción de una nave polivalente por parte de la Consejería de Trabajo y Formación, para dar cabida a un taller de formación de oficios. La Comunidad Autónoma de las Islas Baleares aceptó la cesión por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de mayo de 2003.
6. Los solares cedidos por el Ayuntamiento de Ibiza, adyacentes a la parcela 3795901CD6039N0001QE detallada en el punto 2, fueron segregados de la finca matriz, mediante la escritura otorgada por el notario Miguel Àngel Rufas Abenoza, de 15 de julio de 2004 y, posteriormente, agrupados en una única parcela catastral, que se adscribió al Servicio de Ocupación de las Islas Baleares.
7. La parcela resultante tiene los datos catastrales siguientes:
8. El número de activo fijo en el Inventario de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares es el 100000002284 (terreno).
9. El 29 de noviembre de 2022, el Ayuntamiento de Ibiza emitió un informe en el cual se pone de manifiesto que, a pesar del solar no se ha destinado a la finalidad establecida, el Ayuntamiento de Ibiza no ha iniciado ninguna reversión y la Comunidad Autónoma continúa ostentando la plena titularidad de este.
10. El 5 de febrero de 2025, tuvo entrada en la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio una memoria de la directora del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (VALIB núm. identificador 361911), en el cual comunica el desistimiento por parte de este organismo a la utilización de las instalaciones del Centro de Formación Ocupacional Blanca Dona, ubicado en la calle de La Blanca Dona, 2, en Ibiza, y del solar anexo en el Centro.
11. El 12 de febrero de 2025, tuvo entrada en la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio un oficio de la secretaria general de la Consejería de Educación y Universidades (VALIB núm. identificador 364263), en el cual solicita el cambio de adscripción del Centro de Formación Ocupacional Blanca Dona y el solar anexo en el Centro a favor de la Consejería de Educación y Universidades para la construcción de la nueva Escuela de Arte de Ibiza.
12. El 21 de febrero de 2025, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, dictó una resolución de inicio por la cual se autoriza el inicio del expediente de adscripción del Centro de Formación Ocupacional Blanca Dona y del solar anexo en el Centro, ubicados en Ibiza, a favor de la Consejería de Educación y Universidades.
13. El 7 de marzo de 2025, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, requirió a la Consejería de Educación y Universidades que remitiera el nuevo acuerdo plenario del Ayuntamiento de Ibiza en que manifestara la conformidad con la construcción de la Escuela de Arte de Ibiza y amplía los usos de esta parcela.
14. El 3 de febrero de 2026, tuvo entrada en la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio un oficio del secretario general de la Consejería de Educación y Universidades (VALIB núm. identificador 458951), con el certificado del Acuerdo del Plenario del Ayuntamiento de Ibiza, de 25 de septiembre de 2025 en que se aprueba el destino del bienes cedidos en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, amplía los usos de esta parcela para construir la nueva sede de la Escuela de Arte de Ibiza y otorga un plazo máximo de 5 años para dar cumplimiento a la nueva finalidad.
15. El 23 de febrero de 2026, el Servicio de Patrimonio emitió un informe favorable sobre el expediente de referencia.
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 24, 81, 82 y 88.c) de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 49, de 24 de abril).
2. Los artículos 28, 29, 154 y 156 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 192, de 24 de diciembre).
3. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, modificado parcialmente por el Decreto 8/2025, de 11 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB núm. 89, de 12 de julio de 2025).
4. El Decreto 56/2023, de 21 de julio, por el cual se dispone el nombramiento de altos cargos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB núm. 103/2023, de 22 de julio).
5. El Decreto 7/2025, de 11 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, de modificación del Decreto 8/2023, de 10 de julio, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 89/2025, de 12 de julio).
6. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 91/2025, de 14 de julio).
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1.Autorizar la desadscripción al Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (SOIB) del Centro de Formación Ocupacional Blanca Dona y del solar anexo en el Centro, ubicados en Ibiza y la adscripción de estos inmuebles a favor de la Consejería de Educación y Universidades para el cumplimiento de sus finalidades.
Las referencias de los inmuebles son las siguientes:
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INMUEBLE |
LOCALIZACIÓN |
SUPERFÍCIE |
REF. CATASTRAL |
ACTIVO FIJO INVENTARIO GENERAL CAIB |
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CENTRO FORMACIÓN OCUPACIONAL BLANCA DONA |
C. de La Blanca Dona 2, pl.: 00, pta.: 01, CP 07800, Ibiza (Islas Baleares) |
1.725 m2 |
3795901CD6039N0001QE |
100000001138 (terreno) 100000001319 (construcción) |
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SOLAR ANNEXO |
C. 2025 E Norte S-10 4 Sòl Agrupación 3795902/03, 07800 Ibiza (Islas Baleares) |
1.080 m2 |
3795905CD6039N0001FE |
100000002284 (terreno) |
2. Por la naturaleza de la adscripción, queda expresamente prohibido llevar a cabo cualquier acto de disposición, cesión, arrendamiento, subarriendo o cualquier otro acto de naturaleza análoga restrictivo del dominio y la posesión.
3. La adscripción atribuye a la consejería beneficiaria las facultades de uso, gestión y administración vinculadas al ejercicio de una finalidad competencial concreta, sin alterar la titularidad, la calificación o el régimen jurídico de los bienes y derechos adscritos.
4. La Consejería de Educación y Universidades tiene que satisfacer los gastos de mantenimiento, conservación y cualquier otro gasto que dimane de la titularidad y del disfrutó del bien o del derecho cedido, así como los tributos y las prestaciones patrimoniales públicas de cualquier naturaleza que lo graven.
5. Notificar esta resolución a las partes interesadas.
6. Publicar la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
7. Anotar el contenido de esta resolución en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Economía, Hacienda e Innovación en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
(Firmado electrónicamente: 23 de febrero de 2026)
La directora general Susana Fátima Pérez Sánchez