Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN
Núm. 165311
Resolución del presidente de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones por la que se delega la firma en el director general de la Agencia y se modifica la Resolución de 22 de diciembre de 2025 de delegación de competencias en el director general de la Agencia
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Hechos
1. Mediante el Decreto 63/2025, de 19 de diciembre de 2025, se aprueban los Estatutos de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones (BOIB núm. 168, de 20 de diciembre de 2025), la cual, de acuerdo con el artículo 1.4 de los Estatutos, así como el anexo 1 del Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, se adscribe a la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, sin perjuicio de los cambios de adscripción que determine el presidente de las Illes Balears mediante los decretos de estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. El artículo 9 de los Estatutos de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones establece que el presidente es el órgano unipersonal superior de dirección de la Agencia y que este cargo recae en el consejero de Economía, Hacienda e Innovación, o en la persona titular de la consejería de adscripción que determine el presidente de las Illes Balears en los decretos por los que se establezca la estructura orgánica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
El artículo 10.1 de los Estatutos determina las funciones que se atribuyen a la presidencia de la Agencia, entre las cuales se prevén las siguientes:
"i) Autorizar y disponer gastos, reconocer obligaciones y proponer pagos, de acuerdo con la normativa autonómica en materia de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
j) Suscribir convenios y otros instrumentos de colaboración o cooperación que prevé la legislación."
A su vez, el apartado 2 del artículo 10 de los Estatutos prevé la posibilidad de delegación de determinadas funciones del presidente, con carácter permanente o temporal, en la dirección general de la entidad, excepto las que sean indelegables porque así lo fije una norma con rango de ley.
3. Mediante la Resolución del presidente de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones de 22 de diciembre de 2025 y publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB núm.1, de 1 de enero de 2026), se delega en la dirección general de la Agencia, entre otras, la competencia en el ejercicio de las siguientes funciones en materia de gestión y de ejecución presupuestaria:
1º. La suscripción de los actos administrativos y la validación de las anotaciones contables relativas a la autorización y a la disposición de gastos, el reconocimiento de obligaciones y la propuesta de pagos correspondientes a la sección presupuestaria asignada a la Agencia, y también la de todos los documentos justificativos correspondientes, salvo las resoluciones de inicio de todos los expedientes de gasto, cuya cuantía sea superior a la que fije anualmente la Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los expedientes que requieren con carácter general la autorización del Consejo de Gobierno, aunque estén exceptuados de dicha autorización, de acuerdo con la misma Ley de presupuestos generales.
2º. La suscripción de los actos y documentos administrativos relativos a propuestas de modificaciones de crédito, sin limitación de cuantía.
4. Mediante el Acuerdo del Consejo de Administración de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones de 15 de enero de 2026 (BOIB núm. 20, de 12 de febrero de 2026), se delegan en el presidente de la Agencia las funciones siguientes:
5. De acuerdo con el artículo 14 de los Estatutos, el director general es un órgano unipersonal de dirección de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones, jerárquicamente inferior al presidente y al Consejo de Administración, al que le corresponden, de acuerdo con el artículo 15.1 de los Estatutos, las facultades de dirección, administración, representación y gestión ordinaria de la Agencia, y también las funciones ejecutivas, de conformidad con los acuerdos del Consejo de Administración.
6. Por razones de eficacia y eficiencia administrativa vinculada a los procedimientos que implican gasto, es conveniente modificar la delegación de competencia relativa a las funciones en materia de gestión y de ejecución presupuestaria efectuada mediante Resolución de 22 de diciembre de 2025, así como, con el fin de agilizar la tramitación de las diferentes funciones atribuidas estatutariamente y por delegación al presidente de la Agencia, se considera adecuado delegar la firma de determinados actos y documentos administrativos en el director general de la Agencia.
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 9 y 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
2. Los artículos 25, 31 y 42.d) de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto 63/2025, de 19 de diciembre de 2025, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones (BOIB núm. 168, de 20 de diciembre de 2025).
4. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
5. El Acuerdo del Consejo de Administración de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones de 15 de enero de 2026 por el cual se delegan determinadas funciones en el presidente y en el director general de la Agencia (BOIB núm. 20, de 12 de febrero de 2026).
6. La Resolución del presidente de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones, de 22 de diciembre de 2025, de delegación de competencias en la dirección general de la Agencia (BOIB núm. 1, de 1 de enero de 2026).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Disponer que el punto 1º, letra a) del apartado 1 de la Resolución del presidente de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones de 22 de diciembre de 2025 de delegación de competencias en la dirección general de la Agencia, queda modificado de la siguiente manera:
1º. La suscripción de los actos administrativos y la validación de las anotaciones contables relativas a la autorización y a la disposición de gastos, el reconocimiento de obligaciones y la propuesta de pagos correspondientes a la sección presupuestaria asignada a la Agencia, y también la de todos los documentos justificativos correspondientes, de acuerdo con la normativa autonómica en materia de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. Delegar en el director general de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones la firma de los convenios y otros instrumentos de colaboración o cooperación previstos en la legislación, así como la resolución de aprobación de estos expedientes.
3. Delegar en el director general de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones la firma de todos los actos y documentos administrativos inherentes al ejercicio de la función de administración de los bienes y derechos de la entidad, y también para la adquisición, la venta, la permuta, el arrendamiento, la cesión gratuita y onerosa y el gravamen de los mismos.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
5. Disponer que esta Resolución tenga efectos una vez que se haya publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, en fecha de la firma electrónica (3 de marzo de 2026)
El presidente de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones Antoni Costa Costa