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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 164458
Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social de modificación de la Resolución de 16 de junio de 2025 de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se constituyó la bolsa única de personal funcionario interino del cuerpo facultativo técnico, escala de ingeniería, especialidad ingeniería técnica de minas, y se aprobaron las bases que han de regirla

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 16 de junio de 2025, se constituyó la bolsa única de personal funcionario interino del cuerpo facultativo técnico, escala de ingeniería, especialidad ingeniería técnica de minas, y se aprobaron las bases que han de regirla (BOIB núm. 77, de 19 de junio de 2025).

2. Mediante la Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social de 31 de julio, se modificó la Resolución mencionada en el punto anterior (BOIB núm. 109, de 16 de agosto).

3. El anexo 1 de la citada Resolución, que regula los requisitos de titulación, establece que la titulación requerida es el título de ingeniería técnica de minas (pre-Bolonia) o un título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según lo establecido en las directivas comunitarias.

4. Dentro de la base 11.2.c) (Requisitos y condiciones de las personas interesadas) del anexo 2, que regula sus bases específicas, se establece que el título exigido para participar en la bolsa convocada es el título de ingeniería técnica de minas (pre-Bolonia) o un título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según lo establecido en las directivas comunitarias.

5. De acuerdo con la doctrina de interés casacional establecida por el Tribunal Supremo en la Sentencia núm. 625/2023, de 17 de mayo de 2023, se considera que el título de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos (pre-Bolonia) habilita para el acceso al empleo público en plazas de Ingeniero Técnico de Obras Públicas, siempre que en los procesos selectivos se requiera el título de Grado en Ingeniería Técnica de Obras Públicas o un título universitario oficial de grado que, conforme a los planes de estudio vigentes, habilite para el ejercicio de las actividades profesionales relacionadas con las funciones asignadas a la escala o cuerpo correspondiente.

Esta doctrina se fundamenta en la protección del derecho fundamental a la igualdad, en tanto que el Tribunal Supremo entiende que quien posee un título de máster habilitante dispone también implícitamente del grado habilitante y, por tanto, puede acceder a plazas del subgrupo A2. En consecuencia, resultaría incoherente y contrario al principio de igualdad que una ingeniería superior pre-Bolonia, que comprendía competencias equivalentes o superiores, no permitiera ese mismo acceso.

De conformidad con esta doctrina y en aplicación del principio de igualdad recogido en el artículo 14 de la Constitución, este criterio debe extenderse al resto de profesiones reguladas en las que concurra una situación análoga; es decir, en aquellos casos en los que exista un subgrupo A2 al que se exija un grado habilitante para la profesión y un subgrupo A1 para el cual se exija el máster habilitante (post-Bolonia) o el título de ingeniero superior (pre-Bolonia).

De este modo, se garantiza una aplicación coherente, equitativa y no discriminatoria del marco normativo en materia de acceso a la función pública y de reconocimiento de las titulaciones universitarias.

6. Para mejorar la eficacia del proceso selectivo y otorgar una mayor seguridad jurídica a los aspirantes, resulta necesario modificar las bases mencionadas con el fin de regular con mayor concreción y detalle el requisito de titulación.

7. El 25 de febrero de 2026, mediante Resolución del director gerente de la Escuela Balear de Administración Pública, se ha iniciado el procedimiento de actualización ordinaria y periódica de la citada bolsa única y se ha fijado el 13 de marzo como último día para presentar solicitudes de inscripción en la bolsa única y de alegación de méritos, cumplir los requisitos exigidos para poder formar parte de la bolsa única, justificar la concurrencia del criterio de desempate previsto en el punto 17 a) de las bases reguladoras (tener la condición de víctima de violencia de género) y alegar el mérito relativo a los conocimientos de lengua catalana, en caso de que no estuvieran ya inscritos en el Registro de Personal de la Dirección General de Función Pública.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 3.1 b) y h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece como principios de las Administraciones Públicas en su actuación y relaciones, entre otros, el de simplicidad, claridad y proximidad a los ciudadanos, así como el de eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados.

2. El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

3. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

4. El Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. El Decreto 7/2025, de 11 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, de modificación del Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

6. El Decreto 8/2025, de 11 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el cese y el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears.

7. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar, en los términos establecidos en el anexo de la presente Resolución, el requisito de titulación del anexo 1 y del apartado 11.2 c) del anexo 2 de la Resolución de fecha 16 de junio de 2025 de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se constituyó la bolsa única de personal funcionario interino del cuerpo facultativo técnico, escala de ingeniería, especialidad ingeniería técnica de minas, y se aprobaron las bases que han de regirla (BOIB núm. 77, de 19 de junio de 2025).

2. Ampliar el plazo de corte de la actualización ordinaria en siete días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, para presentar solicitudes de inscripción en la bolsa única y de alegación de méritos, cumplir los requisitos exigidos para poder formar parte de la bolsa única, justificar la concurrencia del criterio de desempate previsto en el punto 17 a) de las bases reguladoras (tener la condición de víctima de violencia de género) y alegar el mérito relativo a los conocimientos de lengua catalana, en el caso de que no estuvieran ya inscritos en el Registro de Personal de la Dirección General de Función Pública.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y en la página web https://oposicions.caib.es. Igualmente se debe comunicar al Servicio de Empleo de las Illes Balears, para que realice su oportuna difusión.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 28 de febrero de 2026)

La consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social Catalina Teresa Cabrer González

 

​​​​​​​ANEXO

​​​​​​​- En el anexo 1, bases de la bolsa única

Donde dice,

[...]

Requisito de titulación

Título de ingeniería técnica de minas (pre‑Bolonia) o título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según lo establecido en las directivas comunitarias .

[...]

Debe decir,

[...]

Requisito de titulación

Título de ingeniería de minas o de ingeniería técnica de minas (pre‑Bolonia) o título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según lo establecido en las directivas comunitarias.

[...]

- En el anexo 2, bases de la bolsa única, en el apartado 11.2 c), Los requisitos para poder inscribirse son:

Donde dice,

[...]

c) Estar en posesión del título académico exigido o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo del corte correspondiente.

El título exigido para participar en la bolsa convocada es el siguiente:

Título de ingeniería técnica de minas (pre‑Bolonia) o título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según lo establecido en las directivas comunitarias.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no es aplicable a los aspirantes que hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.

[...]

Debe decir,

[...]

c) Estar en posesión del título académico exigido o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo del corte correspondiente.

El título exigido para participar en la bolsa convocada es el siguiente:

Título de ingeniería de minas o de ingeniería técnica de minas (pre-Bolonia) o título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según lo establecido en las directivas comunitarias.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no es aplicable a los aspirantes que hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.

[...]