Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 152610
Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca de fecha 23 de febrero de 2026, relativo a la aprobación de la convocatoria y bases específicas de la bolsa extraordinaria de trabajo de orientador/a para la convocatoria SOIB Orientación Itinerarios Integrales de Inserción para los ejercicios 2025-2026 proyecto “Menorca Itinerarios Jóvenes” e Itinerarios Integrales de Inserción para los ejercicios 2025-2026 proyecto “Menorca Itinerarios” (exp. 0607-2025-000093)
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Por unanimidad y en votación ordinaria, se aprueba la urgencia de este asunto.
En fecha 20 de noviembre de 2017, el Pleno del Consell Insular de Menorca, en sesión ordinaria, aprobó la modificación de las bases generales que deben regir el procedimiento de selección de personal funcionario y personal laboral temporal del Consell Insular de Menorca (BOIB nº. 146 de 30 de noviembre de 2017), aprobadas por el Pleno del Consell Insular. 99 de 12 de agosto de 2017).
Las bases generales mencionadas -en el punto 4, párrafo tercero- especifican que el Servicio de Gestión de Personas debe velar por que las bolsas de trabajo tengan siempre suficiente gente en función de la rotación de cada bolsa y convocar nuevas bolsas para asegurar su eficacia.
Mediante Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía, y presidente del Servicio de Empleo de las Islas Baleares se aprueba la convocatoria de subvenciones «SOIB Orientación Itinerarios Integrales de Inserción para los ejercicios 2025 y 2026», cofinanciada por el Fondo Social Europeo (FSE), en el marco del Programa Baleares del F22 F2. 146, de 7 de noviembre de 2024).
El Consell Insular de Menorca presenta dentro del plazo establecido en la convocatoria, la documentación exigida junto con una solicitud de subvención para poner en práctica un itinerario integral de inserción denominado "Menorca Itinerarios", en el ámbito territorial de la isla de Menorca.
Vista la Resolución de la directora del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares, de fecha 26 de diciembre de 2024, relativa a la concesión de una subvención al Consell Insular de Menorca, de acuerdo con la convocatoria de subvenciones SOIB Orientación Itinerarios Integrales de Inserción para los ejercicios 2025 y 2026.
Por este motivo se nombraron diferentes técnicas orientadoras laborales funcionarias interinas por programas para ejecutar estos proyectos, y por distintos motivos se han producido la baja de alguna de estas funcionarias.
La bolsa de orientador/a se encuentra agotada y ante la necesidad de cubrir estas bajas es necesario crear una nueva bolsa para mantener la concesión de la subvención.
Estas sustituciones según los acuerdos adoptados con el SOIB deben realizarse en el plazo máximo de un mes, por lo que, queda justificado gestionar el proceso de selección en trámite de urgencia.
La jefa del Servicio de Gestión de Personas en funciones, emite informe en fecha 19 de febrero de 2026 en el que recomienda que estas contrataciones vinculadas a proyectos se realicen mediante oferta específica para cada proyecto y por tanto, se inicie los trámites necesarios para tramitar con urgencia la bolsa extraordinaria de orientador/a laboral “SOIB ORIENTACIÓN ITINERARIOS 2025- 2026 PROYECTO "MENORCA ITINERARIOS JOVEN" e ITINERARIOS INTEGRALES DE INSERCIÓN PARA LOS EJERCICIOS 2025- 2026 PROYECTO "MENORCA ITINERARIOS"
Dada la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Economía y Servicios Generales y en ejercicio de las competencias atribuidas al artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejo insulares;
El Consejo Ejecutivo, por unanimidad y en votación ordinaria, adopta lo siguiente
ACUERDO
Primero. Aprobar la convocatoria y las bases específicas de la bolsa extraordinaria de trabajo de orientador/a laboral para la convocatoria «SOIB ORIENTACIÓN ITINERARIOS INTEGRALES DE INSERCIÓN PARA LOS EJERCICIOS 2025-2026 PROYECTO "MENORCA ITINERARIOS JOVEN" e ITINERARIOS INTEGRAL 2026 PROYECTO "MENORCA ITINERARIOS"
Segundo. Ordenar la publicación de las citadas bases.
ANEXO BASES ESPECÍFICAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE PERSONAL PARA CUBRIR PLAZAS DE ORIENTADOR/A LABORAL, PARA LA CONVOCATORIA SOIB ORIENTACIÓN ITINERARIOS INTEGRALES DE INSERCIÓN PARA LOS EJERCICIOS 2025-2026 PROYECTO "MENORCA ITINERARIOS DE INSERCIÓN PARA LOS EJERCICIOS 2025-2026 PROYECTO "MENORCA ITINERARIOS"
Primera. Objeto
El objeto de estas bases es regular el proceso selectivo para formar parte de la bolsa extraordinaria de trabajo de orientador/a laboral para la convocatoria «SOIB ORIENTACIÓN ITINERARIOS INTEGRALES DE INSERCIÓN PARA LOS EJERCICIOS 2025-2026 PROYECTO "MENORCA ITINERARIOS JOVEN" e ITINERARIOS INTEGRAL 2026 PROYECTO "MENORCA ITINERARIOS"
Este proceso selectivo se rige por las bases generales que deben regir el procedimiento de selección del personal funcionario interino y del personal laboral temporal del Consell Insular de Menorca, así como por el documento anexo que contiene el baremo de méritos, aprobados ambos por el Pleno del Consell Insular de Menorca en la sesión ordinaria de día 17 de julio de 2017 y publicados en el 9 de abril 2017. Las bases mencionadas fueron modificadas por el Pleno del Consell Insular de Menorca en la sesión de carácter ordinario de día 20 de noviembre de 2017 y publicadas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 146, de 30 de noviembre de 2017.
Los puestos de trabajo a los que pueden ser destinadas los aspirantes son todos los de los servicios del Consell Insular de Menorca en función del grupo, subgrupo, escala y subescala que corresponda.
Segunda. Requisitos y condiciones específicas
Además de los requisitos y condiciones generales expuestas en el punto sexto de las bases generales mencionadas, los aspirantes deben cumplir los siguientes requisitos, establecidos en el Catálogo de puestos de trabajo.
Orientador/a
- Deben estar en posesión de la titulación de Educador social, Trabajador social o Graduado social/Relaciones laborales, o bien haber superado tres cursos de las licenciaturas de Psicología o Pedagogía.
- Tener el nivel B2 de conocimientos de catalán.
Tercera. Presentación de solicitudes y documentación
Todas las solicitudes deben presentarse en el formato oficial que el Consell Insular de Menorca pone al alcance de los candidatos.
Plazos
El plazo para realizar la solicitud es de veinte días naturales a contar a partir del día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el BOIB Si el último día de presentación de solicitudes cae en sábado o festivo, se prorroga hasta el día hábil siguiente.
Datos consignados en la solicitud
Para ser admitidos en las pruebas selectivas, los aspirantes deben manifestar en la solicitud que son ciertos los datos que indican y que cumplen todas las condiciones establecidas en las bases, bajo su responsabilidad y con independencia de la acreditación posterior al finalizar el proceso selectivo. La falta de esta manifestación es causa de exclusión del aspirante.
A efectos de admisión de los aspirantes, únicamente se tendrán en cuenta los datos que hagan constar en la solicitud.
Los datos correspondientes al domicilio, el teléfono y la dirección electrónica que figuren en la solicitud se consideran como las únicas válidas a efectos de notificaciones y es responsabilidad de los aspirantes comunicar la modificación puntual de estos datos al Consell Insular de Menorca.
Las solicitudes se pueden presentar a través de los siguientes medios:
a) Telemática:
Se puede realizar la solicitud de manera totalmente telemática mediante DNI electrónico, un certificado digital válido, mediante el PIN Ciudadano o Clave, accediendo a la web oposicions.cime.es.
b) Presencial o manual:
Se puede realizar la solicitud de forma presencial con el modelo de solicitud que se puede obtener en la web del Consell Insular de Menorca (www.cime.es) o en el Servicio de Atención Ciudadana (SAC). La solicitud debe rellenarse y después registrarse en el SAC de Ciutadella o de Maó o mediante cualquiera de las otras formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Si la instancia se presenta por correo, es necesario que sea certificado, por lo que debe presentarse en la oficina de correos en sobre abierto. Tanto si se presenta en las oficinas de correos como en cualquier otro registro de la Administración, es necesario enviar por correo electrónico a la dirección gestio.persones@cime.es la solicitud con el sello de Correos o el registro de entrada de otra administración para poder tener constancia dentro del plazo de presentación de instancias.
Nota: Las personas que en el momento de convocar estas nuevas bolsas ya trabajen en el CIM pueden pedir la incorporación y el mantenimiento de la nota de oposición. Esta opción no podrá considerarse en el caso de las personas que se incorporaran a las bolsas a la finalización de un contrato o nombramiento fruto de la llamada urgente a través del SOIB (base 4 de las bases generales).
Esta convocatoria de bolsas deja sin efecto las bolsas anteriores creadas para la misma o las mismas plazas.
Documentación a presentar
a) Acreditación de la nacionalidad: fotocopia del DNI.
Si no tiene la nacionalidad española, copia del documento oficial que acredite su personalidad y que le autorice a trabajar.
b) Copia del título exigido por tomar parte en la convocatoria, o copia del resguardo de haber abonado los derechos de obtención del título. Si la titulación figura en una lengua distinta de la catalana o la castellana (lenguas oficiales de las Islas Baleares), debe aportarse el título traducido a alguna de estas dos lenguas por un intérprete jurado.
c) La justificación de la liquidación de la tasa correspondiente.
Los derechos de examen para esta convocatoria se fijan en 15€ que han de ser efectivos a través de la plataforma de pago, en el caso de solicitudes electrónicas.
Para las solicitudes manuales, es necesario realizar el ingreso en la c/c ES33 2100 6078 4013 0004 0330 (CaixaBank), del Consell Insular de Menorca, o en el Servicio de Atención al Ciudadano de Maó o Ciutadella.
Quedan exentas del pago de la tasa las personas en paro y familias numerosas.
La acreditación de estas circunstancias se realizará mediante informe del SOIB u oficina correspondiente de las comunidades autónomas en el que conste la situación de desempleado dentro del plazo de presentación de solicitudes, o mediante el título de familia numerosa.
Esta tasa no se requiere a las personas que se incorporen de oficio desde una bolsa anterior y sólo presenten documentación para la actualización de méritos.
d) Copia del certificado oficial de conocimientos de catalán de conformidad con el acuerdo del Consejo Ejecutivo de fecha 5 de septiembre de 2022, relativo a la corrección de los requisitos de catalán en el catálogo de puestos de trabajo del Consell Insular de Menorca (BOIB núm. 122 de 17 de septiembre de 2022).
Los estudios de lengua catalana de la ESO y del bachillerato se pueden homologar con los certificados oficiales de conocimientos de lengua catalana A2, B1, B2 y C1 del Instituto de Estudios Baleáricos o del órgano del Gobierno de las Illes Balears que tenga su competencia.
Se acepta la homologación del certificado de catalán siempre que la solicitud de ésta se haya realizado antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
Los certificados obtenidos en Cataluña y en la Comunidad Valenciana y los estudios de ESO o bachillerato realizados en estas comunidades no son directamente válidos para estas convocatorias, debe ser mediante la homologación por parte del Instituto de Estudios Baleáricos o del órgano del Gobierno de las Illes Balears que tenga su competencia.
Puede encontrar toda la información en:
https://www.caib.es/webgoib/-/homologacions-dels-estudis-de-secund%C3%A0ria-amb-els-certificats-oficials-de-coneixements-de-llengua-catalana.
e) Copia de los documentos justificativos de los méritos. La experiencia laboral debe acreditarser con la aportación de la vida laboral acompañada de los contratos laborales, o bien de los certificados oficiales de empresa o de servicios prestados en la Administración. Sin perjuicio de lo anterior, se tendrá en cuenta lo previsto en la base quinta en relación con la valoración de la experiencia profesional como autónomo o profesional liberal.
Nota: Los aspirantes que deseen podrán presentar los documentos justificativos de los méritos dentro de los cinco días hábiles siguientes de haberse publicado la lista de las personas que hayan superado las pruebas.
f) El documento de autobaremo de méritos (según el modelo que establezca la convocatoria correspondiente).
Cuarta. Proceso selectivo
El proceso selectivo consiste en la superación de una prueba y en la valoración de méritos.
Prueba: La prueba consta de dos ejercicios uno teórico y otro teórico-práctico.
El teórico consiste en responder por escrito a un cuestionario, con cuatro respuestas alternativas, referido al contenido del temario general.
El teórico-práctico consiste en responder por escrito caso práctico referido al temario específico.
Estas pruebas se puntúan de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para continuar el proceso selectivo.
Valoración de méritos: Se valoran los méritos adquiridos hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación en el proceso, de los aspirantes que hayan superado la prueba teórica o teórico-práctica, de acuerdo con los méritos que hayan aportado y según el baremo establecido en las bases generales.
Las acreditaciones referidas a los servicios prestados en el Consell Insular de Menorca se aportan de oficio en el expediente siempre que previamente se hayan pedido a la solicitud.
No se valorarán los méritos de servicios prestados en puestos que hayan sido cubiertos mediante comisiones de servicios o asignación temporal de tareas, posteriores al 16 de junio de 2013, que no se hayan cubierto mediante procedimiento legalmente establecido.
Los méritos y la prueba se ponderan aplicando los siguientes porcentajes: un 45% para los méritos y el 55% restante para la prueba específica.
Quinta. Recursos
Contra la convocatoria y bases se puede interponer recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de su publicación.
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Si, transcurrido este plazo, no se ha dictado resolución, se puede entender desestimado el recurso, salvo en el supuesto previsto en el artículo 24.1, tercer párrafo, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Ante la desestimación se puede interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a partir del día que se publique ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears.
ANEXO I
Temario general
1. Competencias propias y delegadas de los consejos insulares: las leyes de transferencias. Las relaciones entre los consejos insulares y la Administración de la Comunidad Autónoma.
2. El Reglamento orgánico del Consell Insular de Menorca. La organización del Consell Insular: órganos necesarios y órganos no necesarios (composición, competencias y funcionamiento).
3. El procedimiento administrativo: concepto, naturaleza y principios generales. Fases del procedimiento: iniciación, ordenación, instrucción y finalización.
Temario específico
1. Instrumentos de la política de empleo. Las políticas activas de empleo. La intermediación laboral. Mercado de trabajo en Menorca.
2. Prestaciones para desempleados: prestación contributiva, subsidio para desempleados y la renta activa de inserción
3. Fomento de empleo: modalidades contractuales.
4. Sistema de Formación Profesional por el empleo en el ámbito laboral
5. Las calificaciones y la formación profesional para el empleo. Cómo organizar la formación profesional para el empleo.
6. Los certificados de profesionalidad y el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales:
7. reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
8. El programa de Garantía Juvenil, la formación dual y los talleres de empleo.
Maó, 25 de febrero de 2026
Por delegación del presidente El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 129/2023, de 27 de julio) (BOIB núm. 106 de 29-7-2023)