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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 160006
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de febrero de 2026 por el cual se aprueba la previsión de las prestaciones y los servicios que la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia tiene que concertar durante el año 2026 y se declaran los servicios de interés económico general

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Texto

La gestión de los servicios sociales se puede hacer mediante varias fórmulas, tal como indica el artículo 89 de la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares. Entre otros, la acción concertada es la figura de colaboración entre el sector público y el privado que más se adecúa a los principios que tienen que regir el sistema de servicios sociales, especialmente a raíz de la aprobación de la Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social a la comunidad autónoma de las Islas Baleares. El artículo 2 de esta ley prevé que las administraciones competentes de las Islas Baleares, para complementar el sistema público y garantizar una equidad y calidad adecuadas de las prestaciones incluidas en la cartera de servicios, pueden encargar la prestación de estos servicios de su competencia, mediante el sistema de acción concertada, a entidades sin ánimo de lucro del tercer sector social, tal como se definen en los artículos 3 y 4 de la Ley 3/2018, de 29 de mayo, del tercer sector de acción social, o, si procede, a entidades privadas, preferentemente del tercer sector social, cuando existan análogas condiciones de eficacia, calidad y costes, de acuerdo con los requisitos que establece esta ley y con respecto a los principios de publicidad, transparencia y no-discriminación.

Además, el mismo artículo da una definición del régimen de acción concertada cómo es la prestación por terceros de servicios sociales incluidos en la Cartera de servicios sociales.

Con el fin de garantizar la publicidad y la transparencia, la Ley 12/2018 dispone que, con una periodicidad anual, las administraciones de las Islas Baleares competentes en materia social, como parte de las competencias en planificación, tienen que hacer una previsión de las prestaciones y los servicios que pretenden que sean objeto de acción concertada, junto con una tasación del coste y un informe justificativo de la carencia de medios propios para la gestión, de la idoneidad de la modalidad de gestión elegida y de la planificación establecida para dotarse de medios propios para la gestión directa de estas prestaciones o servicios cuando sea previsible que se tengan que prestar permanentemente y, además, sean esenciales para la efectividad de los derechos sociales.

Esta planificación también tiene que definir, si procede, los servicios considerados, de manera excepcional, servicios de interés económico general; hay que indicar que para el año 2026 no se prevé concertar servicios de interés económico general.

De acuerdo con el presupuesto general de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares prorrogado para el ejercicio 2026, la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia tiene asignado un total de 64 .796.034,28 € para el año 2026 para la concertación de servicios sociales.

El importe de los conciertos previstos al Anexo I, asciende a 48.342.574,53 € por el año 2026.

La Dirección general de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad, la Dirección general de Atención a la Dependencia y Personas con Discapacidad y, la Dirección General de Servicios Sociales actualmente disponen de crédito suficiente para hacer frente al gasto que se derivará de la convocatoria de los conciertos previstos para el año 2026.

En fecha 20 de febrero de 2026, la Dirección general de Bienestar Social ha elaborado un informe sobre la tasación del coste y justificativo de la carencia de medios propios para la gestión, y sobre la previsión de las prestaciones y servicios que la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia tiene que concertar per al ejercicio 2026.

La Comunitat Autónoma de las Islas Baleares, en virtud del artículo 30 del Estatuto de autonomía de las Islas Baleares, reformado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, tiene la competencia exclusiva en las materias siguientes, entre otros: acción y bienestar social; políticas de protección y apoyo a las personas con discapacidades físicas, psíquicas y sensoriales; políticas de atención a las personas dependientes; políticas de atención a las personas y a los colectivos en situación de pobreza o necesidad social; protección social de la familia, y protección de menores. Igualmente, la Comunitat autónoma es competente en la organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones propias.

Por otro lado, la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales, tiene por objeto la configuración de un sistema de servicios sociales que dé respuesta a las necesidades de las personas. Entre los objetivos destacan mejorar la calidad de vida y promover la normalización, la participación y la integración social, política, económica, laboral, cultural y educativa y de salud de todas las personas; promover la autonomía personal, familiar y de los grupos; detectar, prevenir y atender las necesidades derivadas de la dependencia con el objeto de promover la autonomía de las personas; prevenir y atender las situaciones de vulnerabilidad de las personas, así como detectar y atender las situaciones de carencia de recursos básicos y las necesidades sociales. El artículo 89.1 de la Ley 4/2009 establece que las administraciones públicas de las Islas Baleares, en el ámbito de sus competencias, pueden organizar la prestación de los servicios del Catálogo de prestaciones y servicios sociales de las Islas Baleares a través de las fórmulas siguientes: gestión directa, régimen de concierto previsto en esta Ley, gestión indirecta en el marco de la normativa de contratación de las administraciones públicas y convenios con entidades sin ánimo de lucro.

El artículo 89 bis de la Ley 4/2009 dispone que las entidades de iniciativa privada que ofrecen servicios sociales previstos en la cartera de servicios y/o en la planificación autonómica o insular se pueden acoger al régimen de conciertos en los términos que establece esta Ley.

En base a los fundamentos anteriores se aprobó la Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social a la comunidad autónoma de las Islas Baleares, la cual prevé, entre otros figuras y para complementar el sistema público y garantizar una adecuada equidad y calidad de las prestaciones incluidas en la cartera de servicios, el sistema de acción concertada.

De acuerdo con el artículo 5 de la Ley 12/2018 poden subscribir acuerdos de acción concertada todas las entidades del tercer sector de acción social que presten los servicios objeto del concierto y lo soliciten expresamente en los plazos y la forma que se determinen. Sin embargo, en los procedimientos de acción concertada de servicios declarados de interés económico general, pueden subscribir conciertos todas las personas físicas o jurídicas de carácter privado, con ánimo de lucro o sin, sea cual sea la forma jurídica que adopten, que presten los servicios objeto del concierto y lo soliciten expresamente en los plazos y la forma que se determinen.

En el Decreto 32/2023, de 26 de mayo, por el cual se aprueba la Cartera básica de Servicios Sociales de las Islas Baleares 2023-2027, se establecen principios generales para las carteras insulares y locales y se modifican varias normativas del ámbito social, se define el conjunto de servicios, programas y prestaciones del sistema público de servicios sociales de aplicación en toda la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares, que son:

a) Los gestionados por la Administración autonómica por criterio competencial.

b) Los gestionados por la Administración autonómica y que se   encuentran pendientes de ampliar mediante una competencia transferida o que se tiene que transferir.

c) Los servicios sociales comunitarios básicos, que son competencia de las administraciones locales, pero que están cofinanciados por la Administración autonómica para garantizar la configuración como    puerta de acceso al sistema público de servicios sociales.

d) Los programas experimentales de ámbito suprainsular.

Según el Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares,  de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares, en cuanto a la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia queda distribuida en una secretaría general y tres direcciones generales, de entre las que hay, a la dirección  general de Bienestar Social se le atribuye, entre otras competencias, la planificación de la política de servicios sociales.

Finalmente, hay que indicar que esta previsión tiene carácter estimativo, sin perjuicio que los datos reflejados puedan variar sensiblemente, especialmente en cuanto al calendario indicado.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, en la sesión de día 27 de febrero de 2026, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:

Primero. Aprobar la previsión de las prestaciones y los servicios que se tienen que concertar durante el año 2026, detallados en el anexo I, de acuerdo con el artículo 4.1 de la Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social a la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

Segundo. Designar, dentro de la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, a la directora general de Familias, Infancia, Juventud, Diversidad e Igualdad, a la directora general de Atención a la Dependencia y Personas con Discapacitado y a la directora general de Bienestar Social cada una dentro de su ámbito funcional, como órganos instructores de los procedimientos de concertación de los servicios sociales que se detallan en este Acuerdo.

Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (27 de febrero de 2026)

La secretaria del Consejo de Gobierno

Antònia Maria Estarellas Torrens

 

La presidenta

Margarita Prohens Rigo

 

ANEXO I

Los servicios/prestaciones a concertar durante el año 2026 son los siguientes (la numeración se corresponde con la numeración de les prestaciones y servicios previstos por la Cartera Básica de Servicios Sociales, incluida en el anexo del Decreto 32/2023, de 26 de mayo):

Dirección general de Familias, Infancia, Juventud, Diversidad e Igualdad Código y nombre del servicio a concertar

2.2.6. Servicio de vivienda de emancipación para personas mayores de 18 años que han sido tuteladas por la Administración

− Ubicación: Mallorca e Ibiza

− Plazas y/o sesiones a concertar: 119 plazas (103 en Mallorca y 16 en Ibiza).

− Previsión inicio del concierto: Cuarto semestre del año 2026

− Previsión del presupuesto máximo total: 5.102.370,80 €

 

 

MALLORCA

IBIZA

TOTAL

Anualidad

 Precio  (plaza mensual)

Presupuesto

 Precio  (plaza mensual)

Presupuesto

Presupuesto

2026

1.142,70 €

117.698,10 €

1.173,07 €

18.769,12 €

136.467,22 €

2027

1.166,16 €

1.438.957,38 €

1.197,60 €

229.546,72 €

1.668.504,10 €

2028

1.190,44 €

1.468.883,00 €

1.222,98 €

234.406,08 €

1.703.289,08 €

2029

1.215,58 €

1.374.662,72 €

1.249,25 €

219.447,68 €

1.594.110,40 €

TOTAL

 

4.400.201,20 €

 

702.169.60 €

5.102.370,80 €

− Duración: tres años.

Código y nombre del servicio a concertar

2.5.2. Prestación de acompañamiento para jóvenes que han sido sujetos a medidas administrativas

− Ubicación: Mallorca

− Plazas : 160 plazas

− Fecha prevista convocatoria: Cuarto trimestre del año 2026

− Fecha de inicio de la prestación: Cuarto trimestre del año 2026

− Previsión del presupuesto máximo total: 2.416.104,00 €

 

 

MALLORCA

Anualidad

 Precio  (plaza mensual)

Presupuesto

2026

388,39 €

62.142,40 €

2027

398,73 €

763.907,20 €

2028

409,44 €

784.411,20 €

2029

420,53 €

805.643,20 €

TOTAL

 

2.416.104,00 €

− Duración: tres años

Dirección General de Atención a la Dependencia y Personas con Discapacitado Código y nombre del servicio a concertar                                    

7.1. Prestación de rehabilitación comunitaria (centre ocupacional) para personas con diagnóstico de salud mental.

Convocatoria por entidades acreditadas:

- Ubicación: Ibiza

- Núm. de plazas: 12

- Precio del servicio a concertar:

  • 2026: 60,52 € plaza/ día
  • 2027: 62,38 € plaza/ día
  • 2028: 62,38 € plaza/ día

- Fecha prevista de convocatoria: primer trimestre de 2026

- Previsión del inicio del concierto: tercer trimestre de 2026

- Previsión del presupuesto máximo total: 491.594,40 €

 

IBIZA

Anualidad

Temporalidad

Días x número de plazas X precio plaza /día

Presupuesto

2026

Julio-nov 2026

92  x 12 x 60,52 € 

66.814,08 €

2027

Diciembre  2026

Enero-nov 2027

18  x 12 x 60,52 €

202  x 12 x 62,38 €

164.281,44 €

2028

Diciembre 27 -nov 28

220  x 12 x 62,38 €

164.683,20 €

2029

Diciembre 28-junio 29

128  x 12 x 62,38 €

95.815,68 €

TOTAL

 

Total días : 660

491.594,40 €

- Duración: tres años

Código y nombre del servicio a concertar                                    

2.5.6. Servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia

Convocatoria por entidades acreditadas:

- Ubicación: Ibiza -Residencia Reina Sofía

- Núm. de plazas: 80

- Precio del servicio a concertar: 121,52 € plaza/ día

- Fecha prevista de convocatoria: segundo trimestre de 2026

- Previsión del inicio del concierto: tercer trimestre de 2026

- Previsión del presupuesto máximo total: 14.193.536,00 €

 

 

IBIZA

Anualidad

Temporalidad

Días x número de plazas X precio plaza/día

Presupuesto

2026

Septiembre-nov 2026

91  x 80 x 121,52 € 

884.665,60 €

2027

Diciembre 26 -nov 27

365  x 80 x 121,52  €

3.548.384,00 €

2028

Diciembre 27 -nov 28

365  x 80 x 121,52  €

3.548.384,00 €

2029

Diciembre 28-nov 29

365  x 80 x 121,52  €

3.548.384,00 €

2030

Diciembre 29 -agosto 30

274  x 80 x 121,52  €

2.663.718,40 €

TOTAL

 

Total días : 1.460

14.193.536,00 €

- Duración: cuatro años

Código y nombre del servicio a concertar           

2.5.6. Servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia. Residencia Colisee

Convocatoria por entidades acreditadas:

- Ubicación : Ibiza

- Núm. de plazas: 114

- Precio del servicio a concertar: 121,52  € plaza/ día

- Fecha prevista de convocatoria: tercero trimestre de 2026

- Previsión del inicio del concierto: cuarto trimestre de 2026

- Previsión del presupuesto máximo total: 20.225.788,80 € (sin iva)

 

 

IBIZA

Anualidad

Temporalidad

Días x número de plazas X precio plaza/día

Presupuesto

2027

Diciembre 26 -nov 27

365  x 114 x 121,52  €

5.056.447,20 €

2028

Diciembre 27 -nov 28

365  x 114 x 121,52  €

5.056.447,20 €

2029

Diciembre 28-nov 29

365  x 114 x 121,52  €

5.056.447,20 €

2030

Diciembre 29 -nov 30

365  x 114 x 121,52  €

5.056.447,20 €

TOTAL

 

Total días : 1.460

20.225.788,80 €

- Duración: cuatro años

Código y nombre del servicio a concertar           

2.5.3. Servicio de ayuda a domicilio ELA

Convocatoria por entidades acreditadas ELA:

- Ubicación: Islas Baleares

- Núm. de horas: 114.000

- Precio del servicio a concertar: (sin iva)

  • 2026: 28,50 € precio/hora
  • 2027: 29,71 € precio/hora
  • 2028: 31,31 € precio/hora
  • 2029: 32,99 € precio/hora
  • 2030: 32,99 € precio/hora​​​​​​​​​​​​​​

- Fecha prevista de convocatoria: segundo trimestre de 2026

- Previsión del inicio del concierto: tercer trimestre de 2026

- Previsión del presupuesto máximo total: 4.687.790,00 €

 

 

IBIZA

Anualidad

Temporalidad

Meses x númerode horas X precio hora

Presupuesto

2026

Junio – noviembre 2026

5 x 3.000 x 28,50 €

427.500,00 €

2027

Diciembre 26

Enero- nov 27

1 x 3.000 x 28,50 €

11x 3.000 x 29,71 €

1.099.270,00 €

2028

Diciembre 27

Enero -nov 28

1 x 3.000 x 29,71 €

11 x 3.000 x 31,31 €

1.158.470,00 €

2029

Diciembre 28

Enero -nov 29

1 x 3.000 x 31,31 €

11x 3.000 x 32,99 €

1.220.630,00 €

2030

Diciembre 29

Eneror-junio30

1x 3.000 x 32,99 €

6 x 3.000 x 32,99 €

781.920,00 €

TOTAL

 

Total horas: 144.000

Total meses : 48

4.687.790,00 €

- Duración: cuatro años

Dirección general de Bienestar Social ​​​​​​​Código y nombre del servicio a concertar

10.1. Prestación de atención social a personas implicadas en un procedimiento judicial

− Ubicación: Mallorca, Menorca e Ibiza

− Precio servicio a concertar: 25.528,97 € mensuales.

− Fecha prevista convocatoria: Segundo trimestre del año 2026

− Fecha de inicio de la prestación: Tercero trimestre del año 2026

− Previsión del presupuesto máximo total: 1.210.262,26 €

​​​​​​​

MALLORCA, MENORCA E IBIZA

Año

Presupuesto

Temporalidad

2026

 127.644,85 €

Del 1 de julio de 2026 a 30 de noviembre de 2026

2027

306.347,63 €

Del 1 de diciembre de 2026 a 30 de noviembre de 2027

2028

 306.347,63 €

Del 1 de diciembre de 2027 a 30 de noviembre de 2028

2029

 306.347,63 €

Del 1 de diciembre de 2028 a 30 de noviembre de 2029

2030

178.702,79 €

Del 1de diciembre de 2029 al 30 de junio  de 2030

Total

1.225.390,53 €

 

− Duración: 4 años