Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE SELVA
Núm. 153016
Nombramiento como personal funcionario de carrera del procedimiento ordinario por la cobertura de de 3 plazas de la escala de la administración especial, subescala de servicios especiales, clase Policía Local, perteneciente al subgrupo de clasificación C1, tal y como dispone el artículo 49.2 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
Versión PDF
Mediante resolución de alcaldía núm. 2026-0167, de día 19 de febrero de 2026, se nombra a 3 funcionarios de carrera en la categoría de Policía local del Ayuntamiento de Selva, pertenecientes a la escala de la administración especial, subescala de servicios especiales, clase Policía Local, perteneciente al subgrupo de clasificación C1, cuya parte resolutiva indica:
Primero: Nombrar funcionario de carrera en la categoría de Policía local del Ayuntamiento de Selva a:
Segundo: Comunicar la presente resolución a los interesados.
Tercero: Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión que se celebre.
Cuarto. Ordenar la publicación en el plazo de 3 días hábiles en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la página web del ayuntamiento.
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado el acto notificado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de las Administraciones; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de 13 de julio. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de lo que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Selva, en fecha de la firma electrónica (25 de febrero de 2026)
El alcalde Joan Rotger Seguí