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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección tercera. Cursos y formación

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 147365
Resolución del director gerente de la Escuela Balear de Administración Pública por la que se aprueba la convocatoria del curso de capacitación para acceder a la categoría de oficial de policía local para el año 2026

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Texto

Hechos

1. De conformidad con el artículo 34.3 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, los procedimientos de selección para acceder a las categorías de policía local se completan con la superación de un período de prácticas, que incluye la superación del curso de capacitación correspondiente a la categoría a la que se accede, y la fase de prácticas en el municipio relacionadas con las funciones propias de la categoría en cuestión.

2. Por otro lado, el artículo 28.3 de la Ley 4/2013 establece que la Escuela Balear de Administración Pública debe impartir el curso de capacitación correspondiente a cada categoría de la policía local.

3. El artículo 159 del Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, aprobado por el Decreto 40/2019, de 24 de mayo, en relación con la previsión de vacantes dispone que:

1. Durante los tres primeros meses de cada año, los ayuntamientos comunicarán a la Dirección General de Emergencias e Interior, competente en materia de coordinación de las policías locales, la previsión de convocatorias para la selección de miembros del cuerpo de policía, o policías, a fin de permitir la planificación de los cursos de capacitación de las categorías correspondientes.

2. Las convocatorias se deben efectuar, en todo caso, de manera que la realización de las pruebas acabe antes del día 30 de noviembre con la lista de personas propuestas y pueda iniciarse el curso de capacitación de los seleccionados a partir de enero del año siguiente.

3. Una vez concluida la fase de oposición o, en su caso, de concurso oposición, el ayuntamiento debe comunicar la lista definitiva de aspirantes que se deben incorporar a los cursos selectivos por categorías y solicitar la reserva de plazas correspondientes.

4. Los artículos 177 y siguientes del Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears regulan el curso de capacitación para acceder a cada categoría de la policía local.

5. Por Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, de 15 de mayo de 2025, se ha aprobado el contenido, el desarrollo, la metodología, la duración, la evaluación y el régimen interno del curso de capacitación para acceder a la categoría de oficial de policía local (BOIB núm. 64, de 22 de mayo), en virtud de la competencia que le atribuye el artículo 178.2 del Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 34.3 y 28.3 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears.

2. El artículo 159 del Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, aprobado por el Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Illes Balears.

3. Los artículos 177 y siguientes del Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears.

4. La Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, de 15 de mayo de 2025, por la que se aprueba el contenido, el desarrollo, la metodología, la duración, la evaluación y el régimen interno del curso de capacitación para acceder a la categoría de oficial de policía local (BOIB núm. 64, de 22 de mayo).

5. Los artículos 4.1 y 5.9 de los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública, aprobados por el Decreto 31/2012, de 13 de abril, el artículo 12.1 y las letras j) y m) del artículo 12.5 de los Estatutos.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la convocatoria del curso de capacitación para acceder a la categoría de oficial de policía local para el año 2026.

2. Aprobar las bases que han de regir la convocatoria y el modelo de solicitud de reserva de plazas del curso de capacitación para acceder a la categoría de oficial, en los términos que figuran en los anexos 1 y 2 de esta Resolución respectivamente.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

De acuerdo con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en los litigios entre administraciones públicas no se pueden interponer recursos en vía administrativa. No obstante, cuando se interpone un recurso contencioso-administrativo contra otra administración, se puede requerir previamente que se anule o se revoque el acto.

 

(Firmado electrónicamente: 20 de febrero de 2026)

El director gerente de la EBAP Pedro Siquier Gutiérrez

 

ANEXO 1 Bases de la convocatoria del curso de capacitación para acceder a la categoría de oficial de policía local para el año 2026

Primera

Alumnos del curso

1. Pueden ser alumnos del curso de capacitación para acceder a la categoría de oficial de policía local las personas que han superado la fase de oposición de un proceso selectivo para acceder a la categoría de oficial de policía local y que deben ser nombradas personal funcionario en prácticas por la autoridad municipal.

2. La pérdida de la condición de personal funcionario en prácticas de un ayuntamiento supone la exclusión automática del curso de capacitación.

3. Las personas que se encuentren en alguno de los supuestos que prevén los artículos 178.3 y 178.4 del Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, aprobado por el Decreto 40/2019, están exentas de realizar el curso básico de capacitación.

Segunda Plazas

El número de plazas del curso de capacitación para la categoría de oficial de policía previsto en esta convocatoria es de 50. Este número podrá variar por causa justificada y debidamente motivada.

Tercera

Distribución del curso

El curso de capacitación para el acceso a la categoría de oficial de policía local tiene una carga de trabajo efectivo de 240 horas, que incluye las horas correspondientes a las clases impartidas en la modalidad presencial y en línea, teóricas o prácticas, las horas de trabajo en el entorno virtual, las dedicadas a la realización de trabajos, prácticas o proyectos, la asistencia a jornadas, en su caso, y las que se exigen para preparar y realizar los exámenes y las pruebas de evaluación.

La asistencia efectiva a las clases presenciales del curso es obligatoria según lo establecido en el punto 5.8 del Manual del curso de capacitación para el acceso a la categoría de oficial de policía local del año 2026, ya que incentiva el compromiso del alumno con el aprendizaje y resulta esencial para alcanzar los conocimientos, las actitudes y los procedimientos previstos en el programa formativo del curso.

Cuarta

Inicio y realización del curso

1. Por cuestiones de carácter organizativo (número de alumnos), presupuestario, así como también por el hecho de contar con diferentes colaboradores, el curso de capacitación de la categoría de oficial comenzará durante el mes de abril de 2026.

2. Esta fecha queda sujeta a modificaciones en los casos en que sea necesario reorganizar el inicio del curso por falta de solicitudes mínimas así como por circunstancias extraordinarias sobrevenidas. En estos casos, la EBAP debe comunicar el inicio del curso con una antelación mínima suficiente.

3. El curso de capacitación de oficial se llevará a cabo en la isla de Mallorca.

4. Una vez recibidas las solicitudes, la Escuela Balear de la Administración Pública comunicará por correo electrónico a los ayuntamientos y a las personas aspirantes la fecha concreta de inicio del curso con una antelación mínima de siete días.

Quinta

Solicitudes de reserva de plazas

1. Los ayuntamientos que hayan convocado procesos selectivos para acceder a la categoría de oficial de policía del cuerpo de policía local (o de policía en los casos en que no hayan constituido cuerpo) deben presentar una solicitud en el plazo y forma que se detalla a continuación:

Las solicitudes deben presentarse de forma electrónica a través del Sistema de Interconexión de Registros (SIR) dirigido a la Escuela Balear de Administración Pública (DIR3: A04035968), de acuerdo con el modelo que figura en el anexo 2.

2. Junto con la solicitud, debe presentarse un certificado del secretario o secretaria del ayuntamiento que contenga:

— La relación de los aspirantes que han superado la fase de oposición del proceso selectivo y que deben ser nombrados funcionarios en prácticas, la nota que han obtenido y la fecha de aprobación de la lista definitiva de aprobados.

3. El plazo para presentar las solicitudes es de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

4. Una vez adjudicada la plaza y antes del inicio del curso de oficial, el ayuntamiento debe aportar a la EBAP el nombramiento como funcionarios en prácticas de los aspirantes a los que se les asigne una plaza en el curso de capacitación de oficial. Si no aporta la documentación relativa al nombramiento de los funcionarios en prácticas antes del inicio del curso, no se garantizará la plaza asignada.

5. Las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido en el apartado tercero solo se admitirán y se valorará la adjudicación de plazas para el curso de capacitación, siempre que haya disponibilidad de plazas y se haya aportado la documentación preceptiva antes de los 5 días anteriores al inicio del curso de capacitación para la categoría de oficial de policía.

Sexta

Información a los ayuntamientos

1. Para seguir la formación en línea, es imprescindible que los funcionarios en prácticas que adquieran la condición de alumnos del curso de capacitación de oficial de policía local dispongan de un aparato con conexión a internet que permita el seguimiento de las actividades del curso que se impartan en esta modalidad.

2. Durante el desarrollo del curso de capacitación para el acceso a la categoría de oficial, los alumnos deben percibir las retribuciones que determina el artículo 34 bis de la Ley 4/2013, dada su condición de personal funcionario en prácticas.

Séptima

Régimen general del curso

El contenido del curso de capacitación de oficial de policía local, así como la metodología, la duración, la evaluación y el régimen interno, se establecen en la Resolución de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, de 15 de mayo de 2025, y el resto de normativa aplicable.

​​​​​​​Octava

Certificación

Una vez finalizado el curso de capacitación de oficial de policía local, la EBAP debe certificar el curso de capacitación a los aspirantes que lo hayan superado.

 

ANEXO 2 Modelo de solicitud de reserva de plazas en el curso básico de capacitación para acceder a la categoría de oficial de policía local

Destino

Escola Balear de la Administración Pública

Código DIR3

A04035968

Solicitante

Ayuntamiento de

CIF

 

Código DIR3

 

Nombre y apellidos del representante

 

Correo electrónico

 

Dirección postal

 

Código postal

Localidad

 

Municipio

 

Teléfono

 

Fax

 

Persona de contacto

 

Teléfono/ extensión

 

SOLICITO la reserva de plazas en la edición del curso de capacitación para acceder a la categoría de oficial de policía del año 2026   para las personas siguientes:

Nombre del/de la aspirante

DNI del/de la aspirante

Correo electrónico del/de la aspirante

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Información sobre protección de datos personales

De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos, RGPD), y con la legislación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene esta solicitud.

Finalidad del tratamiento y base jurídica. La finalidad de este tratamiento es reservar plazas para el curso básico de capacitación de policía local.

Responsable del tratamiento. Escuela Balear de Administración Pública.

Destinatarios de los datos personales. No se cederán los datos personales a terceros, salvo que haya una obligación legal o un interés legítimo, de acuerdo con el RGPD.

 

Plazo de conservación de los datos personales. Los datos se conservarán el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que han sido recaudados. Se aplicará la normativa autonómica de archivos.

Existencia de decisiones automatizadas. Los datos no se tratarán de manera automatizada.

Transferencias de datos a terceros países. Los datos no se transferirán a terceros países que no garanticen un nivel de protección de datos adecuado.

Ejercicio de derechos y reclamaciones. La persona afectada por el tratamiento de datos personales puede ejercer sus derechos de información, acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad, oposición y no inclusión en tratamientos automatizados ante el responsable del tratamiento antes mencionado, mediante el procedimiento «Solicitud de ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales» previsto en la Sede Electrónica de la CAIB.

Una vez recibida la respuesta del responsable o en el caso de que no haya respuesta en el plazo de un mes, la persona afectada por el tratamiento de los datos personales puede presentar la «Reclamación de tutela de derechos» ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Delegación de protección de datos. La Delegación de Protección de Datos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene la sede en la Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad (paseo de Sagrera, 2, 07012 Palma).

Dirección electrónica de contacto: protecciodades@dpd.caib.es

 

________, de ______________ de 2026

[Localidad y fecha]

[rúbrica]