Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE SALUD
Núm. 142260
Resolución del director general de Prestaciones, Farmacia y Consumo por la que se aprueban el adjudicatario definitivo y la lista definitiva de méritos en el concurso para la adjudicación de una oficina de farmacia en la zona farmacéutica de Llucmajor, dentro del perímetro del núcleo urbano de la urbanización Les Palmeres de Llucmajor
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Hechos
1. Ha acabado el plazo de alegaciones y se han examinado las reclamaciones presentadas a la lista provisional de valoración de los méritos alegados por los solicitantes en la convocatoria para participar en el concurso para la adjudicación de una nueva oficina de farmacia en la zona farmacéutica de Llucmajor, dentro del perímetro del núcleo urbano de la urbanización Les Palmeres de Llucmajor, convocado por la Resolución del director general de Prestaciones, Farmacia y Consumo de 13 de febrero de 2024 (BOIB núm. 24, de 17 de febrero). Resolución que se dictó en ejecución de las sentencias de 27 de mayo de 2013 del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears y las sentencias de 28 de abril de 2015 y de 21 de julio de 2021 de la Sala Tercera del Tribunal Supremo y de la sentencia 589/2021, de 9 de noviembre de 2021, del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears.
2. Las participantes María Jesús Álvarez Ortiz de Zuñiga y María José Tames Alonso, una vez publicada en el BOIB núm. 23, de 20 de febrero de 2025, la Resolución del director general de Prestaciones, Farmacia y Consumo, de 14 de febrero de 2025, por la que se aprueban las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos de la participación en el concurso de méritos para la adjudicación de la oficina de farmacia de Pina, presentaron su renuncia voluntaria a los concursos de méritos para los que habían presentado solicitud de participación.
3. En fecha 3 de febrero de 2026, la Comisión de Valoración elevó al director general de Prestaciones, Farmacia y Consumo la propuesta de la puntuación definitiva de los méritos de los participantes en el concurso y de la adjudicación definitiva de la oficina de farmacia, según el orden de preferencias designado por los concursantes, de conformidad con lo que dispone la base IX de la convocatoria del concurso.
Fundamentos de derecho
1. De acuerdo con la base novena de la convocatoria del concurso de méritos, una vez acabado el plazo de reclamaciones a la lista provisional de valoración de méritos, y después de haber examinado las reclamaciones presentadas, la Comisión de Valoración, en la sesión de 3 de febrero de 2026, acta número 9, ha respondido a las alegaciones que presentaron los concursantes.
2. La Dirección General de Prestaciones, Farmacia y Consumo ratifica, desde un punto de vista técnico y jurídico, los acuerdos antes mencionados que ha adoptado la Comisión, por la cual cosa se entiende que se ha de dictar una resolución que confirme la propuesta que ha elevado la Comisión de Valoración.
3. Informar que el concursante que resulte adjudicatario definitivo de una oficina de farmacia se entiende que renuncia automáticamente a su participación en los procedimientos para la adjudicación de otras oficinas de farmacia convocados simultáneamente, ya sea en la misma Resolución o en una otra. Esta regla, según las bases de la convocatoria, también es aplicable, incluso, en los casos de renuncia o de decaimiento de la adjudicación. En consecuencia, los adjudicatarios definitivos solo figuraran en la lista definitiva de la oficina de farmacia de la que han resultado adjudicatarios.
4. Los procedimientos administrativos posteriores al del concurso de méritos para la adjudicación de la farmacia, relativos a la designación y autorización de local de oficina de farmacia y a la apertura y puesta en funcionamiento de la farmacia, se rigen por lo que establecen los artículos 11 y siguientes del Decreto 30/2015, de 8 de mayo, por el que se regulan los procedimientos para la autorización y apertura de nuevas oficinas de farmacia.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar y publicar en el Boletín Oficial de les Illes Balears (BOIB) la adjudicación definitiva de una oficina de farmacia en la zona farmacéutica de Llucmajor, dentro del perímetro del núcleo urbano de la urbanización Les Palmeres de Llucmajor, a Estila Artacho Merlo, según el orden de preferencias designado por los concursantes y la lista definitiva de méritos, que figuran en los Anexos 1 y 2 de esta Resolución.
2. Tener por renunciadas y declarar la exclusión de las participantes: María Jesús Álvarez Ortiz de Zuñiga y María José Tames Alonso, del concurso de méritos para la adjudicación de esta oficina de farmacia.
3. Autorizar la continuación provisional de la actividad de la oficina de farmacia adjudicada a consecuencia del concurso convocado por la Resolución de la directora general de Farmacia de 27 de abril de 2010 (BOIB núm. 69, de 6 de mayo) por la que se llevó a cabo la convocatoria de un concurso de méritos para la adjudicación de la oficina de farmacia de la urbanización Les Palmeres de Llucmajor, adjudicación que se declaró nula por la Resolución del director general de Prestaciones, Farmacia y Consumo de 13 de febrero de 2024. La apertura de esta oficina de farmacia se mantendrá hasta la apertura de la nueva oficina de farmacia que se adjudica en este concurso. La oficina que se mantiene provisionalmente abierta en ningún caso se considera como existente a los efectos de los procedimientos de designación del local de las nuevas oficinas de farmacia que se adjudican y abran como resultado de este concurso.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Consignación de la garantía
1. El farmacéutico que resulte adjudicatario de la oficina de farmacia ha de acreditar ante la Dirección General de Prestaciones, Farmacia y Consumo, en un plazo de quince días contados desde la fecha de publicación en el BOIB de la resolución de adjudicación definitiva del concurso, haber constituido una garantía en metálico de tres mil euros (3.000 €) mediante el depósito correspondiente o presentación de un aval bancario por este importe ante la Tesorería General de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. Se advierte que la falta de constitución de la garantía en la forma y en el plazo establecidos en el apartado anterior se entiende como una renuncia a la autorización otorgada, y en este supuesto la concesión de la oficina de farmacia se ha de otorgar a favor del solicitante que figure a continuación en el orden de prioridad establecido en la resolución por la que se aprueba la relación definitiva del concurso, el cual, en su turno, ha de constituir la garantía antes mencionada en el plazo de quince días desde que se le notifique la adjudicación de la oficina de farmacia.
3. Si una vegada constituida la garantía no se lleva a cabo la apertura de la oficina de farmacia correspondiente por cualquier causa imputable al adjudicatario, en la resolución que se dicte en cada caso respecto de esto se debe hacer constar también la pérdida de la garantía constituida.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución −que no agota la vía administrativa− se puede interponer recurso de alzada ante la consejera de Salud en el plazo de un mes, conforme a lo que se dispone en el artículo 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma, en fecha de la firma electrónica (20 de febrero de 2026)
El director general de Prestaciones, Farmacia y Consumo Juan Simonet Borrás
ANEXO 1 Adjudicatario definitivo
|
Apellidos |
Nombre |
Puntuación |
OP (*) |
|
Artacho Merlo |
Estila |
26,25 |
1 |
ANEXO 2 Lista definitiva de méritos
|
Apellidos |
Nombre |
Puntuación |
OP (*) |
|---|---|---|---|
|
Mudoy Servera |
Francisca |
23,09 |
1 |
|
Sebastià Casado |
Vicente |
22,61 |
12 |
|
Ysac Armengol |
María del Carmen |
20,86 |
10 |
|
Martí Roca |
Rosa |
12,44 |
12 |
OP (*) Este número corresponde a la posición que ocupa esta oficina de farmacia dentro del orden de preferencia del concursante