Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS

Núm. 139828
Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se delegan funciones en el vicepresidente segundo y en el director del Instituto de Estudios Baleáricos

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

Mediante el Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y en él se determina que el Instituto de Estudios Baleáricos (IEB) se adscribe a la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes.

Por otra parte, el artículo 8 de los Estatutos del IEB, aprobados por el Decreto 48/2018, de 21 de diciembre, y modificados por el Decreto 77/2023, de 1 de septiembre, establece los órganos que integran la entidad, entre los que se encuentran el presidente, los vicepresidentes, el Consejo de Dirección, el director y el director adjunto.

De acuerdo con el artículo 9.1 de los Estatutos del IEB, la Presidencia de la entidad la ejerce el consejero de Cultura, Participación y Deportes (actualmente el consejero de Turismo, Cultura y Deportes, en virtud del Decreto 10/2025). Este órgano, de acuerdo con el artículo 10.2 de los Estatutos, puede delegar toda una serie de funciones en los vicepresidentes o en el director, de acuerdo con los límites y las cuantías que prevén los Estatutos, y salvo las que también sean indelegables porque así lo fije una norma con rango de ley.

El presidente del IEB delegó funciones en el vicepresidente segundo, mediante una resolución de día 6 de febrero de 2026 y en virtud del artículo 16.9 de los Estatutos del ente, dada la situación de vacante que había en aquel momento en la Dirección del IEB.

Posteriormente, en fecha 17 de febrero de 2026, nombró a un nuevo director del ente. Por tanto, se hace necesario revocar la Resolución de día 6 de febrero, de acuerdo con el artículo 9 Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público y el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Por todo ello, de acuerdo con los artículos 25 y 31 de la Ley 3/2003, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma, y el artículo 10.2 de los Estatutos del IEB, dicto la siguiente

Resolución

1. Revocar la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos, de día 6 de febrero de 2026, por la que se delegan funciones en el vicepresidente segundo del Instituto de Estudios Baleáricos.

2. Delegar en la persona titular de la Vicepresidencia Segunda del IEB la facultad de actuar de órgano de contratación y, como tal, aprobar los pliegos de cláusulas administrativas, de prescripciones técnicas o de condiciones que deban regir la contratación con el IEB; nombrar a los componentes de las mesas de contratación que deban constituirse, y firmar la documentación y los contratos correspondientes, cuya cuantía del presupuesto de licitación sea inferior o igual a quinientos mil euros (500.000 €).

3. Delegar en la persona titular de la Vicepresidencia Segunda del IEB la facultad de suscribir los instrumentos de colaboración o cooperación previstos en la legislación aplicable, especialmente los convenios de colaboración y los planes y programas conjuntos, cuando de estos instrumentos se deriven obligaciones y compromisos económicos inferiores o iguales a quinientos mil euros (500.000 €).

4. Delegar en la persona titular de la Vicepresidencia Segunda del IEB la facultad de suscribir acuerdos, convenios, conciertos y contratos, así como todos los documentos que sean necesarios para gestionar el IEB y para cumplir sus finalidades, cuando de estos instrumentos se deriven obligaciones y compromisos económicos inferiores o iguales a quinientos mil euros (500.000 €).

5. Delegar en la persona titular de la dirección del IEB la representación legal del IEB ante las administraciones públicas, instituciones, entidades públicas y privadas, personas físicas y jurídicas.

6. Delegar en la persona titular de la dirección del IEB la función de velar por el cumplimiento de las leyes y de los acuerdos adoptados por el Consejo de Dirección.

 

7. Delegar en la persona titular de la dirección del IEB la facultad de dictar los actos que sean necesarios para desarrollar los acuerdos del Consejo de Dirección.

8. Disponer que esta Resolución sea efectiva desde el día en que se publique en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

9. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

(Firmado electrónicamente: 23 de febrero de 2026)

El presidente del Instituto de Estudios Baleáricos Jaume Bauzá Mayol