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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS
Núm. 130548
Extracto de la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para apoyar a las actividades de estudios locales que se lleven a cabo en las Illes Balears durante el año 2026
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BDNS 886834
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de las líneas de subvenciones que más abajo se describen, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias).
Primero. Objeto y finalidad
Esta convocatoria tiene por objeto contribuir a la promoción de las jornadas de estudios locales de las Illes Balears y a la edición y digitalización de las publicaciones que se desprendan de estas jornadas, durante el periodo comprendido entre los días 1 de enero de 2026 y 31 de diciembre de 2026.
Las jornadas de estudios locales se basarán en la puesta en común de unos conocimientos por parte de especialistas, obtenidos como resultado de investigaciones propias o ajenas (acreditables mediante fuentes bibliográficas y/o archivísticas), cuya finalidad esencial será la aportación de conocimiento. Las comunicaciones y las ponencias, resultantes de esta puesta en común, estarán programadas dentro de un horario determinado y en un espacio de tiempo corto. Estas intervenciones posteriormente se publicarán o digitalizarán en unas actas.
Segundo. Importe e imputación presupuestaria
El crédito asignado a esta convocatoria será de 30.000 € (treinta mil euros), con cargo al capítulo IV del presupuesto del Instituto de Estudios Baleáricos para 2026.
Tercero. Beneficiarios
a) Asociaciones y entidades de las Illes Balears sin ánimo de lucro. Las personas jurídicas de los sectores de la investigación, las humanidades, la historia, la cultura, las artes, la música, la literatura, el deporte, entre otros, que puedan llevar a cabo la organización y la producción de jornadas de estudios locales, así como la edición o digitalización de las actas que se desprendan de estas jornadas.
b) Los ayuntamientos de las Illes Balears, así como los organismos públicos dependientes, que organicen este tipo de eventos.
No pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas o jurídicas a las que hace referencia el apartado 5.3 de la convocatoria.
Cuarto. Normativa aplicable
Esta convocatoria se rige por la Orden 40/2024, de 13 de diciembre, del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cultura y fomento de la lengua catalana (BOIB núm. 166, de 19 de diciembre de 2024); el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre (TRLS); la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el resto de normativa comunitaria, estatal o autonómica aplicable a las subvenciones otorgadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Quinto. Plazo y presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes es de 3 de marzo de 2026 al 30 de junio de 2026 en la forma establecida en el apartado 7 de la convocatoria.
(Firmado electrónicamente: 17 de febrero de 2026) El presidente del Instituto de Estudios Baleáricos Jaime Bauzá Mayol