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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS
Núm. 130544
Extracto de la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la cual se convocan ayudas para apoyar a la creación de los sectores de las artes escénicas, la música, la literatura, el cómic y la ilustración, las artes visuales y el audiovisual de las Illes Balears para el año 2026
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BDNS 887036
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de las líneas de subvenciones que más abajo se describen, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias).
Primero. Objeto y finalidad
Esta convocatoria tiene por objeto apoyar a los creadores y creadoras para procesos específicos de investigación y creación dirigidos a la futura producción de obras y proyectos relacionados con las artes escénicas, la música, la literatura, el cómic y la ilustración, las artes visuales y el audiovisual de las Illes Balears.
Los proyectos deben ser originales e inéditos.
Segundo. Importe e imputación presupuestaria
El importe máximo que se destina a esta convocatoria plurianual es de 490.000 € (cuatrocientos noventa mil euros) del presupuesto del Instituto de Estudios Baleáricos, de acuerdo con las siguientes anualidades:
- año 2026: 176.000 € (ciento setenta y seis euros) con cargo al capítulo VII.
- año 2027: 314.000 € (trescientos catorce mil euros) con cargo al capítulo IV.
Tercero. Beneficiarios
Son beneficiarias de estas ayudas las personas físicas mayores de 18 años que desarrollen su actividad profesional en los sectores mencionados en el apartado 1.1 de la base primera y sean naturales de las Illes Balears o bien desarrollen su actividad profesional en un domicilio de las Illes Balears.
No pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas o jurídicas a las que hace referencia el apartado 4.4 de la convocatoria.
Cuarto. Normativa aplicable
Esta convocatoria se rige por la Orden 40/2024, de 13 de diciembre, del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cultura y fomento de la lengua catalana (BOIB núm. 166, de 19 de diciembre de 2024); el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre (TRLS); la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y el resto de normativa comunitaria, estatal o autonómica aplicable a las subvenciones otorgadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Quinto. Plazo y presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes es del 2 de marzo de 2026 al 20 de abril de 2026.
Las solicitudes de subvención y la documentación adjunta se tienen que presentar en la forma establecida en el apartado 7 de la convocatoria.
(Firmado electrónicamente: 17 de febrero de 2026)
El presidente del Instituto de Estudios Baleáricos Jaime Bauzá Mayol