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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS

Núm. 130532
Extracto de la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para apoyar las actividades de proyección exterior de las artes escénicas de las Illes Balears para el año 2026

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 887008

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de las líneas de subvenciones que más abajo se describen, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias).

Primero. Objeto y finalidad

Esta convocatoria tiene por objeto contribuir a la proyección exterior de las artes escénicas de las Illes Balears de carácter profesional para las actividades correspondientes al periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre del año 2026, con el fin de fomentar el intercambio y la relación cultural entre las islas y entre las Illes Balears y el exterior.

Segundo. Importe e imputación presupuestaria

El crédito asignado a esta convocatoria es de 300.000 € (trescientos mil euros) con cargo al capítulo IV del presupuesto del IEB de 2026.

Tercero. Beneficiarios

En cuanto al apoyo a los profesionales de las artes escénicas al que hace referencia el punto 1.2.a), son beneficiarias las personas físicas (creadores, productores, distribuidores o agentes culturales), las asociaciones, las comunidades de bienes y otras personas jurídicas sin ánimo de lucro del ámbito de las artes escénicas en general, del sector privado, independientemente de su residencia fiscal, siempre que organicen actividades con profesionales de las artes escénicas de las Illes Balears. También son beneficiarios los alumnos de enseñanza superior de artes escénicas de los dos últimos cursos (universidades, conservatorios o centros homologados) que participen en programas oficiales de intercambio educativo o académico, avalados por ambas entidades, dentro del ámbito de las artes escénicas, con un máximo de diez días de estancia.

En cuanto al apoyo a las actividades de proyección exterior por parte de estructuras profesionales de las artes escénicas al cual hace referencia el punto 1.2.b), son beneficiarios los profesionales autónomos y las empresas privadas del ámbito de las artes escénicas, independientemente de su residencia fiscal, siempre que organicen actividades con profesionales de las Illes Balears.

No pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas o jurídicas a las que hace referencia el apartado 4.4 de la convocatoria.

Cuarto. Normativa aplicable

Esta convocatoria se rige por la Orden del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de 13 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cultura y fomento de la lengua catalana (BOIB núm. 166, de 19 de diciembre de 2024); el Texto refundido de la Ley de subvenciones de las Illes Balears aprobado por el Decreto legislativo 2/2005; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el resto de normativa comunitaria, estatal o autonómica aplicable a las subvenciones otorgadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Quinto. Plazo y presentación de solicitudes

Los plazos para presentar las solicitudes, dirigidas al IEB, son:

  •  
    Primer periodo de presentación: del 3 de marzo al 20 de abril de 2026. Obligatoriamente, se tienen que presentar dentro de este periodo las solicitudes referentes a actividades que se desarrollen entre el 1 de diciembre de 2025 y el 20 de abril de 2026. Opcionalmente, también se pueden presentar las solicitudes referentes a actividades que se desarrollen entre el 20 d'abril y el 30 de noviembre de 2026.
  • Segundo periodo de presentación: del 21 d'abril al 4 de septiembre de 2026. Únicamente se pueden presentar las solicitudes referentes a actividades que se desarrollen entre el 21 d'abril y el 30 de noviembre de 2026.

Las solicitudes de subvención y la documentación adjunta se tienen que presentar en la forma establecida en el apartado 6 de la convocatoria.

 

(Firmado electrónicamente: 17 de febrero de 2026)

El presidente del Instituto de Estudios Baleáricos Jaime Bauzá Mayol