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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 131949
Resolución núm. 2026-1144, de 18 de febrer de 2026, por la cual se estima un recurso de reposición interpuesto, y en consecuencia se rectifican las bases y la convocatoria del proceso selectivo para proveer, como personal funcionario de carrera, dos (2) plazas de asistente/a social (Trabajador/a social) del Ayuntamiento de Eivissa

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Texto

La Primera teniente de Alcalde, el día 18 de febrero de 2026, ha dictado resolución por la cual se acuerda lo que se detalla a continuación:

PRIMERO. ADICIONAR la base NOVENA (de la versión en lengua catalana) a las bases de la convocatoria aprobadas mediante Decreto n.º 2026-0886, en los términos que se mencionan a continuación:

«NOVENA.- PERIODO DE PRÁCTICAS

9.1. El periodo de prácticas será de 4 meses. Este periodo de prácticas se realizará bajo la supervisión del responsable del servicio que se designe por la Alcaldía-Presidencia, y tendrá la consideración de fase final del proceso selectivo. El último día del periodo de prácticas, el responsable designado tendrá que emitir un informe sobre las prácticas realizadas y tendrá que indicar si se han superado de manera satisfactoria.

9.2. Finalizado el periodo de prácticas, los aspirantes que lo hayan superado satisfactoriamente serán nombrados funcionarios de carrera por la Alcaldía-Presidencia de la Corporación. Una vez notificado el nombramiento, los interesados dispondrán de un plazo de tres días hábiles para el juramento o promesa y la toma de posesión. Aquellos que no asuman el nivel suficiente de integración y eficiencia en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria serán declarados no aptas por resolución motivada de la Alcaldía-Presidencia de la Corporación, y perderán en consecuencia todos los derechos a su nombramiento como funcionarios de carrera.

9.3. Estarán exentos de la realización del periodo de prácticas el/los candidato/s que superen el proceso selectivo y anteriormente hayan prestado servicios como personal funcionario interino o por medio de contrato laboral al Ayuntamiento de Ibiza y hayan estado ocupando una plaza igual a la del objeto de la convocatoria, por tiempo igual y superior al exigido en el periodo de prácticas.

9.4. El nombramiento como funcionarios de carrera será publicado al Boletín Oficial de las Islas Baleares.”

SEGUNDO. Además ADICIONAR a la base NOVENA de la versión en lengua castellana, el apartado siguiente:

«9.3. Estarán exentos de la realización del período de prácticas el/los candidato/s que superan el proceso selectivo y anteriormente hayan prestado servicios como personal funcionario interino o miedo medio de contrato laboral en el Ayuntamiento de Ibiza y hayan estado ocupando una plaza igual a la del objeto de la convocatoria, por tiempo igual y superior al exigido en el período de prácticas».

 

Ibiza, documento firmado electrónicamente (19 de febrero de 2026)

La primera teniente de alcalde Gema Marí Planells