Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA

Núm. 127713
Información pública y audiencia de la aprobación inicial de la modificación del Plan Director Sectorial de Residuos no Peligrosos de Mallorca (PDSRNPMA)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Consell Insular de Mallorca, en sesión de día 12 de febrero de 2026, acordó:

1.º- Aprobar inicialmente, de conformidad con aquello que establece el artículo 13 de la Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de ordenación territorial, la Modificación n.º 1 del Plan Director Sectorial de Residuos de Mallorca (PDSRNPMA), con el objeto y alcance que define la documentación técnica que se adjunta, y que se integra por la documentación sustantiva y ambiental siguiente:

  • «Documento I - Memoria Justificativa y Estudio Económico y financiero (Código CSV: K7AA FPNP 7E9Z PU4R 3QTP)
  • Documento II - Normativa (Código CSV: K7AA FPNP 4QYD MME9 4X2W)
  • Documento III – Documento Ambiental Estratégico (Código K7AA FPNP 34XD J4D7 AXAP)

2.º- Disponer la tramitación de la Modificación n.º 1 del Plan Director Sectorial de Residuos de Mallorca (PDSRNPMA), siguiendo el procedimiento establecido a la Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de ordenación territorial, y en consecuencia ordenar la apertura de un plazo de información pública de cuarenta y cinco días hábiles, de toda la documentación integrante de la modificación del mencionado Plan, mediante la publicación de anuncios en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en dos de los diarios de mayor circulación de la isla (en castellano y catalán), en el tablón de edictos del Consejo Insular de Mallorca, en la SEDE Electrónica del Consejo Insular de Mallorca, y en el apartado correspondiente del portal Web del Consejo Insular de Mallorca, para que cualquier persona o entidad pueda formular las alegaciones que estime pertinentes. La publicación telemática tiene que incluir tanto el anuncio de apertura del trámite de información pública como de toda la documentación que conforma la aprobación inicial.

3.º- Solicitar, simultáneamente en el periodo de información pública, y durante el mismo plazo de cuarenta y cinco días hábiles, los informes previstos en el artículo 10 de la Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de ordenación territorial, con relación al ámbito de las competencias respectivas, al Gobierno de las Islas Baleares, en todos los ayuntamientos de la isla, a la Delegación del Gobierno y a todas las administraciones que corresponda en aplicación de la legislación sustantiva y sectorial. En el plazo indicado se efectuará consulta al resto de administraciones públicas afectadas, así como a las entidades, los intereses colectivos de las cuales puedan resultar afectados.

4.º- Someter la documentación integrante de la Modificación n.º 1 del Plan Director Sectorial de Residuos de Mallorca (PDSRNPMA), así como toda la documentación ambiental, a consulta de las administraciones, órganos y entidades públicas y privadas señaladas en el documento de alcance formulado por el órgano ambiental el día 22 de febrero de 2023, a los efectos previstos a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y en el Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Islas Baleares.»

Por todo ello, se pone a disposición del público en general toda la documentación de la modificación aprobada inicialmente en el siguiente enlace: https://cloud3.conselldemallorca.net/index.php/s/5jjmasdikJzD683, a los efectos del trámite de exposición pública establecido en el artículo 13 de la Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de ordenación territorial.

 

Palma, el día de la firma electrónica (18 de febrero de 2026)

El consejero ejecutivo de Territorio, Movilidad e infraestructura Fernando Rubio Aguiló