Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA
Núm. 127120
Corrección de errores de la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la cual se acepta la renuncia a una subvención para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (NEXTG45) y se declara concluido el procedimiento de 9 de febrero de 2026
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Hechos
1. El 11 de septiembre de 2021 se publicó la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021.
2. En fecha 9 de febrero de 2026 se emitió la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la cual se acepta la renuncia a una subvención para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (NEXTG45) (BOIB núm 20, de 12 de febrero de 2026).
3. Con posterioridad, se ha detectado un error en el anexo de la Resolución mencionada.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición. Así mismo, la rectificación de errores tiene que especificar, si procede, los efectos jurídicos que se derivan y se tiene que notificar o publicar preceptivamente cuando haga referencia a actas que han sido notificados o publicados.
2. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Corregir el listado de beneficiarios los cuales renuncian a la solicitud de subvención, eliminando el expediente NEXTG45-1587/2021.
2. Modificar el Anexo de la Resolución mencionada, sustituyéndolo por el que se acompaña a la presente.
3. Exceptuando los términos modificados por esta resolución de modificación, se mantienen vigentes todos los demés terminos y condiciones establecidas en la Resolución de 9 de febrero de 2026.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Palma, 13 de febrero de 2026
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Per delegació del conseller d'Empresa, Autònoms i Energia (BOIB núm. 97, de 24/07/2025)
ANEXO Lista de beneficiarios que han renunciado a la subvención para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (NEXTG45)
|
Expediente |
Solicitante |
NIF |
Importe subvención (€) |
Partida Presupuestaria |
Fecha publicación Resolución de concesión |
CONCE |
|---|---|---|---|---|---|---|
|
NEXTG45-1032/2021 |
MARTINA PAYERAS SERRA |
***2052** |
2.136,00 |
2024/G/731A01/78000/00/19701 MR021 |
Publicada en el BOIB núm.45, de 04/04/2024 |
0000001361 |
|
NEXTG45-3819/2021 |
BARTOMEU ADROVER FIOL |
***1656** |
7.410,00 |
2023/G/731A01/78000/00/19701 MR021 |
Publicada en el BOIB núm.114, de 17/08/2023 |
0000012410 |
|
NEXTG45-3987/2021 |
Felix Estelrich Florit |
***3578** |
1.800,00 |
2025/G/731A01/78000/00/19701 MR021 |
Publicada en el BOIB núm.36, de 22/03/2025 |
0000001779 |
|
NEXTG45-3988/2021 |
ANA MARÍA SERRA MAS |
***3611** |
1.800,00 |
2025/G/731A01/78000/00/19701 MR021 |
Publicada en el BOIB núm.106, de 09/08/2025 |
0000015035 |
|
NEXTG45-3989/2021 |
CATALINA MAS TOUS |
***9303** |
1.800,00 |
2025/G/731A01/78000/00/19701 MR021 |
Publicada en el BOIB núm.106, de 09/08/2025 |
0000015037 |
|
NEXTG45-7326/2021 |
ASUNCION FRESNEDA COBOS |
***4620** |
810,00 |
2025/G/731A01/78000/00/19701 MR021 |
Publicada en el BOIB núm.101, de 31/07/2023 |
0000011104 |
|
NEXTG45-10650/2021 |
MARGARITA MOLL MIQUEL |
***4309** |
4.368,00 |
2025/G/731A01/78000/00/19701 MR021 |
Publicada en el BOIB núm.77, de 19/06/2025 |
0000004516 |