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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 125264
Decreto 2026-0903 de delegaciones de competencias genéricas, especiales y territoriales

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La alcaldía presidencia con fecha 16 de febrero de 2026, inscripción núm. 2026-0903 ha dictado la resolución que seguidamente se transcribe:

«DECRETO DE DELEGACIONES DE COMPETENCIAS GENÉRICAS, ESPECIALES Y TERRITORIALES

Antecedentes

Evaluada la necesidad de proceder a establecer la organización de las diferentes áreas del consistorio, así como las diversas competencias que ejercen, a fin de lograr un mejor funcionamiento de los servicios municipales, mediante el presente Decreto se procede a llevar a cabo esta actuación.

Consecuentemente, resulta ahora adecuado proceder a establecer las delegaciones de competencias genéricas, especiales y territoriales en las que se distribuye la gestión de los servicios administrativos municipales.

Por todo ello, y haciendo uso de las atribuciones que me confieren los artículos 41.2, 43 y 44 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, así como el artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

RESUELVO

1.- Aprobar las delegaciones genéricas, especiales y territoriales que queda redactado de la forma siguiente:

I. DELEGACIONES GENÉRICAS.- Delegar a favor de los miembros de la Junta de Gobierno Local, y tenencias de alcaldía que se relacionan, una delegación general de atribuciones de gestión de los asuntos de las respectivas Áreas de actuación que se indican, de acuerdo con la atribución funcional de competencias de cada Área, y con los campos de actuación que a título meramente enunciativo y no limitativo, se recogen en el Decreto de la alcaldía de 16 de mayo de 2025 respecto de cada Área, siendo las materias del Área de Alcaldía, competencia de esta alcaldía:

I. Área de Urbanismo y Vivienda: Núria Hinojosa Abenza

II. Área de Recursos Humanos y Turismo: Antònia Llodrà Brunet

III. Área de Espacio Público, Medio Ambiente, Interior y Movilidad: Sebastià Llodrà Oliver

IV. Área de Promoción Cultural y Educación: Ferran Montero Sitges

V. Área de Promoción Económica: Paula Asegurado Rosso

VI. Área de Servicios Sociales, Personas Mayores y Deportes: Maria Antònia Truyols Mart

- Área de Urbanismo y Vivienda: 1ª. Teniente de Alcaldía, el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la responsabilidad de la dirección del área de URBANISMO Y VIVIENDA. Las facultades delegadas comprenden el ejercicio de las competencias atribuidas genéricamente a la mencionada área, relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios. Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:

  • Planificación urbanística

  • Gestión urbanística

  • Disciplina urbanística

  • Licencias urbanísticas

  • Proyectos integrados

  • Acceso a los núcleos de población

  • Promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera

  • Conservación y rehabilitación de la edificación (no pública)

  • Contratación de obras (con proyecto)

  • Fiestas

Además, la delegación conferida abarca también la materia propia del área de PROMOCIÓN ECONÓMICA siguiente:

  • Fomento, diseño y promoción de la empresa y la industria. Centro de Formación en Madera.

- Área de Recursos Humanos y Turismo: 2ª. Teniente de alcaldía, el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la responsabilidad del área de RECURSOS HUMANOS Y TURISMO. Las facultades delegadas comprenden el ejercicio de las competencias atribuidas genéricamente a la mencionada área, relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios. Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:

  • Gestión e impulso de toda la actividad relacionada con el personal municipal

  • Atención y promoción de los intereses turísticos de todos los núcleos del municipio

  • Promoción del turismo interior

  • Oficinas turísticas

  • Gestión y promoción turística

  • Impulso de acciones de concienciación e información sobre los impactos del turismo y la necesidad de preservar el entorno natural y social

  • Coordinación de las actuaciones relacionadas con las plazas de alquiler turístico, especialmente en suelo rústico, incluyendo la gestión de sus externalidades (residuos, movilidad, convivencia vecinal, etc.)

  • Apoyo y control en materia de información y difusión turística relativa a la oferta de alquiler vacacional

  • Fomento de la conciliación entre actividad turística y los residentes

  • Fomento del respeto y el uso responsable de las playas y espacios naturales del municipio por parte de los visitantes, mediante campañas de sensibilización ambiental

- Área de Espacio Público, Medio Ambiente, Interior y Movilidad: 3er Teniente de alcaldía, el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la responsabilidad de la dirección del área de ESPACIO PÚBLICO, MEDIO AMBIENTE, INTERIOR Y MOVILIDAD. Las facultades delegadas comprenden el ejercicio de las competencias atribuidas genéricamente a la mencionada área, relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios. Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:

Depuradoras

Suministro de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales

Vigilancia de las actividades y usos que se llevan a cabo en las playas

  • Gestión de la explotación de los servicios de temporada en las playas

  • Animales de compañía y perros peligrosos

  • Jefatura superior de la Policía Local

  • Seguridad Ciudadana

  • Expedientes sancionadores (Ley 4/2015)

  • Protección Civil

  • Concesión o denegación de permisos de circulación para vehículos especiales en régimen de transporte especial

  • Concesión o denegación de licencias para la tenencia y uso de armas de acuerdo con la legislación específica vigente

  • Regulación y ordenación del tráfico y del estacionamiento de vehículos en vías urbanas

  • Transporte público: taxis

  • Gestión de los aparcamientos

  • Movilidad

  • Agricultura

  • Pavimento de vías urbanas

  • Medio ambiente urbano: parques y jardines públicos

  • Servicios generales. Brigada municipal

  • Mantenimiento de vías públicas, plazas, caminos y edificios municipales

  • Control del mantenimiento de las zonas ajardinadas

  • Mantenimiento de escuelas y escuelas infantiles

  • Huertos Urbanos

  • Conservación y rehabilitación de la edificación

  • Cementerio y policía sanitaria mortuoria

  • Control y seguimiento de la gestión y tratamiento de residuos

  • Limpieza viaria

  • Promoción y seguimiento de la gestión del medio ambiente

  • Edificios y plan de usos de las escuelas rurales

  • Limpieza de edificios

  • Bienestar animal

  • Energías renovables y optimización de energía

  • Alumbrado público

  • Licencias de actividad

  • Ocupación de vía pública

  • Licencias de publicidad dinámica y estática 

Además, la delegación conferida abarca también las materias propias y organismo autónomo de la Área de PROMOCIÓN CULTURAL Y EDUCACIÓN siguientes:

  • Política lingüística

  • Escuela Municipal de Mallorquí

Área de Promoción Cultural y Educación: 4º. Teniente de Alcalde, el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la responsabilidad de la dirección del área de PROMOCIÓN CULTURAL Y EDUCACIÓN. Las facultades delegadas comprenden el ejercicio de las competencias atribuidas genéricamente a la mencionada área, relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios. Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:

  • Cultura en general

  • Promociones culturales

  • Equipamientos culturales

  • Protección y gestión del patrimonio histórico

  • Cultura. Institución Pública Antoni Maria Alcover

  • Cultura. Institución Pública Teatro Municipal de Manacor

  • Museos

  • Teatro y Auditorio

  • Bibliotecas

  • Banda de música

  • Participación ciudadana

  • Registro de Entidades ciudadanas

  • Relación y cooperación con organismos y entidades en orden a la dinamización vecinal, social y cultural

  • Asociacionismo

  • Voluntariado

  • Patrimonio

  • Educación en general

  • Educación. Conservatorio y Escuela de Música

  • Educación Centro Universitario de Manacor

- Área de Promoción Económica: 5ª. Teniente de Alcalde, el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la responsabilidad de la dirección del área de PROMOCIÓN ECONÓMICA. Las facultades delegadas comprenden el ejercicio de las competencias atribuidas genéricamente a la mencionada área, relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios. Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:

  • Sanidad y Consumo

  • Plaza de abastos

  • Matadero

  • Comercio

  • Contratación

  • Intervención y Tesorería

  • Sanciones

  • Población

  • Gestión tributaria

  • Subvenciones

  • Desarrollo Local

  • Fomento del empleo

  • Fomento, diseño y promoción de la empresa y la industria

  • Gestión de la actividad económica y financiera municipal

  • Gestión del padrón municipal de habitantes. Población

  • Catastro

  • Contratación. Autorizaciones y concesiones demaniales y adquisición de bienes inmuebles

  • Mercado

  • Ferias 

- Área de Servicios Sociales, Personas Mayores y Deportes: 6ª Teniente de alcaldía, el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la responsabilidad de la dirección del área de SERVICIOS SOCIALES, PERSONAS MAYORES Y DEPORTES. Las facultades delegadas comprenden el ejercicio de las competencias atribuidas genéricamente a la mencionada área, relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios. Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las materias siguientes:

  • Políticas de Igualdad

  • Juventud

  • Relación y cooperación con organismos y entidades en orden al fomento y la dinamización de la juventud

  • Servicio municipal de atención a víctimas de violencia machista

  • Evaluación e información de situaciones de necesidad social y atención inmediata a personas en situación de riesgo de exclusión social

  • Centros de día

  • Servicios Sociales. Acogida

  • Servicios Sociales. Inclusión

  • Servicios Sociales comunitarios básicos

  • Servicios Sociales. Proyecto Patios Abiertos

  • Servicios Sociales. Infancia y familia

  • Servicios Sociales. Dependencia

  • Servicios Sociales. Consejos de Infancia

  • Servicios Sociales. Consejo de Adolescentes

  • Personas mayores

  • Fomento y promoción del deporte

  • Instalaciones deportivas

  • Relación y cooperación con organismos y entidades en orden a la práctica y fomento de la actividad deportiva. 

Además, la delegación conferida abarca también las materias propias del Área de PROMOCIÓN ECONÓMICA siguientes:

  • Comercio. Campañas comerciales de Manacor ciudad y calas. 

LAS DELEGACIONES GENÉRICAS COMPORTARÁN: tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes incluidos en las respectivas áreas, como las de gestionarlos en general, sin incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. En cualquier caso, el contenido de la delegación genérica conferida comprende el ejercicio de las competencias generales siguientes:

1.- Programar las políticas municipales en las materias de su competencia, así como la representación e inspección del área de la que es titular.

2.- Ejercer la autoridad respecto del personal de su área.

3.- Garantizar el cumplimiento de las ordenanzas, los reglamentos, los bandos y otras disposiciones legales que afecten al municipio, en el ámbito de las competencias del área.

4.- Ordenar la tramitación de los expedientes relativos a su área delegada y formular las propuestas de resolución o acuerdo que correspondan.

5.- Solicitudes de subvenciones en materias relacionadas con cada una de las áreas y aceptación de las subvenciones otorgadas, justificación de las mismas y, en su caso, la interposición de cualquier recurso derivado de los procedimientos de reintegros incoados por la Administración otorgante de la subvención. 

 II. DELEGACIONES ESPECIALES. Delegar a los concejales y concejalas que se relacionan a continuación una delegación especial de atribuciones sobre los asuntos siguientes:

 

- Delegación Especial de Ferias y Fiestas, en favor de la concejala Maria del Mar Nicolau Riera, que comprende la dirección, gestión y resolución de los asuntos incluidos en las áreas de Urbanismo y Vivienda; y Promoción Cultural y Económica que a continuación se especifican:

  • Fiestas

  • Mercado

  • Ferias. 

El ámbito de la presente delegación especial se corresponde con la gestión de los servicios municipales señalados, y el concejal o concejala que tenga una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales y concejalas con delegaciones especiales por asuntos específicos incluidos en su área.

- Delegación Especial de Turismo y Juventud, en favor de la concejala Júlia Acosta Miquel, que comprende la dirección, gestión y resolución de los asuntos incluidos en las áreas de Recursos Humanos y Turismo, Servicios Sociales, Personas Mayores y Deportes y Promoción Cultural y Educación, que a continuación se especifican: 

  • Atención y promoción de los intereses turísticos de todos los núcleos del municipio

  • Promoción del turismo interior

  • Oficinas turísticas

  • Gestión y promoción turística

  • Impulso de acciones de concienciación e información sobre los impactos del turismo y la necesidad de preservar el entorno natural y social

  • Coordinación de las actuaciones relacionadas con las plazas de alquiler turístico, especialmente en suelo rústico, incluyendo la gestión de sus externalidades (residuos, movilidad, convivencia vecinal, etc.)

  • Apoyo y control en materia de información y difusión turística relativa a la oferta de alquiler vacacional

  • Fomento de la conciliación entre actividad turística y los residentes

  • Fomento del respeto y el uso responsable de las playas y espacios naturales del municipio por parte de los visitantes, mediante campañas de sensibilización ambiental

  • Juventud 

  • Relación y cooperación con organismos y entidades en orden al fomento y la dinamización de la juventud

  • Educación. Conservatorio y Escuela de Música 

El ámbito de la presente delegación especial se corresponde con la gestión de los servicios municipales señalados, y el concejal o concejala que tenga una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales y concejalas con delegaciones especiales por asuntos específicos incluidos en su área. 

- Delegación Especial de Igualdad y Espacio Público, en favor de la concejala Joana Maria Llull Nadal, que comprende la dirección, gestión y resolución de los asuntos incluidos en las áreas de Espacio Público, Medio Ambiente, Interior y Movilidad y Servicios Sociales, Personas Mayores y Deportes, que a continuación se especifican:

  • Políticas de Igualdad

  • Servicio municipal de atención a víctimas de violencia machista

  • Pavimento de vías urbanas

  • Medio ambiente urbano. Parques y jardines públicos

  • Servicios generales. Brigada municipal

  • Mantenimiento de vías públicas, plazas, caminos y edificios municipales

  • Control del mantenimiento de las zonas ajardinadas

  • Mantenimiento de escuelas y escuelas infantiles

  • Huertos Urbanos

  • Conservación y rehabilitación de la edificación

  • Cementerio y policía sanitaria mortuoria 

  • Mantenimiento de escuelas y escuelas infantiles

El ámbito de la presente delegación especial se corresponde con la gestión de los servicios municipales señalados, y el concejal o concejala que tenga una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales y concejalas con delegaciones especiales por asuntos específicos incluidos en su área.

- Delegación Especial de Medio Ambiente, Energía y Actividades, en favor del Concejal Mateu Marcè Riera, que comprende la dirección, gestión y resolución de los asuntos incluidos en el área de Espacio Público, Medio Ambiente, Interior y Movilidad:

  • Control y seguimiento de la gestión y tratamiento de residuos

  • Limpieza viaria

  • Promoción y seguimiento de la gestión del medio ambiente

  • Edificios y plan de usos de las escuelas rurales

  • Limpieza de edificios

  • Bienestar animal

  • Energías renovables y optimización de energía

  • Alumbrado público

  • Licencias de actividad

  • Ocupación de vía pública

  • Licencias de publicidad dinámica y estática

El ámbito de la presente delegación especial se corresponde con la gestión de los servicios municipales señalados, y el concejal o concejala que tenga una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales y concejalas con delegaciones especiales por asuntos específicos incluidos en su área.

- Delegación Especial de Deportes y Servicios Sociales, en favor del concejal Llorenç Mesquida Adrover, que comprende la dirección, gestión y resolución de los asuntos incluidos en el área de Servicios Sociales, Personas Mayores y Deportes, que a continuación se especifican:

  • Fomento y promoción del deporte

  • Instalaciones deportivas

  • Relación y cooperación con organismos y entidades en orden a la práctica y fomento de la actividad deportiva

  • Servicios Sociales. Dependencia

  • Servicios Sociales. Infancia y familia

  • Servicios Sociales. Proyecto Patios Abiertos

  • Centros de día 

El ámbito de la presente delegación especial se corresponde con la gestión de los servicios municipales señalados, y el concejal o concejala que tenga una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales y concejalas con delegaciones especiales por asuntos específicos incluidos en su área.

LAS DELEGACIONES ESPECIALES CONFERIDAS se circunscriben al estudio, dirección interna y gestión de la materia relacionada con el ámbito de actuación definido, incluida la firma de documentos de trámite, pero sin incluir en ningún caso la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, todo ello sin perjuicio de las delegaciones de firmas que se puedan conferir.

III. DELEGACIONES ESPECIALES TERRITORIALES.

 Delegar en la concejala Antònia Llodrà Brunet la gestión, atención y seguimiento para la mejora de los servicios públicos en los núcleos de Porto Cristo, Cala Anguila, Cala Magrana, Cala Mendia, s'Estany den Mas.

 Delegar en la concejala Júlia Acosta Miquel la gestión, atención y seguimiento para la mejora de los servicios públicos en los núcleos de s'Illot y Cala Morlanda.

 Delegar en la concejala Maria del Mar Nicolau Riera la gestión, atención y seguimiento para la mejora de los servicios públicos en los núcleos de Cales de Mallorca y Cala Murada. 

 Las delegaciones especiales territoriales conferidas se circunscriben al estudio y propuesta de las materias relacionadas con el ámbito de actuación territorial definido, incluida la firma de documentos de trámite, así como de ejecución, control y seguimiento de los actos y acuerdos municipales que tengan incidencia en el concreto ámbito territorial, pero sin incluir en ningún caso la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

 PARA TODAS LAS DELEGACIONES GENÉRICAS, ESPECIALES Y TERRITORIALES

1. Las competencias delegadas se ejercerán de acuerdo con lo que prevén los artículos 43 a 45 del ROF y en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en ningún otro órgano o miembro de la corporación. Los delegados y delegadas deberán mantener informada a la alcaldía de la gestión de la competencia delegada y de los actos o disposiciones que ha llevado a cabo en virtud de la delegación. Igualmente deberán informar a la alcaldía con carácter previo a la adopción de decisiones de trascendencia, en los términos del artículo 115 ROF.

 

2. De conformidad con el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, estas delegaciones tendrán efectos desde el momento de la adopción de esta resolución y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación de esta alcaldía.

 En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de los concejales y concejalas delegados, asumirá directa y automáticamente sus competencias esta alcaldía, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de avocación, en base a la presente resolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa en este sentido.

IV Dar cuenta de la presente resolución al Pleno en la próxima sesión que se convoque de conformidad con el artículo 38 ROF; notificarla personalmente a los designados y publicarla en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el tablón de anuncios del ayuntamiento, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y difundirla, de acuerdo con el principio de transparencia, mediante su publicación actualizada y permanente en la sede electrónica municipal, en cumplimiento de lo que disponen los artículos 5 y siguientes de la Ley 19/20'3, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno.

V. Comunicar esta resolución a todos los concejales y concejalas afectados y a los responsables de los diferentes servicios municipales, para su conocimiento y efectos, entendiéndose aceptada la delegación de competencias de forma tácita, si dentro del plazo de tres días hábiles contados desde la notificación de la resolución, el destinatario no hace manifestación expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación, según lo que establece el artículo 114 del ROF.

 

Manacor, 17 de febrero de 2026

El alcalde Miquel Oliver Miquel