Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 125260
Decreto 2026-0901 de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Manacor
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La Alcaldía presidencia a fecha 16 de febrero de 2026, inscripción n.º 2026-0901 ha dictado la resolución que seguidamente se transcribe:
«DECRETO ORGANIZATIVO DE LOS SERVICIOS ADMINISTRATIVOS AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Antecedentes
Dado que resulta necesario la configuración de las distintas Áreas o servicios en la que se estructura el Ayuntamiento de Manacor, en orden a un idóneo ejercicio de competencias y prestación de servicios en conformidad con los criterios de racionalización organizativa, así como la preceptiva adscripción de los organismos autónomos a determinadas Áreas o servicios y concejalías.
De conformidad con la regulación de las competencias de los municipios contenida en los artículos 25 a 27 de la LRBRL y haciendo uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1.a) y 85 bis de la Ley 7 / 1985, de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local, y los artículos 41.2 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales.
Teniendo en cuenta la regulación de las competencias propias que la Ley 7 / 1985 de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local y la Ley 20 / 2006, de 15 de diciembre, Municipal y de Régimen local de las Islas Baleares asigna los municipios de más de 20.000 habitantes, y las competencias que el Ayuntamiento de Manacor ejerce en calidad de competencia distinta de la propia y delegada «impropia»,
RESUELVO
PRIMERO - Crear y configurar en el Ayuntamiento de Manacor, las Áreas de gestión o servicios que a continuación se especifican, con las competencias y medios que por cada una se determinan, bajo la dirección del alcalde:
1. Área de Alcaldía
2. Área de Urbanismo y Vivienda
3. Área de Recursos Humanos y Turismo
4. Área de Espacio Público, Medio Ambiente, Interior y Movilidad
5. Área de Promoción Cultural y Educación
6. Área de Promoción Económica
7. Área de Servicios Sociales, Personas Mayores y Deportes
La titularidad de las áreas antes descritas corresponde al alcalde y a los tenientes de alcalde que ejerzan las competencias que se les atribuyan mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de delegación genérica.
Así mismo, podrán ser objeto de delegaciones específicas en los regidores que no formen parte de la Junta de Gobierno Local la attribution de la responsabilidad en la dirección y gestión de los servicios que se determinen mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de delegación especial.
Las atribuciones de cada Área son, genéricamente, las relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.
Además de estas atribuciones generales, a cada Área le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las siguientes materias.
La relación de competencias específicas señalada a cada Área podrá ser ampliada y completada mediante el oportuno Decreto de Alcaldía de desarrollo, que también podrá detallar el contenido y la forma del ejercicio de estas atribuciones.
1. Competencias específicas del Área de Alcaldía
1.1 Departamentos
Todo y la adscripción directa de los departamentos de Secretaría y Asesoría Jurídica al Área de Alcaldía, las funciones de los mencionados departamentos se extienden también a todo el resto de áreas de gestión municipal atendida la naturaleza transversal de las funciones que llevan a cabo ambos departamentos municipales.
Sin perjuicio del régimen de adscripción descrita, corresponde en el Área de Alcaldía, la coordinación de las diferentes áreas de gobierno municipal.
2. Competencias específicas del Área de Urbanismo y Vivienda
Departamentos:
3. Competencias específicas del Área de Recursos Humanos y Turismo
3.1 Departamentos
4. Competencias específicas del Área de Espacio Público, Medio Ambiente, Interior y Movilidad
4.1 Departamentos, y empresas adscritas:
Departamentos:
Empresas adscritas:
5. Competencias específicas del Área de Promoción Cultural y Educación
5.1. Departamentos y organismos autónomos:
Departamentos:
Organismos autónomos:
Todo y la adscripción directa de los departamentos de Intervención, Tesorería, las funciones de los mencionados departamentos se extienden también a todo el resto de áreas de gestión municipal atendida la naturaleza transversal de las funciones que llevan a cabo ambos departamentos municipales.
6. Competencias específicas del Área de Promoción Económica
6.1 Departamentos
7. Competencias específicas del Área de Servicios Sociales, Personas Mayores y Deportes
7.1 Departamentos y organismos autónomos: Departamentos:
SEGUNDO. Los decretos de delegación correspondientes establecerán las competencias generales que tienen que desarrollar los titulares responsables de las áreas y servicios delegados en el ejercicio de las atribuciones que tienen conferidas.
TERCERO . En carácter general los departamentos adscritos en las áreas que componen la estructura administrativa del Ayuntamiento de Manacor desarrollarán su actividad bajo el principio de cooperación interdepartamental con el objetivo de procurar la eficiencia de los servicios municipales que corresponde prestar dentro la estructura organizativa general de la corporación y de sus organismos dependientes.
CUARTO. El presente decreto entrará en vigor el día de su firma, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOIB conformemente con el dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales.
QUINTO. Difundir el contenido de esta resolución, en conformidad con el principio de transparencia, mediante su publicación actualizada y permanente a la sede electrónica municipal, en cumplimiento de aquello que disponen los artículos 5 y ss de la Ley 19 / 2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno ».
Manacor, 17 de febrero de 2026
El alcalde Miquel Oliver Gomila