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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 118128
Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social de modificación de la composición de los miembros del Tribunal calificador establecido en el anexo 6 de la Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social publicada el 3 de octubre de 2025 por la que se aprueba la convocatoria del proceso selectivo, por el turno libre, para el acceso a la categoría de peón especialista del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

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Texto

Antecedentes

1. En el BOIB núm. 136, de 14 de octubre de 2025, se publicó la Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social de 3 de octubre de 2025 por la que se aprueba la convocatoria del proceso selectivo, por el turno libre, para el acceso a la categoría de peón especialista del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. Dado que el vocal segundo titular alegó causa efectivamente justificada de imposibilidad de asistir a las sesiones del Tribunal Calificador de este proceso selectivo, y que ésta se considera procedente, dicho Tribunal se constituyó con el miembro inicialmente designado como vocal segundo suplente el día de la constitución.

3. En consecuencia, debe modificarse la composición del Tribunal Calificador de la categoría peón especialista con la finalidad de agilizar el correcto desarrollo del proceso selectivo garantizando los principios de eficacia y eficiencia administrativa, y designar al inicialmente designado como vocal segundo suplente como vocal segundo titular, y con el fin de completarlo y continuar con la tramitación del proceso selectivo designar un nuevo vocal segundo suplente.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 10 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en relación con el artículo 6.3 c) de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Convenio colectivo para el personal laboral de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. El Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de ingreso del personal al servicio de la CAIB.

Por todo ello, y haciendo uso de las competencias que me otorga el artículo 6.3.c) de la Ley 3/2007, dicto la siguiente

Resolución

1. Aceptar la causa de imposibilidad de asistir del vocal segundo titular a las sesiones del citado Tribunal Calificador por los motivos alegados en el escrito presentado y las causas expuestas en los Antecedentes de esta Resolución.

2. Modificar la composición del Tribunal Calificador establecido en el anexo 6 de la Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social de 3 de octubre de 2025 por la que se aprueba la convocatoria del proceso selectivo, por el turno libre, para el acceso a la categoría de peón especialista del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 136,  de 14 de octubre).

3. Designar nuevos vocales segundo, titular y suplente, del citado Tribunal Calificador, el cual queda conformado por los miembros que figuran en el anexo de esta Resolución.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la Sede Electrónica de la CAIB (www.caib.es) y en el Portal del Opositor (http://oposicions.caib.es).

 

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También se puede interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.

 

(Firmado electrónicamente: 13 de febrero de 2026)

La consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social Catalina Teresa Cabrer González

 

ANEXO Tribunal calificador por el turno libre y promoción interna, de personal laboral fijo de la categoría de Peón especialista (Grupo E, nivel 7)

Presidente: Sastre Moragues, Lira

Suplente: Sampol Morell, Francisca

 

Vocal 1 y secretario: Cubino Algaba, Florentino

Suplente: Rodríguez Tarongí, Alejandro David

 

Vocal 2: Ruiz Pou, Carlos

Suplente: León García, José Manuel