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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 122529
Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Ibiza en relación con la aprobación de la Adenda modificativa del Convenio específico de colaboración entre el Consejo Insular de Ibiza y el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, para facilitar el acceso a la vivienda, firmado el día 24 de noviembre del 2025, y publicado en el BOIB n.º 161 de 6 de diciembre de 2025

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Texto

El Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Ibiza, en sesión ordinaria de fecha 13 de febrero de 2026, aprobó por unanimidad, el acuerdo siguiente:

(...)

«PROPUESTA DE ACUERDO

PRIMERA. Modificar la cláusula primera, sobre objeto del convenio, de la siguiente forma:

A) Donde dice:

CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO DEL CONVENIO

(…)

a) Ayudas al alquiler a jóvenes del municipio:

Aportación del Consejo Insular de Ibiza: 50.000 €

Beneficiarios: Residentes del municipio menores de 30 años.

 

b) Ayudas al alquiler a residentes del municipio:

Aportación del Consejo Insular de Ibiza: 20.000 €

Beneficiarios: Residentes del municipio mayores de 30 años.

(...)

Tendría que decir:

CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO DEL CONVENIO

(…)

a) Ayudas al alquiler a jóvenes del municipio:

Aportación del Consejo Insular de Ibiza: 20.000 €

Beneficiarios: Residentes del municipio menores de 30 años

 

b) Ayudas al alquiler a residentes del municipio:

Aportación del Consejo Insular de Ibiza: 50.000 €

Beneficiarios: Residentes del municipio mayores de 30 años.

(...)

SEGUNDA. Modificar la cláusula cuarta, sobre obligaciones del Consejo Insular de Ibiza, de la forma siguiente:

B) Donde dice:

CLÁUSULA CUARTA. OBLIGACIONES DEL CONSEJO INSULAR DE IBIZA

(…)

a) Ayudas al alquiler a jóvenes del municipio (50.000 €), con cargo a la partida 9420.46200.

b) Ayudas al alquiler a residentes del municipio (20.000 €), con cargo a la partida 9420.46200.

(…)

Tendría que decir:

CLÁUSULA CUARTA. OBLIGACIONES DEL CONSEJO INSULAR De IBIZA

(…)

a) Ayudas al alquiler a jóvenes del municipio (20.000 €), con cargo a la partida 9420.46200.

b) Ayudas al alquiler a residentes del municipio (50.000 €), con cargo a la partida 9420.46200.

(…)

TERCERA. Esta Adenda entrará en vigor el mismo día de su firma.

CUARTA. PUBLICAR La ADENDA en el Portal de transparencia del Consejo Insular de Ibiza (http://transparencia.conselldeivissa.es), de conformidad con el establecido en los artículos 5.4 y 8.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, así como en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

QUINTA. NOTIFICAR al Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany el Acuerdo adoptado por el Consejo Ejecutivo.»

 

Ibiza, 17 de febrero de 2026

La jefa de servicio de Presidencia Concepción Rebollo Laserna

 

ADENDA AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CONSEJO INSULAR De IBIZA Y El AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY, PARA FACILITAR El ACCESO A La VIVIENDA, FIRMADO EL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL 2025, Y PUBLICADO EN EL BOIB N.º 161 DE 6 DE DICIEMBRE DE 2025

PARTES

Vicent Marí Torres, presidente del Consejo Insular de Ibiza por nombramiento del Pleno reunido en sesión extraordinaria de 23 de junio de 2023, en nombre y representación de esta entidad, y en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 21 de la Ley 4/2022, de 28 de junio de consejos insulares; los artículos 34 y 41.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, que regula las bases de régimen local, y el arte. 52 del Reglamento orgánico de esta corporación.

Marcos Serra Colomar, alcalde del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany por nombramiento del Pleno de 17 de junio de 2023, en nombre y representación de esta entidad, actuando en virtud de las facultades previstas en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.

Las partes se reconocen mutuamente la capacidad necesaria para formalizar este Convenio de conformidad con los siguientes:

ANTECEDENTES

1. El día 19 de noviembre de 2025, el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Ibiza aprobó el Convenio específico de colaboración entre el Consejo Insular de Ibiza y el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, para facilitar el acceso a la vivienda, firmado el día 24 de noviembre del 2025, y publicado en el BOIB n.º 161 de 6 de diciembre de 2025.

Consta en la cláusula primera, sobre objeto del convenio:

«El objeto del convenio es establecer la cooperación económica por parte del Consejo Insular de Ibiza con el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany (de ahora en adelante el Ayuntamiento), con motivo de la realización de actuaciones e inversiones para facilitar el acceso a la vivienda y paliar las dificultades existentes en esta materia en el municipio, en el marco de sus competencias.

En concreto, según las actuaciones previstas en la memoria presentada por el Ayuntamiento en fecha 09/07/25 con RGE 2025021807, se prevé la realización de las siguientes actuaciones:

a) Ayudas al alquiler a jóvenes del municipio:

 

Aportación del Consejo Insular de Ibiza: 50.000 €

Beneficiarios: Residentes del municipio menores de 30 años.

 

b) Ayudas al alquiler a residentes del municipio:

 

Aportación del Consejo Insular de Ibiza: 20.000 €

Beneficiarios: Residentes del municipio mayores de 30 años.

 

c) Adquisición de un terreno urbano para construir vivienda protegida.

 

Aportación del Consejo Insular de Ibiza: 464.268,32 €

Se concederá una ayuda económica máxima de 534.268,32 euros al Ayuntamiento, a cargo de fondos propios del Consejo Insular de Ibiza prevista en el Plan Insular de Cooperación Municipal para la anualidad 2025.»

Según la cláusula décima, de revisión y modificación del convenio, el siguiente:

«Los términos de este convenio podrán ser revisados siempre que no alteren el importe de la ayuda total concedida.

Cualquier otro tipo de modificación de los términos del presente convenio, tendrá que ser aprobada por las partes.

La sustitución de las actuaciones e inversiones, incluidas en el Anexo I del presente convenio por otras será motivo de modificación del mismo. La modificación será incluida a este Convenio en forma de adenda.»

El día 28 de noviembre de 2025, el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany pidió mediante escrito con RGE n.º 2025039294 a este Consejo, una modificación de los importes de las ayudas al alquiler destinadas a los residentes del municipio solicitadas inicialmente, en el sentido de:

A) Donde dice:

CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO DEL CONVENIO

(…)

a) Ayudas al alquiler a jóvenes del municipio:

Aportación del Consejo Insular de Ibiza: 50.000 €

Beneficiarios: Residentes del municipio menores de 30 años.

 

b) Ayudas al alquiler a residentes del municipio:

Aportación del Consejo Insular de Ibiza: 20.000 €

Beneficiarios: Residentes del municipio mayores de 30 años.

(...)

Tendría que decir:

CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO DEL CONVENIO

(…)

a) Ayudas al alquiler a jóvenes del municipio:

 

Aportación del Consejo Insular de Ibiza: 20.000 €

Beneficiarios: Residentes del municipio menores de 30 años.

 

b) Ayudas al alquiler a residentes del municipio:

 

Aportación del Consejo Insular de Ibiza: 50.000 €

Beneficiarios: Residentes del municipio mayores de 30 años.

(...)

En consecuencia con el anterior, modificar la cláusula cuarta de la forma siguiente:

B) Donde dice:

CLÁUSULA CUARTA. OBLIGACIONES DEL CONSEJO INSULAR DE IBIZA

(…)

a) Ayudas al alquiler a jóvenes del municipio (50.000 €), con cargo a la partida 9420.46200.

b) Ayudas al alquiler a residentes del municipio (20.000 €), con cargo a la partida 9420.46200.

(...)

Tendría que decir:

CLÁUSULA CUARTA. OBLIGACIONES DEL CONSEJO INSULAR DE IBIZA

(…)

a) Ayudas al alquiler a jóvenes del municipio (20.000 €), con cargo a la partida 9420.46200.

b) Ayudas al alquiler a residentes del municipio (50.000 €), con cargo a la partida 9420.46200.

(…)

2. El día 26 de enero de 2026, se celebró la Comisión de seguimiento prevista en el Convenio específico de colaboración entre el Consejo Insular de Ibiza y el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, para facilitar el acceso a la vivienda, firmado el día 24 de noviembre del 2025, y publicado en el BOIB n.º 161 de 6 de diciembre de 2025. Los miembros asistentes, acordaron la modificación de la cláusula primera, sobre objeto del convenio, y la cláusula cuarta, sobre obligaciones del Consejo Insular de Ibiza, según la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portamany con RGE n.º 2025039294, de fecha 28 de noviembre de 2025.

3. Consta en la cláusula décima del convenio que: "Los términos de este convenio podrán ser revisados siempre que no alteren el importe de la ayuda total concedida. Cualquier otro tipo de modificación de los términos del presente convenio, tendrá que ser aprobada por las partes.

La sustitución de las actuaciones e inversiones, incluidas en el Anexo I del presente convenio por otras será motivo de modificación del mismo. La modificación será incluida a este Convenio en forma de adenda."

4. Las modificaciones objeto de la presente adenda no suponen ninguna modificación de los importes previstos en el convenio (70.000 € imputados a la partida 9420.46200).

5. La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, en su artículo 36, establece que es competencia de las diputaciones o entidades equivalentes, como es el caso de los Consejos Insulares de acuerdo con el artículo 41 de la dicha ley, la asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica en los municipios, así como la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social.

6. La Ley 7/1985 también prevé la competencia de asegurar la prestación integral y adecuada en todo el territorio insular de los servicios de competencia municipal y, en este sentido, el Consejo Insular de Ibiza puede otorgar subvenciones y ayudas con cargo a sus fondos propios para la realización y el mantenimiento de obras e inversiones de competencia municipal, las cuales se podrán instrumentar mediante planes específicos u otros tipos de instrumentos.

7. De lo contrario, en el marco de los principios generales que tienen que regir las relaciones entre las diferentes administraciones públicas de la dicha Ley 40/2015, de 1 de octubre, se dispone en el artículo 3 que las administraciones públicas, en sus relaciones, se rigen por los principios de cooperación, colaboración y coordinación, y en su actuación por los criterios de eficacia y servicio efectivo a los ciudadanos.

Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar esta Adenda modificativa del Convenio de colaboración firmado el día 24 de noviembre del 2025, de acuerdo con las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. Modificar la cláusula primera, sobre objeto del convenio, de la siguiente forma:

 

A) Donde dice:

CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO DEL CONVENIO

(…)

a) Ayudas al alquiler a jóvenes del municipio:

 

Aportación del Consejo Insular de Ibiza: 50.000 €

Beneficiarios: Residentes del municipio menores de 30 años.

 

b) Ayudas al alquiler a residentes del municipio:

 

Aportación del Consejo Insular de Ibiza: 20.000 €

Beneficiarios: Residentes del municipio mayores de 30 años.

(...)

Tendría que decir:

CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO DEL CONVENIO

(…)

a) Ayudas al alquiler a jóvenes del municipio:

 

Aportación del Consejo Insular de Ibiza: 20.000 €

Beneficiarios: Residentes del municipio menores de 30 años.

 

b) Ayudas al alquiler a residentes del municipio:

 

Aportación del Consejo Insular de Ibiza: 50.000 €

Beneficiarios: Residentes del municipio mayores de 30 años.

(...)

SEGUNDA. Modificar la cláusula cuarta, sobre obligaciones del Consejo Insular de Ibiza, de la forma siguiente:

​​​​​​​B) Donde dice:

CLÁUSULA CUARTA. OBLIGACIONES DEL CONSEJO INSULAR De IBIZA

(…)

a) Ayudas al alquiler a jóvenes del municipio (50.000 €), con cargo a la partida 9420.46200.

b) Ayudas al alquiler a residentes del municipio (20.000 €), con cargo a la partida 9420.46200.

(...)

Tendría que decir:

CLÁUSULA CUARTA. OBLIGACIONES DEL CONSEJO INSULAR DE IBIZA

(…)

a) Ayudas al alquiler a jóvenes del municipio (20.000 €), con cargo a la partida 9420.46200.

b) Ayudas al alquiler a residentes del municipio (50.000 €), con cargo a la partida 9420.46200.

(…)

 

​​​​​​​TERCERA. Esta Adenda entrará en vigor el mismo día de su firma.

Y como prueba de conformidad, las partes firman el presente documento.

Consejo Insular de Ibiza                                            Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany

El presidente                                                              El  alcalde

Vicent Marí Torres                                                     Marcos Serra Colomar​​​​​​​