Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 110729
Resolución núm. 2026/BS/0000141 de 12/02/2026 de la Consejera de Bienestar Social en relación a la concesión de ayudas económicas para estancias en centros residenciales terapéuticos ubicados fuera de Menorca y para desplazamientos asociados correspondientes al año 2025 del Consell Insular de Menorca
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EXP. 1819-2025-000001 y consecutivos relacionados hasta el 1819-2025-000011
Dado que el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca en sesión ordinaria de día 6 de octubre de 2025, aprobó las bases y la convocatoria que tenían que regular la concesión de ayudas económicas para estancias en centros residenciales terapéuticos ubicados fuera de Menorca y para desplazamientos asociados, que fueron publicadas en el BOIB núm. 140 de 23 de octubre de 2025.
Atendidas las diez solicitudes de ayuda económica para estancias en centros residenciales terapéuticos ubicados fuera de Menorca y desplazamientos asociados, presentadas dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Atendida el acta de la Comisión Evaluadora celebrada el día 3 de febrero de 2026, reunida de acuerdo con aquello que establecen las bases undécima y duodécima de la convocatoria de estas ayudas y la propuesta de distribución de las ayudas.
Vista la fiscalización favorable de la concesión de estas ayudas, en fecha 9 de febrero de 2026 por parte del interventor del Consell Insular de Menorca.
Como titular del Departamento de Bienestar Social, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, por el Decreto de presidencia n.º 227/2023, de 17 de noviembre, de extinción de un departamento y de reestructuración del resto de departamentos (BOIB núm. 158 de 21 de noviembre de 2023)
RESUELVO
Primero.- Informar favorablemente sobre las siguientes diez solicitudes presentadas, así como de la concesión de los importes que constan, a cargo de la partida presupuestaria 23131-4800006-3 de las ayudas económicas para estancias en centros residenciales terapéuticos ubicados fuera de Menorca y por desplazamientos asociados correspondientes a la convocatoria del año 2025, por un importe total de 65.877,31 €.
-Titular del EXP. 1819-2025-000002 CPC (registro de entrada GE2025036000), con DNI ***3642**, la cantidad total de 8.980,07 €, en concepto de los gastos justificados por estancia en centro residencial terapéutico fuera de Menorca, según determinan las bases de la convocatoria por este concepto de ayuda por el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2024 y el 30 de noviembre de 2025.
Esta ayuda de carácter finalista, cuya justificación ya consta en el expediente, será ingresada directamente en la cuenta corriente declarada en la solicitud por la persona interesada, de acuerdo con la valoración, documentación y propuesta que figura en el expediente de referencia.
-Titular del EXP. 1819-2025-000003 JCV (registro de entrada GE2025036572), con DNI ***1212**, la cantidad total de 8.877,78 € en concepto de los gastos justificados por estancia en centro residencial terapéutico fuera de Menorca y por los desplazamientos de sus familiares, derivados de su estancia en el centro terapéutico mencionado, según determinan las bases de la convocatoria por este concepto de ayuda para el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2024 y el 30 de noviembre de 2025.
Esta ayuda de carácter finalista, cuya justificación ya consta en el expediente, será ingresada directamente en la cuenta corriente declarada en la solicitud por la persona interesada, de acuerdo con la valoración, documentación y propuesta que figura en el expediente de referencia.
-Titular del EXP. 1819-2025-000004 MRB (registro de entrada GE2025037073), con DNI ***9186**, la cantidad total de 9.674,63 € en concepto de los gastos justificados por estancia en centro residencial terapéutico fuera de Menorca, según determinan las bases de la convocatoria por este concepto de ayuda para el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2024 y el 30 de noviembre de 2025.
Esta ayuda de carácter finalista, cuya justificación ya consta en el expediente, será ingresada directamente en la cuenta corriente declarada en la solicitud por la persona interesada, de acuerdo con la valoración, documentación y propuesta que figura en el expediente de referencia.
-Titular del EXP. 1819-2025-000005 REFA (registro de entrada GE2025037055), con DNI ***0472**, la cantidad total de 706,63 € en concepto de los gastos justificados por desplazamientos de familiares derivados de su estancia en centro residencial terapéutico fuera de Menorca, según determinan las bases de la convocatoria por este concepto de ayuda para el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2024 y el 30 de noviembre de 2025.
Esta ayuda de carácter finalista, cuya justificación ya consta en el expediente, será ingresada directamente en la cuenta corriente declarada en la solicitud por la persona interesada, de acuerdo con la valoración, documentación y propuesta que figura en el expediente de referencia.
-Titular del EXP. 1819-2025-000006 MAB (registro de entrada GE2025037179), con DNI ***4429**, la cantidad total de 11.093,14 € en concepto de los gastos justificados por estancia en centro residencial terapéutico fuera de Menorca, según determinan las bases de la convocatoria por este concepto de ayuda para el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2024 y el 30 de noviembre de 2025.
Esta ayuda de carácter finalista, cuya justificación ya consta en el expediente, será ingresada directamente en la cuenta corriente declarada en la solicitud por la persona interesada, de acuerdo con la valoración, documentación y propuesta que figura en el expediente de referencia.
-Titular del EXP. 1819-2025-000007 PPC (registro de entrada GE2025037267), con DNI ***1032**, la cantidad total de 690,73 € en concepto de los gastos justificados por desplazamientos del beneficiario y de sus familiares derivados de su estancia en centro residencial terapéutico fuera de Menorca, según determinan las bases de la convocatoria por este concepto de ayuda para el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2024 y el 30 de noviembre de 2025.
Esta ayuda de carácter finalista, cuya justificación ya consta en el expediente, será ingresada directamente en la cuenta corriente declarada en la solicitud por la persona interesada, de acuerdo con la valoración, documentación y propuesta que figura en el expediente de referencia.
-Titular del EXP. 1819-2025-000008 ICM (registro de entrada GE2025037330), con DNI ***4963**, la cantidad total de 1.200,00 € en concepto de los gastos justificados por desplazamientos de familiares del beneficiario derivados de su estancia en centro residencial terapéutico fuera de Menorca, según determinan las bases de la convocatoria por este concepto de ayuda para el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2024 y el 30 de noviembre de 2025.
Esta ayuda de carácter finalista, cuya justificación ya consta en el expediente, será ingresada directamente en la cuenta corriente declarada en la solicitud por la persona interesada, de acuerdo con la valoración, documentación y propuesta que figura en el expediente de referencia.
-Titular del EXP. 1819-2025-000009 APO (registro de entrada GE2025037362), con DNI ***1303**, la cantidad total de 5.335,16 € en concepto de los gastos justificados por estancia en centro residencial terapéutico fuera de Menorca y por los desplazamientos de sus familiares, derivados de su estancia en el centro terapéutico mencionado, según determinan las bases de la convocatoria por este concepto de ayuda para el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2024 y el 30 de noviembre de 2025.
Esta ayuda de carácter finalista, cuya justificación ya consta en el expediente, será ingresada directamente en la cuenta corriente declarada en la solicitud por la persona interesada, de acuerdo con la valoración, documentación y propuesta que figura en el expediente de referencia.
-Titular del EXP. 1819-2025-000010 NMM (registro de entrada GE2025037505), con DNI ***3819**, la cantidad total de 2.385,67 € en concepto de los gastos justificados por estancia en centro residencial terapéutico fuera de Menorca y por los desplazamientos de la beneficiaria y de sus familiares, derivados de su estancia en el centro terapéutico mencionado, según determinan las bases de la convocatoria por este concepto de ayuda para el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2024 y el 30 de noviembre de 2025.
Esta ayuda de carácter finalista, cuya justificación ya consta en el expediente, será ingresada directamente en la cuenta corriente declarada en la solicitud por la persona interesada, de acuerdo con la valoración, documentación y propuesta que figura en el expediente de referencia.
-Titular del EXP. 1819-2025-000011 OSS (registro de entrada GE2025037508), con DNI ***0948**, la cantidad total de 16.933,50 €, en concepto de los gastos justificados por estancia en centro residencial terapéutico fuera de Menorca, según determinan las bases de la convocatoria por este concepto de ayuda para el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2024 y el 30 de noviembre de 2025.
Esta ayuda de carácter finalista, cuya justificación ya consta en el expediente, será ingresada directamente en la cuenta corriente declarada en la solicitud por la persona interesada, de acuerdo con la valoración, documentación y propuesta que figura en el expediente de referencia.
Segundo.- Notificar, mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares la presente resolución a los interesados, de acuerdo con lo que establecen la base undécima de la convocatoria de ayudas referenciada y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, lo que comunico para su conocimiento y tenga los efectos que correspondan, al mismo tiempo que hago saber que contra el acuerdo precedente, que no agota la vía administrativa, se puede interponer, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de recepción de esta notificación, recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consell Insular, sin perjuicio que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se considere procedente en derecho.
El mencionado recurso se entenderá desestimado si no se os ha notificado la resolución cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podréis interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma.
Tercero.- Comunicar estos acuerdos al Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
Maó, 12 de febrero de 2026
La consejera ejecutiva Carmen Reynés Calvache (DP 92, de 10.7.2023) (BOIB núm. 95 d'11.7.2023)