Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, COORDINACIÓN DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO Y COOPERACIÓN LOCAL
Núm. 109153
Resolución de la vicepresidenta segunda y consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local por la que se modifica la Resolución de 23 de octubre de 2025 por la que se aprueba la convocatoria para participar en el mercado del Día de las Illes Balears 2026 y se establecen las bases de selección de los participantes
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El día 23 de octubre de 2025, la vicepresidenta segunda y consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local dictó una resolución por la que se aprueba la convocatoria para participar en el mercado del Día de las Illes Balears 2026 y se establecen las bases de selección de los participantes. Esta resolución se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears el 28 de octubre de 2025 (BOIB n.º 142).
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se ha constatado una participación muy elevada, con un número de solicitudes presentadas que supera ampliamente el número de plazas inicialmente previsto.
El mercado del Día de las Illes Balears tiene como finalidad principal la promoción de la artesanía, de los productos y de las manifestaciones culturales propias de las Illes Balears, así como la difusión del patrimonio cultural, gastronómico y creativo del archipiélago entre la ciudadanía.
El elevado número de solicitudes presentadas pone de manifiesto el interés creciente de los artesanos, los productores, las entidades culturales y los creadores vinculados a la cultura balear en participar en este espacio de encuentro y proyección, lo que evidencia la vitalidad del sector y la importancia de ofrecer una representación lo más amplia posible de la diversidad territorial y cultural de las Illes Balears.
La ampliación del número de plazas permitirá reforzar el carácter representativo del mercado y favorecerá la presencia de un mayor número de oficios artesanos, expresiones culturales y productos tradicionales. De este modo, se contribuirá a la preservación, promoción y transmisión de la identidad y de los valores culturales propios de las Illes Balears.
El incremento de participantes es compatible con las características del espacio, la organización y la logística del mercado, y no compromete ni la calidad del evento ni las condiciones de seguridad, ni altera los criterios de selección que establecen las bases reguladoras de la convocatoria.
Así pues, se considera oportuno y conveniente modificar la Resolución de 23 de octubre de 2025 con la finalidad de aumentar el número de plazas disponibles para dar respuesta a la demanda existente y fomentar una mayor participación en el mercado del Día de las Illes Balears 2026.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar el punto I.3 del anexo de la Resolución de la consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local por la que se aprueba la convocatoria para participar en el mercado del Día de las Illes Balears 2026 y se establecen las bases de selección de los participantes, que queda redactado de la siguiente forma:
Las personas interesadas que cumplan los requisitos establecidos en cada caso podrán participar en una de las siguientes modalidades:
Modalidad A: artesanos de las Illes Balears que disponen de una acreditación expedida por los consejos insulares de acuerdo con el Decreto 41/2014, de 5 de septiembre, por el que se establecen los principios generales del procedimiento para obtener la carta de artesano, la carta de maestro artesano, el documento de cualificación artesanal y la carta de maestro artesano honorífico.
Reserva de plazas para la modalidad A: 117.
Modalidad B: personas de las Illes Balears que llevan a cabo una actividad artesanal pero no disponen de una acreditación expedida por los consejos insulares de acuerdo con el Decreto 41/2014, de 5 de septiembre, por el que se establecen los principios generales del procedimiento para obtener la carta de artesano, la carta de maestro artesano, el documento de cualificación artesanal y la carta de maestro artesano honorífico.
Reserva de plazas para la modalidad B: 43.
Modalidad C: vendedores no artesanos de las Illes Balears.
Reserva de plazas para la modalidad C: 10.
Modalidad D: artesanos de otras regiones del Estado español o de la Unión Europea que disponen de una acreditación de carta de artesano del organismo competente de su comunidad autónoma o del país de la Unión Europea.
Reserva de plazas para la modalidad D: 5 plazas.
Las personas interesadas en participar en el mercado con un puesto solo podrán presentar la solicitud a una de las modalidades.
Las personas interesadas que cumplan los requisitos para participar en una de las modalidades de esta convocatoria y en la convocatoria que, en su caso, se apruebe para participar en la Feria del Producto Local solo podrán participar en una de las convocatorias.
2. Modificar, dentro del punto II («Normas de participación en la modalidad A: artesanos que disponen de acreditación expedida por los consejos insulares de acuerdo con el Decreto 41/2014, de 5 de septiembre, por el que se establecen los principios generales del procedimiento para obtener la carta de artesano, la carta de maestro artesano, el documento de cualificación artesanal y la carta de maestro artesano honorífico»), el apartado 4 («Criterios de selección»), que queda redactado de la siguiente forma:
Se dispone de 117 plazas para la participación en esta modalidad A. En el caso de que haya más solicitudes que puestos disponibles, se aplicará un baremo basado en los siguientes criterios:
a) Premios y reconocimientos:
b) Cartas de artesano y cualificaciones:
c) Participación en ferias anteriores:
La puntuación máxima en este apartado es de 40 puntos.
d) Distinciones:
3. Modificar, dentro del punto II («Normas de participación en la modalidad A: artesanos que disponen de acreditación expedida por los consejos insulares de acuerdo con el Decreto 41/2014, de 5 de septiembre, por el que se establecen los principios generales del procedimiento para obtener la carta de artesano, la carta de maestro artesano, el documento de cualificación artesanal y la carta de maestro artesano honorífico»), el apartado 8 («Resolución de la convocatoria»), que queda redactado de la siguiente forma:
El plazo para resolver esta convocatoria será de dos meses a contar desde el día en que finalice el plazo para presentar las solicitudes.
Antes de que acabe dicho plazo, la comisión técnica de valoración publicará en la Sede Electrónica la propuesta provisional de adjudicación de los puestos de la modalidad A incluida en el Día de las Illes Balears 2026. En el caso de que haya más de 117 solicitantes, también se publicará una lista de espera de los solicitantes sin puesto adjudicado, con la finalidad de poder asignarles uno en el caso de que alguno de los adjudicatarios renuncie.
Las personas interesadas podrán presentar observaciones o reclamaciones a la propuesta provisional publicada en la Sede Electrónica dentro del plazo de dos días hábiles a contar a partir del día siguiente a la fecha de exposición pública.
Después de haber examinado las observaciones y reclamaciones presentadas dentro del plazo establecido y de haber oído, en su caso, a las personas interesadas, la comisión técnica de valoración formulará la propuesta definitiva de adjudicación de los puestos, la cual podrá incluir, en todo caso, los cambios que sean consecuencia de las observaciones y reclamaciones presentadas. Asimismo, la propuesta definitiva podrá incluir, respecto de la provisional, la subsanación de oficio de los errores materiales, aritméticos o de hecho que se hayan detectado. La propuesta definitiva se elevará a la consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local para que dicte resolución.
4. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También puede interponerse directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
(Firmado electrónicamente: 11 de febrero de 2026)
La vicepresidenta segunda y consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local Antònia Maria Estarellas Torrens