Sección II. Autoridades y personal
Subsección tercera. Cursos y formación
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 107665
Resolución del director gerente de la Escuela Balear de Administración Pública por la que se aprueba el contenido y la evaluación para el reciclaje para el reingreso a la categoría de policía local
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Antecedentes
1. El artículo 5.1 del Decreto 31/2012, de 13 de abril, por el cual se aprueban los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública (en adelante, EBAP), incluye entre sus funciones la promoción, la organización y la gestión de la formación, el reciclaje y el perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma y, si procede, del resto de administraciones de su ámbito territorial.
2. El artículo 45 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, regula las condiciones del reingreso al servicio activo. Concretamente, en su punto segundo, se establece que en el caso de que un funcionario de carrera solicite el reingreso al servicio activo por encontrarse en situación administrativa de excedencia, y esta haya sido superior a dos años, se debe realizar un curso de reciclaje de acuerdo con la categoría a la que se pretende retornar, una vez producido el reingreso al servicio activo y dentro del plazo de un año.
3. De acuerdo con el artículo 200, punto segundo, del Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, aprobado por el Decreto 40/2019, de 24 de mayo, la Escuela Balear de Administración Pública o, si procede, la Escuela de Seguridad Pública de las Illes Balears, debe determinar el contenido del reciclaje necesario para reincorporarse a cada categoría en los supuestos que prevé el artículo 45 de la Ley 4/2013 y llevar a cabo su evaluación.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 45 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears.
2. El artículo 200 del Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, aprobado por el Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Illes Balears.
3. Los artículos 5.1 y 12.5.m) de los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública, aprobados por el Decreto 31/2012, de 13 de abril.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar el contenido del reciclaje necesario para reincorporarse a la categoría de policía del cuerpo de policía local, de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1.
2. Aprobar la metodología de evaluación del reciclaje para reincorporarse a la categoría de policía del cuerpo de policía local, de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1.
3. Publicar esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears y en la Sede electrónica de la EBAP.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
(Firmado electrónicamente: 6 de febrero de 2026)
El director gerente de la EBAP Pedro Siquier Gutiérrez
ANEXO 1
1. Alumnado
Podrán ser alumnos las personas que reingresen al servicio activo en el cuerpo de policía local por encontrarse en situación administrativa de excedencia.
El acceso al contenido del reciclaje se facilitará previa solicitud de las personas interesadas dirigida a la EBAP mediante registro electrónico dentro del año siguiente a su reingreso, indicando el municipio en el que prestarán sus servicios.
2. Contenido
El contenido del reciclaje para reincorporarse al cuerpo de policía local se corresponde con las siguientes materias a las que hace referencia la Resolución de la consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local de 14 de diciembre de 2025, por la que se aprueba el contenido, el desarrollo, la metodología, la duración, la evaluación y el régimen interno del Curso básico de capacitación para el acceso a la categoría de policía local (BOIB núm. 9, de 17 de enero), o la posterior que la modifique:
A) Seguridad vial y circulación. Tráfico urbano. Procedimientos con matrículas extranjeras y vehículos de movilidad personal.
B) Intervención en accidentes de tráfico.
C) Intervención en alcoholimetrías y etilometrías. Aspectos básicos de la intervención en delitos contra la seguridad vial.
D) Derecho administrativo y derecho local.
E) Normativa autonómica de la policía local.
F) Derecho penal.
G) Violencia de género.
H) Primeros auxilios.
3. Acceso al contenido del reciclaje
El acceso al contenido del reciclaje para el reingreso a la categoría de policía del cuerpo de policía se llevará a cabo mediante la plataforma digital de la EBAP en línea.
La EBAP pondrá a disposición de las personas interesadas los materiales didácticos actualizados en la web https://ebapenlinia.caib.es/, lo cual se comunicará a la dirección electrónica facilitada por el alumnado.
Por lo tanto, es imprescindible que las personas que se reincorporen al servicio activo en el cuerpo de policía local dispongan de un dispositivo con conexión a internet que permita el seguimiento de las actividades del reciclaje que se impartan en esta modalidad, de certificado digital y de dirección electrónica.
4. Metodología de evaluación
Consistirá en responder por escrito un cuestionario tipo test de 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las cuales solo una es correcta. Las 10 últimas preguntas serán de reserva.
Esta prueba se calificará de 0 a 10 puntos. Cada respuesta correcta se valorará con 0,11 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si están en blanco como si contienen más de una opción marcada, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un tercio del valor asignado a la respuesta correcta. Para superarla será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
La fecha de la prueba, las instrucciones para realizarla y el enlace para acceder se comunicarán a la persona interesada en la dirección electrónica facilitada con un mes de antelación.
El criterio de evaluación será de apto/no apto, siendo apto con una nota superior a 5. En caso de no superar el primer intento, se podrá realizar un segundo.
5. Certificado
Una vez superada la evaluación del contenido, la EBAP emitirá el certificado correspondiente, que estará a disposición del alumnado en su dirección electrónica.
Asimismo, la EBAP comunicará el resultado de la prueba de evaluación del reciclaje al ayuntamiento del municipio donde la persona evaluada preste sus servicios como policía local.