Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y FORMACIÓN AGROALIMENTARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (IRFAP)
Núm. 104059
Propuesta de Resolución que se convierte en Resolución de inscripción al Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies de cereales y de leguminosas del año 2025, en las Illes Balears
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Hechos
1) El 7 de agosto de 2025 se publicó en el BOIB Núm. 105 el Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies de cereales y de leguminosas del año 2025, en las Illes Balears.
2) El 12 de agosto de 2025 se publicó en el BOIB núm. 107 la Modificación del Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies de cereales y de leguminosas del año 2025, en las Illes Balears.
3) El plazo de presentación de solicitudes finalizó el 24 de agosto de 2025. Se registraron un total de 357 solicitudes. De ellas, se unificaron 2 solicitudes duplicadas, conservando únicamente la versión válida en cada caso. Una vez hecha esta depuración, se han conformado 355 expedientes, a los que se ha incorporado toda la documentación e información presentada por los solicitantes.
4) En el BOIB Núm. 5 de 10 de enero de 2026 se publicó el Informe y Propuesta de resolución de inscripción al Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies de cereales y de leguminosas del año 2025, en las Illes Balears. El informe incluye la propuesta de inscripción de 350 expedientes con la correspondiente aceptación, en su caso, de la cesión del derecho de cobro de la ayuda de minimis para la adquisición de semilla certificada del año 2025, convocada por el FOGAIBA mediante el BOIB núm. 111, de 21 de agosto de 2025. Asimismo, se propone la no inscripción de 5 expedientes.
5) Dentro del plazo de 10 días hábiles establecido en el punto 5 del Informe y Propuesta de resolución de inscripción en el Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies de cereales y de leguminosas del año 2025, en las Illes Balears, publicado en el BOIB Núm. 5 de 10 de enero de 2025, no se ha presentado ninguna alegación.
6) La Dirección de Desarrollo de la Producción Agraria del IRFAP ha llevado a cabo las actuaciones necesarias para determinar, conocer y comprobar los datos de los solicitantes, resultando que:
a) Los beneficiarios indicados en el Anexo I cumplen los requisitos previstos en la convocatoria para su inscripción en el Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies de cereales y de leguminosas del año 2025, en las Illes Balears.
b) Los titulares indicados en el Anexo II no cumplen los requisitos previstos en la convocatoria para su inscripción en el Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies de cereales y de leguminosas del año 2025, en las Illes Balears.
Fundamentos de derecho
1. El Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies de cereales y de leguminosas del año 2025, en las Illes Balears, publicado en el BOIB núm. 105 de fecha 7 de agosto de 2025.
2. La Modificación del Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies de cereales y de leguminosas del año 2025, en las Illes Balears, publicada en el BOIB núm. 107 de 12 de agosto de 2025.
3. El Informe y Propuesta de resolución de inscripción en el Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies de cereales y de leguminosas del año 2025, en las Illes Balears, publicado en el BOIB Núm. 5 de 10 de enero de 2026.
Resolución de inscripción
Por todo lo citado, se propone resolver:
1) La inscripción de las solicitudes que constan en el Anexo I. Relación de expedientes inscritos en el Programa, en los que se indica el número de expediente, el NIF y la identificación nominal de las personas beneficiarias, el almacén colaborador, las variedades y la superficie admitida, y los kilos de semilla de cada variedad asignados. Este anexo se inicia con NIF ***8569**y termina con NIF ***4677**.
2) La No inscripción de las solicitudes que constan en el Anexo II. Relación de expedientes No inscritos en el Programa, en los que se indica el número de expediente, el NIF y la identificación nominal de las personas NO beneficiarias, y el motivo de denegación. Este anexo se inicia con NIF ***8542** y termina con NIF ***4033**.
3) Aceptar, en su caso, la cesión del derecho de cobro de la ayuda de minimis para la adquisición de semilla certificada del año 2025, convocada por el FOGAIBA (BOIB núm. 111, de 21 de agosto de 2025), que corresponda a los beneficiarios relacionados en el anexo I, siempre que éstos la soliciten ante el FOGAIBA y que este órgano autorice expresamente la cesión, de acuerdo con lo previsto en el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4) Publicar en el BOIB esta propuesta de resolución que se convierte en Resolución de inscripción en el Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies de cereales y de leguminosas del año 2025, en las Illes Balears.
Interposición de recursos.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (10 de febrero de 2026)
Propone,
El director de Desarrollo de la Producción agraria del IRFAP Jaume Jaume Sureda
Visto bueno,
La directora gerente del IRFAP Georgina Brunet i Ródenas
Conforme con la Propuesta, dicto Resolución
(Firmado electrónicamente: 11 de febrero de 2026)
El presidente del IRFAP Joan Simonet Pons