Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 94740
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se modifica la convocatoria de ayudas de formación de profesorado universitario para las áreas con déficit estructural de personal acreditado de medicina y enfermería, así como las subvenciones correspondientes para tasas académicas (FPU-MEIN CAIB 2026)
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Las ayudas FPU-MEIN tienen como objeto la formación de doctores mediante la financiación de contratos laborales, en la modalidad de contrato a tiempo parcial de profesor sustituto, para las solicitudes que se ajusten al perfil clínico, o en la modalidad predoctoral, para las solicitudes que se ajusten al perfil general, para la formación investigadora en programas de doctorado para la consecución del título de doctor y la adquisición de competencias docentes universitarias en áreas con déficit estructural de personal acreditado de medicina y enfermería en la Universidad de las Illes Balears, que faciliten la futura incorporación de doctores al sistema balear de educación superior y de investigación científica para hacer una tesis doctoral asociada a un proyecto de investigación financiado por proyectos de I+D subvencionados por un organismo competente mediante una convocatoria pública competitiva.
Mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024 se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares 2024-2026 (BOIB núm. 52, de 20 de abril) en el que están incluidas las ayudas objeto de la convocatoria.
En fecha 23 de diciembre de 2025 se publicó en el BOIB núm. 170 la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se convocan ayudas de formación de profesorado universitario para las áreas con déficit estructural de personal acreditado de medicina y enfermería, así como las subvenciones correspondientes para tasas académicas (FPU-MEIN CAIB 2026).
En la memoria del director general de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores, de fecha 5 de noviembre de 2025, se justifican los motivos de interés público que acreditan la necesidad de aprobar la convocatoria, dado que en Medicina y Enfermería tienen una dificultad muy elevada para conseguir personal que se pueda consolidar en el ámbito universitario, dado el carácter vocacional asistencial y la alta demanda y la incorporación rápida al mercado laboral, lo que provoca que la incorporación al ámbito académico sea más tardía y dificulta la impartición de estas enseñanzas universitarias.
La convocatoria publicada el 23 de diciembre de 2025 establece un plazo de solicitud desde el 27 de enero de 2026 hasta el 26 de febrero de 2026. La modificación que se propone no hace necesario modificar el plazo de solicitud que quedaría exactamente igual.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Primero. Modificar de la siguiente forma la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se convocan ayudas de formación de profesorado universitario para las áreas con déficit estructural de personal acreditado de medicina y enfermería, así como las subvenciones correspondientes para tasas académicas (FPU-MEIN CAIB 2026):
Se modifica el punto 2 del apartado octavo del anexo de la resolución de convocatoria, que establece los requisitos de los candidatos, que debe quedar redactado de la siguiente manera:
Donde dice:
“[..]
2. La finalización de los estudios tiene que ser posterior al 1 de enero de 2016. Sin embargo, la fecha de finalización de los estudios puede ser como límite el 1 de enero de 2011 para las personas tituladas en Enfermería o Medicina que, en el momento de solicitar la ayuda, tengan un título de formación sanitaria especializada (EIR y MIR, respectivamente).
[..]”
Debe decir:
“[..]
2. La finalización de los estudios tiene que ser posterior al 1 de enero de 2016. Sin embargo, la fecha de finalización de los estudios puede ser como límite el 1 de enero de 2011 en los casos siguientes:
a) Las personas tituladas en Enfermería o Medicina que, en el momento de solicitar la ayuda, tengan un título de formación sanitaria especializada (EIR y MIR, respectivamente).
b) Los titulados que acabaron los estudios después del 1 de enero de 2011 y que acrediten que desde esa fecha hasta hoy día se han dedicado al cuidado de hijos menores de seis años o de personas dependientes.
[..]"
Segundo. No modificar el plazo de solicitud.
Tercero. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
El recurso potestativo de reposición se entiende desestimado si no se ha resuelto y no se ha notificado la resolución en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su finalización. En este caso, queda expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa en los términos que establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Contra esta Resolución, también se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998.
Palma, (firmado electrónicamente: 6 de febrero de 2026)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany