Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
MANCOMUNIDAD DE ES RAIGUER
Núm. 85503
Delegación de competencias del Pleno de la Mancomunitat des Raiguer a favor del presidente de la Mancomunitat des Raiguer en materia de contratación
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En sesión extraordinaria celebrada en fecha 5 de noviembre de 2025, el Pleno de la Mancomunitat des Raiguer ha acordado delegar a favor del presidente de la Mancomunitat des Raiguer competencias en materia de contratación, en relación al contrato "Ejecución de las obras para la mejora de la red ciclable de los municipios de Búger, Campanet, Mancor de la Vall y Selva (incluidos los núcleos de Selva, Caimari, Moscari, Biniamar y Binibona)", ajustándose a lo previsto en el artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, para la agilidad y celeridad de los trámites, con la finalidad de garantizar la eficiencia administrativa y el cumplimiento de los plazos establecidos por la financiación recibida.
La delegación comprende el ejercicio de las competencias establecidas en la Disposición Adicional Segunda, Apartado 2, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, como órgano de contratación respecto del contrato “Ejecución de las obras para la mejora de la red ciclable de los municipios de Búger, Campanet, Mancor de la Vall y Selva (incluidos los núcleos de Selva, Caimari, Moscari, Biniamar y Binibona)”.
La presente delegación de competencia de contratación abarca e incluye tanto el acto de adjudicación, como el resto y generalidad de actos de trámite y resolutorios del procedimiento, incluyendo la aprobación de gasto y la inspección y control de la ejecución del contrato, así como cualquier otro acto relativo a la ejecución del mismo.
En el caso, contratación de obras, se delegan asimismo las facultades inherentes a la aprobación del proyecto de obra, comprobación del replanteo y aprobación de certificación final de obra.
La delegación del ejercicio de competencias del Pleno en Presidencia abarca asimismo la atribución a que se refiere el Art. 22.2.m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, relativa a la concertación de operaciones de crédito y operaciones de tesorería.
Lo que se publica para su conocimiento general, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Binissalem, en la fecha de la firma electrónica (16 de enero de 2026)
El presidente Joan Rotger Seguí