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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA
Núm. 77520
Requerimiento de documentación complementaria en el trámite de subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR 2026)
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1. El 19 de diciembre de 2025, en el BOIB n.º 171, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía de 25 de diciembre de 2025 por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el año 2026 para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas dentro del Programa FEDER 2021-2027.
2. Los servicios técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado las solicitudes y han detectado que falta documentación en los expedientes, que se detalla en la tabla siguiente, y que el interesado debe aportar, de acuerdo con el apartado séptimo de la resolución de la convocatoria de referencia.
3. Los expedientes se han valorado por orden de prelación, en función de la fecha y hora de entrada de la solicitud en el registro de la CAIB. El número de expediente lo asigna el aplicativo de gestión de subvenciones una vez ha entrado en su bandeja de entrada que puede diferir de la fecha y hora de entrada real por error en el proceso de transferencia de datos entre sistemas.
4. Hay que indicar que, en el caso de la subsanación de deficiencias, la fecha de presentación de la documentación de la subsanación es la que establece el orden para resolver el expediente, y, en el caso de la presentación de la aclaración, es la fecha de registro de la solicitud la que determina el orden de prelación.
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Expediente |
Solicitante |
NIF |
Anomalías |
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FOTOPAR26-7/2026 |
PEP LLUIS MOYA BOSCH |
***8505** |
- Memoria técnica con presupuesto detallado de las actuaciones (documento normalizado 2): La memoria técnica no incluye las coordenadas UTM ni el n.º RII de la empresa habilitada ni lo CUPS y tampoco está firmado digitalmente por un instalador autorizado
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FOTOPAR26-15/2026 |
BARBARA MARIA RAMIS ALBA |
***1228** |
- Memoria técnica con presupuesto detallado de las actuaciones (documento normalizado 2): En el documento 2 presentado está incompleto y sin firmar por parte del instalador autorizado
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FOTOPAR26-49/2026 |
MARIA NURIA AGUILÓ CASABONA |
***9485** |
- Memoria técnica cono presupuesto detallado de las actuaciones (documento normalizado 2): lo documento 2 presentado está incompleto y sin firmar miedo parte del instalador autorizado
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FOTOPAR26-62/2026 |
Antonio Rami Alós |
***7931** |
Para instalaciones no conectadas en la red eléctrica, documento que acredite la legalidad del lugar de emplazamiento de la instalación: El documento de legalidad del emplazamiento aportado no es ninguno de los documentos que se enumeran en el apartado 4.5 de las bases de la convocatoria. En el caso de instalaciones aisladas, se tiene que acreditar la legalidad del lugar de emplazamiento de la instalación con uno de los documentos siguientes: un certificado del ayuntamiento que acredite la legalidad, la cédula de habitabilidad, una copia de la licencia de obras en vigor o el certificado de final de obra.
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FOTOPAR26-121/2026 |
ANTONIA GOMEZ JAUME |
***3927** |
- Certificados de obligaciones tributarias con el Estado, la CAIB y la Seguridad Social: El solicitante no está al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria estatal. Es necesario aportar certificado del AEAT acreditando estar al corriente de pagos pendientes. |
En caso de que no se presente la documentación mencionada en el plazo de diez días desde la publicación de esta comunicación en el BOIB, se le tendrá por desistido de su petición, visto el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, con la resolución previa que declarará concluido el procedimiento y ordenará el archivo de las actuaciones realizadas hasta aquel momento, de acuerdo con el artículo 21 de esta Ley.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (2 de febrero de 2026)
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez