Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 77257
Acuerdo plenario de delegación de competencias al EBAP para llevar a cabo el proceso unificado para la selección de vacantes de policía local del Ayuntamiento de Calviá
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El Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 29 de enero de 2.026, acordó por unanimidad de los miembros presentes, la delegación de competencia para llevar a cabo proceso unificado por la selección de policías en la Escuela Balear de Administración Pública con el siguiente tenor literal:
"1. Mediante la Resolución de la consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local de fecha 22 de diciembre de 2025 (BOIB, núm.177, de 25 de diciembre de 2025) se otorga la posibilidad para que los ayuntamientos deleguen en el EBAP las competencias para llevar a cabo el proceso unificado de selección para cubrir las vacantes de la categoría de policía de los cuerpos de la policía local, en aplicación del artículo 30.3 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares.
2. En virtud del punto 2 del anexo 1 de la mencionada resolución de la consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local de fecha 22 de diciembre de 2025, las competencias que los Ayuntamientos deben delegar a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, a través de la Escuela Balear de Administración Pública son las siguientes:
a) Aprobar las bases y la gestión del proceso selectivo, que será único para cada isla. Ladelegació incluye las competencias para adoptar las resoluciones necesarias para llevar aterme la convocatoria y aprobar las bases y el proceso selectivo, sin que suponga la alteración de la titularidad de la competencia atribuida a cada ayuntamiento.
b) Llevar a cabo todos los actos materiales y jurídicos que integran el procedimiento de oposición según las bases de la convocatoria, y las normas sobre policieslocals y función pública aplicables.
Estos actos son, como mínimo, los siguientes:
- Recepcionar y gestionar las solicitudes de participación y la documentación acreditativadel cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como el cobro de las tasas que se prevén en la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específicde tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
- Elaborar las resoluciones de las listas, tanto las provisionales como las definitivas, de las personas admitidas y excluidas en los procedimientos.
- Gestionar el operativo necesario para el desarrollo material de los ejercicios.
- Notificar y publicar los actos administrativos y las resoluciones relacionadas con elprocés selectivo.
- Determinar la composición del tribunal calificador, nombrar los miembros y resolver las posibles recusaciones.
- Proponer la adjudicación de destinos de los aspirantes que superen la oposición porque el ayuntamiento correspondiente los nombre personal funcionario en prácticas.
- El resto de actuaciones que sean necesarias para el funcionamiento normal del proceso selectivo, incluidas las resoluciones de reclamaciones y los recursos potestativos de reposición que, si se tercia, se presenten y que deriven de la fase de oposición del proceso selectivo, con la colaboración jurídica del Instituto de Seguridad Pública de las Islas Baleares.
La delegación no incluye las reclamaciones y los recursos potestativos de reposición que se presenten con relación en la fase de prácticas en el municipio que se tendrá que desarrollar en cada ayuntamiento.
3. El Ayuntamiento de Calvià tiene aprobada la Oferta de Ocupación Pública de la Policía Local correspondiente en 2025 en las cuales se oferten un total de 6 plazas vacantes de la categoría de policía local (BOIB, n.º 145, de 1 de noviembre de 2025)
4. Esta Corporación municipal está interesada al participar en el proceso unificado de selección para cubrir las plazas vacantes de la categoría de policía local de los cuerpos de polica local y proceder a delegar las competencias necesarias para llevarlo a cabo a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, a través de la Escuela Balear de Administración Pública.
A la vista de lo expuesto se eleva al Pleno de la Corporación, la siguiente
PROPUESTA DE ACUERDO
1. Delegar la gestión del proceso selectivo de la categoría de policía de los cuerpos de la policía local de Calvià en favor de la Consellería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local del Gobierno de las Islas Baleares, a través de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP).
2. Establecer que las competencias objeto de delegación en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares de la gestión del proceso selectivos de los cuerpos de la policía local, son las previstas en el punto 2 del Anexo 1 de la Resolución de la consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local de fecha 22 de diciembre de 2025 (BOIB, núm.177, de 25 de diciembre de 2025)
3. Delimitar la delegación a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares de la gestión del proceso selectivos de los cuerpos de la policía local, a través de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) en las plazas vacantes de la categoría de policía local previstas en la oferta de ocupación pública correspondiente en 2025, que suma un total de seis plazas. (BOIB, n.º 145, de 1 de noviembre de 2025)
4. Notificar esta resolución en la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP).
5. Publicar de esta resolución al Boletín Oficial de las Islas Baleares.”
Calviá, en la fecha de la firma electrónica (30 de enero de 2026)
La teniente de alcalde delegada de Servicios Generales, Informática e innovación, Comunicación, Transparencia, Coordinación municipal y Educación Isabel Bonet Saum