Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 72526
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de enero de 2026 por el que se modifica la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal eventual de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El artículo 5.2.g) de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las llles Balears, establece que corresponde al Consejo de Gobierno determinar el número, las características y las retribuciones de los puestos de trabajo del personal eventual.

Asimismo, el artículo 20.2 de este texto legal dispone que el número de puestos de trabajo del personal eventual, sus características y las retribuciones que les corresponden son públicos y los determina el Consejo de Gobierno.

Por otro lado, el artículo 6.2.f) del citado texto legal atribuye al consejero competente en materia de función pública la competencia de proponer al Consejo de Gobierno la aprobación de la relación de puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración autonómica.

En la vigente relación de puestos de trabajo correspondiente al personal eventual al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobada por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 11 de julio de 2023 (BOIB núm. 6, de 11 de julio), con las modificaciones correspondientes, figuran los puestos de trabajo de personal eventual adscritos orgánicamente a la Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social y a la Consejería de Economía, Hacienda e innovación.

La Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social y la Consejería de Economía, Hacienda e innovación han solicitado una propuesta de modificación de la relación de puestos de trabajo de personal eventual.

Por todo esto, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social, en la sesión de 30 de enero de 2026, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:

Primero. Aprobar la modificación de la relación de puestos de trabajo de personal eventual, en el sentido de suprimir un puesto de trabajo adscrito a la Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social; suprimir un puesto de trabajo adscrito a la Consejería de Economía, Hacienda e innovación; añadir un puesto de trabajo a la Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social y, añadir un puesto de trabajo a la Consejería de Economía, Hacienda e innovación en los términos que figuran en el anexo que se adjunta en este Acuerdo.

Segundo. En cuanto a las características de los puestos de trabajo añadidos a las consejerías mencionadas:

  • El régimen jurídico de este personal es el que prevé el artículo 20 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  • A efectos de percibir retribuciones por antigüedad o trienios, se reconoce el derecho a la percepción de los conceptos mencionados que los ocupantes de los puestos de trabajo creados por este Acuerdo acrediten en las diferentes administraciones públicas.
  • El régimen de indemnizaciones por razón de servicio es el que establece el artículo 16 de la Ley 6/2025, de 23 de julio, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2025, por el cual se regulan las indemnizaciones por razón de servicio del personal al servicio de la Administración autonómica de las Illes Balears.

Tercero. Facultar a la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social para que adopte las medidas necesarias para ejecutar este Acuerdo.

Cuarto. Publicar este Acuerdo y el anexo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Quinto. Este Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.

Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

También se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Baleares en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 8.2, 10.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio que la persona interesada pueda interponer cualquier otro que considere procedente.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (30 de enero de 2026)

La secretaria del Consejo de Gobierno

Antònia Maria Estarellas Torrens

 

La presidenta

Margarita Prohens Rigo

 

ANEXO Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal eventual al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Puestos de trabajo de personal eventual que se suprimen:

ADSCRIPCIÓN ORGÁNICA: Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social

CÓDIGO Y DENOMINACIÓN DEL PUESTO

RETRIBUCIONES ANUALES

100320 Asesor/a técnico/a

57.268,88 euros

ADSCRIPCIÓN ORGÁNICA: Consejería de Economía, Hacienda e Innovación

CÓDIGO Y DENOMINACIÓN DEL PUESTO

RETRIBUCIONES ANUALES

100261 Jefe/a de la Secretaría del Gabinete

35.969,51  euros

Puestos de trabajo de personal eventual que se crean:

ADSCRIPCIÓN ORGÁNICA: Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social

DENOMINACIÓN DEL PUESTO

RETRIBUCIONES ANUALES

Jefe/a de la Secretaría del Gabinete

35.969,51 euros

ADSCRIPCIÓN ORGÁNICA: Consejería de Economía, Hacienda e Innovación

DENOMINACIÓN DEL PUESTO

RETRIBUCIONES ANUALES

Asesor/a técnico/a

57.268,88 euros