Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 72513
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de enero de 2026 por el que se dispone el nombramiento del director gerente de la Escuela Balear de Administración Pública
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El artículo 21.1 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que corresponde al Consejo de Gobierno, por medio de un acuerdo, el nombramiento y el cese de las personas titulares de la gerencia y de los otros órganos unipersonales de dirección de los organismos autónomos, como la Escuela Balear de Administración Pública, a propuesta de la persona titular de la consejería de adscripción del ente, oído previamente el órgano colegiado superior de dirección del ente. Su nombramiento y cese deben publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears en el plazo máximo de diez días.
El artículo 12 de los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública, aprobados por el Decreto 31/2012, de 13 de abril, establece que la Dirección Gerencia es el órgano unipersonal directivo de la EBAP, que asume la dirección, la administración y la gestión ordinaria del ente. El nombramiento y el cese de la persona titular de la Dirección Gerencia corresponden al Consejo de Gobierno, por medio de un acuerdo, a propuesta de la persona titular de la consejería competente en materia de función pública, una vez oído su Consejo de Dirección, conforme a lo establecido por el mencionado artículo 21 de la Ley 7/2010.
En la sesión de día 28 de enero de 2026, el Consejo de Dirección de la EBAP se da por enterado de la propuesta de nombramiento del director gerente.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social, en la sesión de 30 de enero de 2026, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
Primero. Nombrar al señor Pedro Siquier Gutiérrez, con DNI ***3909**, director gerente de la Escuela Balear de Administración Pública, con efectos desde el día 1 de febrero de 2026.
Segundo. Disponer que las retribuciones como director gerente de la EBAP sean las que, de acuerdo con las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, correspondan a los directores generales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Tercero. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (30 de enero de 2026)
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La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens |
La presidenta Margarita Prohens Rigo |
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